La Audiencia Nacional rechaza suspender la venta del Popular al Santander
La Sala de lo Contencioso afirma que los recurrentes deben pedir la medida cautelar a la justicia europea
La Audiencia Nacional ha rechazado este viernes suspender cautelarmente la venta del Banco Popular al banco Santander, ejecutada el pasado 7 de junio por el Fondo de Reestructuraci¨®n Ordenada Bancaria (FROB) siguiendo las ¨®rdenes de la Junta ?nica de Resoluci¨®n (JUR), el organismo supervisor europeo del sistema financiero. La Sala de lo Contencioso-Administrativo desestima los recursos de varios inversores particulares y aunque considera que estos pudieron sufrir perjuicios ¡°si no de imposible, s¨ª de muy dif¨ªcil reparaci¨®n¡±, los remite a los tribunales europeos, competentes sobre los acuerdos que adopte la JUR.
El plazo para interponer recursos finaliza el pr¨®ximo lunes 2 de octubre a las 15 horas. La Audiencia Nacional ha registrado hasta este viernes m¨¢s de 250 recursos que engloban a 6.000 particulares, empresas, asociaciones y fundaciones, seg¨²n fuentes jur¨ªdicas.
Los recurrentes solicitaban a la justicia espa?ola que suspendiera los acuerdos del fondo de rescate espa?ol que daban curso a los acuerdos del JUR, y en concreto la venta al Santander del negocio del Popular, aquejado de una posible falta de liquidez para atender a sus clientes y tras un batacazo burs¨¢til la pasada primavera. La medida, nunca aplicada antes en Europa, supuso que los 300.000 accionistas del Popular y los titulares de deuda subordinada y bonos convertibles perdieran toda su inversi¨®n.
Los recursos solicitaban, tambi¨¦n como medida cautelar, que el recurso contencioso ante la Audiencia Nacional se anotara en el Registro Mercantil. Esta petici¨®n tambi¨¦n ha sido rechazada.
El FROB, como autoridad de resoluci¨®n ejecutiva, llev¨® a efecto las medidas acordadas por la JUR. En su disposici¨®n, reduc¨ªa a cero euros el valor de las acciones del Popular y las transmit¨ªa al Santander, que tuvo que ampliar su capital en 7.000 millones para cubrir el capital y reforzar el balance del Popular.
La suspensi¨®n de la venta del Popular, se?ala el auto de la Audiencia Nacional, ¡°dejar¨ªa sin efecto la decisi¨®n de la JUR¡± y ¡°mantendr¨ªa unas circunstancias que los organismos europeos han considerado que hacen inviable la entidad y conllevan un riesgo para el inter¨¦s p¨²blico¡±.
No obstante, la Secci¨®n Quinta de lo Contencioso admite que la ejecuci¨®n de las medidas adoptadas por la autoridad europea puede generar ¡°perjuicios si no de imposible, s¨ª de muy dif¨ªcil reparaci¨®n¡±. Estos perjuicios, se?alan los magistrados espa?oles, ¡°son imputables directamente a la decisi¨®n de la JUR¡± que ¡°es la que ha decidido la venta¡±. Por ello, cualquier actuaci¨®n judicial deber¨¢ realizarse ante los tribunales europeos, en este caso el Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea, con sede en Luxemburgo.
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