Energ¨ªa desaf¨ªa a Competencia y mantiene su proyecto de regular el cierre de centrales
El ministerio revisar¨¢ algunas sugerencias del regulador como el sistema de subastas, la hibernaci¨®n y la incidencia en la competencia
El Ministerio de Energ¨ªa continuar¨¢ con su intenci¨®n de regular el cierre de centrales el¨¦ctricas e introducir nuevos criterios, pese a las discrepancias mostradas por la Comisi¨®n Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a las medidas recogidas en un proyecto de Real-Decreto. A entender del departamento que dirige ?lvaro Nadal existe "un problema econ¨®mico de fondo" que requiere una soluci¨®n y teme que pueda haber cierres que suban los precios de la electricidad. El departamento, no obstante, analizar¨¢ algunos aspectos del citado Real Decreto, como las referidas a la subastas, la hibernaci¨®n y al impacto sobre la competencia.
A juicio de la CNMC, la citada norma que prepara Energ¨ªa, que fue remitida al organismo para que emitiera su informe preceptivo (aunque no vinculante), los criterios que quiere incorporar el ministerio no est¨¢n incluidos en la Ley El¨¦ctrica por lo que considera que no puede modificarla al ser una norma de rango inferior. La ley establece que el cierre debe estar condicionado a que se mantenga la seguridad del suministro el¨¦ctrico. Sin embargo, el Real Decreto a?ade criterios adicionales al de seguridad del suministro, como son que no afecte negativamente a los precios, a la competencia, al suministro de materias primas o a los objetivos de planificaci¨®n.
Lo que es seguro, seg¨²n fuentes ministeriales, es que el Gobierno va a seguir trabajando ¡°con celeridad¡± en sus objetivos de regular el cierre, aunque tenga que retocar algunos aspectos de su propuesta inicial. ¡°El problema es que en la actualidad cuando se pide el cierre de una planta ni la CNMC ni el ministerio pueden valorarlo a priori y si a posteriori¡±, por lo que defienden a marchamartillo el cambio de la ley, ¡°con un fundamento legal razonable¡±.
El ministerio, adem¨¢s, defiende la retroactividad de la normativa y la urgencia para aprobarla porque representa "una ventana de oportunidad" para que los operadores de las centrales tomen decisiones de cierre aprovechando la ausencia de una regulaci¨®n que establezca estas normas.
Adem¨¢s de las plantas de carb¨®n que se han planteado cerrar (como las de Iberdrola en Asturias y Palencia), el Ministerio de Energ¨ªa muestra especial preocupaci¨®n por las centrales nucleares, cuya renovaci¨®n de la licencia de vida ¨²til para el parque espa?ol hay que afrontar sucesivamente: Almaraz (2020) y posteriormente con Asc¨® I (2022), Asc¨® II (2025), Cofrentes (2024), Trillo (2027) y Vandell¨®s II (2027). Las fuentes advierten de que la posibilidad de no solicitar la renovaci¨®n de estas licencias, representan una preocupaci¨®n "desde el punto de vista econ¨®mico y medioambiental por el impacto que tienen sobre el precio".
As¨ª, defienden que despu¨¦s de 40 a?os invirtiendo en tecnolog¨ªa nuclear la decisi¨®n de su posible cierre "no puede ser solo el resultado de que ma?ana una operadora decida cerrar" y subrayan que la explotaci¨®n de estas centrales puede tener inter¨¦s para posibles operadores internacionales.
Adem¨¢s de recordar que no est¨¢n incluidos en la Ley no est¨¢n suficientemente desarrollados ni previstos en la normativa vigente, la CNMC considera que los nuevos criterios que plantea Energ¨ªa y podr¨ªan ir en contra de la normativa europea recogida en la Propuesta de la Comisi¨®n Europea de Reglamento relativo al mercado interior planteado en el Paquete de Invierno (Winter Package). En ese sentido, Energ¨ªa no descarta actuar en un rango legal m¨¢s alto y obtener respaldo jur¨ªdico para seguir adelante, pero sostiene que cumplen con la normativa europea, seg¨²n han reconocido fuentes del departamento a un grupo de periodistas.
El informe de la CNMC tambi¨¦n afirma que el Real Decreto confiere un excesivo margen de discrecionalidad y estima que crean inseguridad jur¨ªdica para las nuevas inversiones, pudiendo resultar contraproducentes para la competencia en el sector el¨¦ctrico como es el procedimiento de subasta, para evitar el cierre definitivo de centrales de generaci¨®n el¨¦ctrica (ciclos combinados, centrales de carb¨®n, nucleares...).
Subasta e hibernaci¨®n
Plantea que en el caso de que se deniegue la autorizaci¨®n al propietario de la central, este podr¨¢ transferir la central a terceros o adherirse a un procedimiento de subasta reglado. Esta soluci¨®n podr¨ªa llevar a que, si no hay interesados en la subasta, se adjudique a un tercero a cambio de una compensaci¨®n, que, seg¨²n la CNMC, que ser¨ªa una ayuda de Estado conforme a la normativa de la UE. Ante eso, Energ¨ªa abre la puerta a simplificar el mecanismo de subasta en caso de que el titular no quiera continuar con su operaci¨®n o a abordar la hibernaci¨®n y los mecanismos de pagos por capacidad, aunque siempre desde el principio de ¡°asegurar la seguridad de suministro y al mejor precio¡±.
A este respecto, abre la puerta a simplificar el mecanismo de subasta para ceder la central a terceros en caso de que el titular no quiera continuar con su operaci¨®n o a abordar la hibernaci¨®n y los mecanismos de pagos por capacidad, aunque siempre desde el principio de "asegurar la seguridad de suministro y al mejor precio".
La CNMC recuerda que el sistema el¨¦ctrico espa?ol no presenta problemas de seguridad de suministro en el medio y largo plazo sino todo lo contario. En el peor escenario (punta de demanda de 46.000 MW y baja generaci¨®n), se podr¨ªa prescindir sin riesgo de una parte significativa del parque de carb¨®n existente. En este sentido, la Comisi¨®n considera que el exceso de capacidad deber¨ªa analizarse sin precipitaci¨®n y teniendo en cuenta que los consumidores espa?oles, desde la liberaci¨®n del sector el¨¦ctrico, han sufragado importantes pagos por la disponibilidad de centrales y otros conceptos.
La CNMC concluye que para evaluar el impacto del cierre de centrales en el sistema el¨¦ctrico es necesario revisar el marco normativo de forma global: metodolog¨ªa de seguridad de suministro, hibernaci¨®n de centrales, mecanismo de pagos por capacidad, y el procedimiento de autorizaci¨®n de nuevas instalaciones.
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