?D¨®nde est¨¢ el l¨ªmite de la independencia en el consejo?
Diferentes expertos piden que se suba del 3% al 10% el umbral para considerar independiente a un consejero
La normativa espa?ola considera que un consejero independiente deja de serlo y se califica como dominical cuando tiene o representa a un accionista con una participaci¨®n igual o superior al 3% del capital social (o al 1% en caso de compa?¨ªas que tengan su residencia en un para¨ªso fiscal). En cambio, este umbral en otras jurisdicciones es mayor. Eso provoca que la mayor¨ªa de los inversores institucionales (fondos, aseguradoras) establezcan en sus pol¨ªticas de voto que un consejero independiente pierde su condici¨®n como tal cuando su presencia en el capital alcanza el 10% del capital. En esta misma l¨ªnea, los dos asesores de voto en las juntas (proxy advisors) m¨¢s representativos (ISS y Glass Lewis) establecen dicho l¨ªmite en el 10% de las acciones, aunque ambos adaptan su pol¨ªtica a los requerimientos normativos en Espa?a.
Un grupo de expertos liderado por la consultora Georgeson y las firmas de abogados Ur¨ªa Men¨¦ndez y Davis Polk ha elaborado un informe en el que denuncian que esta circunstancia pone en desventaja a las sociedades espa?olas. Este este estudio han acu?ado el t¨¦rmino ¡°microdominical¡± para aquellos administradores que representan a accionistas con menos de un 10% del capital, y solicitan a la Comisi¨®n Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que los compute como independientes siempre que cumplan el resto de requisitos reservados para estos administradores (llevar menos de 12 a?os en el cargo, no tener operaciones vinculadas, etc¨¦tera).
¡°Se trata de que todos jueguen con las mismas cartas. Hasta ahora, se penaliza a las compa?¨ªas espa?olas frente al resto¡±, explica Stefano Marini, consejero delegado de Georgeson para el sur de Europa y Latinoam¨¦rica. Los promotores de esta iniciativa consideran que, debido al l¨ªmite actual del 3%, las cotizadas espa?olas tienen mayor complejidad que sus hom¨®logas para configurar sus consejos de administraci¨®n. Otro obst¨¢culo derivado de esta situaci¨®n ser¨ªa una mayor complicaci¨®n para acceder a las fuentes de inversi¨®n en los mercados por no cumplir con los est¨¢ndares internacionales en materia de independencia, y el coste reputacional derivado de las recomendaciones en contra de los proxy advisors cuando la juta vota el nombramiento de un nuevo consejero.
La transposici¨®n de la directiva de derechos de los accionistas en 2019 podr¨ªa facilitar el cambio normativo
El reparto tradicional del consejo en Espa?a est¨¢ formado por tres tipolog¨ªas de administradores: los ejecutivos, que llevan el d¨ªa a d¨ªa de la empresa; los dominicales, que representan a los accionistas relevantes; y los independientes, que en teor¨ªa sirven de contrapeso y vigilan los intereses de los peque?os inversores. Adicionalmente, hay una cuarta categor¨ªa definida como ¡°otros externos¡± que constituye una especie de caj¨®n de sastre donde se incluyen aquellos consejeros que no pueden encuadrarse en ninguna de las otras etiquetas porque han sido ejecutivos, porque facturan a la empresa o porque llevan m¨¢s de 12 a?os. Los ¡°otros externos¡± tambi¨¦n suponen una anomal¨ªa con respecto a otras legislaciones, pero de momento nadie quiere poner el cascabel a ese gato.
Algunas dudas
El proyecto de los microdominicales puede plantear dudas sobre en qu¨¦ mejora la gobernanza de los grupos cotizados y, sobre todo, qu¨¦ efecto tendr¨ªa en la protecci¨®n de los accionistas minoritarios. ¡°Creo que la defensa de los peque?os accionistas no se ver¨ªa perjudicada, m¨¢s bien al contrario. Los independientes puros, por calificarlos de alguna manera, se juegan su prestigio en la defensa del inter¨¦s del free float o capital flotante. En el caso de los microdominicales adem¨¢s tienen el incentivo de cuidar y maximizar su inversi¨®n y, frente a la indefinici¨®n del free float (que no tiene normalmente cara ni ojos), los microdominicales tienen una relaci¨®n directa con el accionista al que representan y frente al que responden¡±, asegura Carlos Paredes, socio de Ur¨ªa Men¨¦ndez.
El estudio de estos expertos se?ala que el 25% de las compa?¨ªas espa?olas cotizadas tienen consejeros dominicales que se ven afectados por la legislaci¨®n actual. ¡°Se puede concluir que quedan 28 empresas, siete ellas del Ibex, con un total de 35 consejeros que en principio podr¨ªan ser etiquetados como microdominicales, es decir, consejeros dominicales titulares de, entre un 3% y un 10% del capital y que satisfacen los requisitos para ser considerados independientes¡±.
Los promotores de la iniciativa han elevado su propuesta al supervisor burs¨¢til, al que han visto receptivo, y consideran que el pr¨®ximo a?o, cuando se deber¨¢ transponer la Directiva europea de derechos de los accionistas, que exigir¨¢ una modificaci¨®n de la Ley de Sociedades de Capital, puede ser una buena ocasi¨®n para efectuar el cambio en el requisito de capital para ser independiente. ¡°Lo importante es defender la regla para incrementar la flexibilidad de los consejos, m¨¢s que ce?irse a un umbral fijo. ?ste que puede oscilar seg¨²n la capitalizaci¨®n¡±, concluye Marini
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