?Sabes leer tu n¨®mina?
Averigua si todas las retribuciones y las deducciones relativas a tu salario son correctas y calcula las indemnizaciones a las que tienes derecho con la ayuda de expertos
De los casi 19 millones de espa?oles que ten¨ªan un trabajo en el ¨²ltimo trimestre del a?o pasado ¡ª2,7% m¨¢s que en el mismo per¨ªodo del a?o anterior¡ª, unos 16 millones eran asalariados, lo que supone un incremento del 3,5%, seg¨²n la Encuesta de Poblaci¨®n Activa. Estos trabajadores ten¨ªan un contrato indefinido (11,6 millones) o temporal (4,2 millones) y, por lo tanto, recib¨ªan una n¨®mina. M¨¢s all¨¢ del importe neto que ingresan como sueldo, sin embargo, ?cu¨¢ntos de ellos saben leer este documento?
¡°Aunque es habitual solicitar el informe de la declaraci¨®n de la renta, en el que aparecen todos los ingresos percibidos y no solo los relativos a un pagador, la n¨®mina puede servir como justificante de ingresos para varios tr¨¢mites, como la solicitud de un cr¨¦dito, de una hipoteca o un alquiler¡±, explica Eva G¨®mez, abogada del bufete Sanahuja Miranda especializada en derecho laboral.
¡°La n¨®mina es el documento m¨¢s importante en la relaci¨®n laboral, pero la mayor¨ªa de la gente no entiende sus detalles¡±, afirma Lorena Esteban, profesora de EAE Business School. ¡°Es muy posible que al acecho en ese laberinto de n¨²meros haya un error: un impuesto sobre la renta excesivo, una cantidad de horas extras incorrecta o beneficios mal calculados¡±, a?ade sobre las razones por las que resulta esencial saber leer una n¨®mina.
Datos b¨¢sicos
Antes de todo, en la n¨®mina deben figurar tanto los datos del trabajador (nombre completo, DNI o NIE, tipo de contrato, grupo profesional, afiliaci¨®n a la Seguridad Social, fecha de alta en la empresa, y la fecha de antig¨¹edad, ¡°que no necesariamente coincide con el alta¡±, indica Patricia Melfo, profesora de EAE Business School), como los de la empresa (nombre legal, domicilio fiscal, CIF y c¨®digo de la cuenta de cotizaci¨®n de la Tesorer¨ªa General de la Seguridad Social).
Entre los primeros, todas las expertas consultadas subrayan la importancia de averiguar la correcta asignaci¨®n del grupo profesional al que el trabajador pertenece. Antes de la reforma de 2012, se rese?aba la categor¨ªa profesional, basada en aspectos como la titulaci¨®n o la experiencia. ¡°Ahora el trabajador se encuadra en el grupo profesional que le corresponda en funci¨®n de las tareas que realiza, las responsabilidades que asume o los conocimientos requeridos¡±, explica Esteban. Pertenecer a un grupo u otro har¨¢ que cambie la base de cotizaci¨®n a la Seguridad Social, y que la m¨ªnima y la m¨¢xima sean diferentes.
¡°Todo esto ser¨¢ determinante en el c¨¢lculo del salario m¨ªnimo y en los despidos y reincorporaciones tras una excedencia voluntaria, as¨ª como en pensiones por incapacidad y prestaciones por desempleo¡±, a?ade Esteban. Completar¨¢n esta primera parte el per¨ªodo de liquidaci¨®n, es decir, el tiempo trabajado al que se refiere la n¨®mina.
Todo lo que el trabajador recibe¡
A continuaci¨®n, estructurados en columnas, vendr¨¢n dos elementos clave: los devengos, es decir, todo lo que recibir¨¢ el trabajador en bruto, y las deducciones. ¡°Si a los devengos totales restamos las deducciones totales, podremos visualizar de forma clara el l¨ªquido a percibir¡±, es decir, el importe neto que entrar¨¢ en el bolsillo del empleado, se?ala Amor Pelegr¨ª, socia fundadora del despacho de abogados Pelegr¨ª.
Dentro de los devengos encontraremos, por un lado, los conceptos que se refieren al salario. Estos pueden variar de empresa a empresa y dependen del convenio colectivo que se aplica, pero en general habr¨¢ el salario base, es decir, la cantidad de dinero que el trabajador percibe por los d¨ªas trabajados de acuerdo con su puesto; los complementos salariales, que son cantidades adicionales por nocturnidad, disponibilidad, antig¨¹edad o peligrosidad, y tambi¨¦n los pagos variables por cumplimiento de objetivos; y las horas y las pagas extraordinarias ¨Centre dos y cuatro al a?o¨C, que pueden prorratearse e incluirse en el pago de cada mes.
Por el otro, est¨¢n las percepciones no salariales, es decir, unos pagos que no forman parte del salario por ser importes que sirven, por ejemplo, para cubrir gastos de transporte, bonificaciones de distancia, dietas, indemnizaciones por traslado o por despido, y prestaciones de la Seguridad Social, entre otras. Todos estos elementos est¨¢n definidos por cada grupo profesional en los convenios, y algunos de ellos cotizan a la Seguridad Social.
¡ y lo que se le quita
En cuanto a las deducciones, es decir, lo que se resta de los devengos, figurar¨¢n en esta parte las aportaciones a la Seguridad Social, calculadas como porcentaje de la base de cotizaci¨®n del trabajador. Oscilan entre el 6,35% y el 6,7% de la base, en funci¨®n del tiempo de contrato que tenga el empleado, y se dividen en contingencias comunes (4,7%), desempleo (1,55% si el contrato es indefinido o 1,6% si es de duraci¨®n determinada), formaci¨®n profesional (0,1%) y horas extraordinarias normales (4,7%) y de fuerza mayor (2%).
A todas estas deducciones habr¨¢ que a?adir las retenciones del IRPF. ¡°El porcentaje de estas retenciones pueden variar seg¨²n los ingresos brutos y la situaci¨®n personal del trabajador¡±, subraya Melfo, quien destaca que pueden aparecer en la n¨®mina tambi¨¦n otras deducciones como el valor de los productos recibidos en especie por el empleado, anticipos del salario, cuotas sindicales, pr¨¦stamos, pensiones de alimentos, embargos, retenciones judiciales, entre otras.
Una vez descontados del salario bruto todas las deducciones, se obtiene el salario neto. Este aparece claramente en la n¨®mina y es el importe que percibir¨¢ el trabajador para el mes correspondiente.
?Y c¨®mo se calcula el paro?
El trabajador puede hacerse una idea aproximada de las indemnizaciones por desempleo a las que tiene derecho observando su n¨®mina. El importe de la prestaci¨®n se calcula a partir de la base reguladora. ¡°Esta se obtiene dividendo entre 180 la cantidad de dinero que la empresa ha cotizado a la Seguridad Social por el trabajador en los ¨²ltimos 180 d¨ªas¡±, destaca G¨®mez. ¡°El 70% de la cantidad resultante ser¨¢ el importe a cobrar los primeros seis meses, mientras que en los meses siguientes se ingresar¨¢ el 50%, hasta el final de la prestaci¨®n, con l¨ªmites m¨¢ximos y m¨ªnimos que dependen de si se tienen o no hijos a cargo¡±, a?ade Melfo.
Convendr¨¢ recordar que el importe resultante es bruto, puesto que para obtener el neto habr¨¢ que descontar el 4,7% de Seguridad Social y el IRPF correspondiente. De todas formas, el Ministerio de Empleo ofrece un sistema para facilitar este c¨¢lculo al trabajador. ¡°Eso s¨ª, el resultado que se obtenga a trav¨¦s del simulador no ser¨¢ vinculante para el servicio p¨²blico de empleo estatal¡±, avisa Pelegr¨ª.
Posibles conflictos
Los conflictos m¨¢s habituales relativos a las n¨®minas, en palabras de G¨®mez, originan de ¡°los errores en el c¨¢lculo de las mismas¡±. Esto puede ocurrir, seg¨²n la letrada, porque no se reflejan correctamente algunas circunstancias variables, como la realizaci¨®n de horas extra, o por fijar datos laborales no actualizados. ¡°Puede tratarse de cambios en el convenio, incidencias peri¨®dicas, bajas m¨¦dicas, anticipos o retenciones judiciales¡±, agrega Melfo.
Habitualmente estos conflictos ¡°se solucionan comunicando el error a la empresa, que lo compensar¨¢ en la n¨®mina siguiente¡±, afirma G¨®mez. En el caso de que el trabajador no est¨¦ satisfecho, puede acudir a una conciliaci¨®n administrativa. Si este paso tampoco resuelve el problema, se puede reclamar la cantidad judicialmente.
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