El Supremo se sume en el caos por el embrollo del impuesto de las hipotecas
Luis Mar¨ªa D¨ªez-Picazo, presidente de la sala de Contencioso del tribunal, se enter¨® el jueves por la prensa del cambio de criterio sobre el tributo
El Tribunal Supremo puso este viernes de nuevo patas arriba el sistema financiero espa?ol. Un d¨ªa despu¨¦s de que la Sala de lo Contencioso-Administrativo estableciera que es el banco el que tiene que pagar el impuesto por las hipotecas, el presidente de esa sala, Luis Mar¨ªa D¨ªez-Picazo, orden¨® frenar los recursos pendientes sobre esta cuesti¨®n. As¨ª se evitar¨¢ que se aplique la nueva jurisprudencia. En una ins¨®lita decisi¨®n, D¨ªez-Picazo convocar¨¢ un pleno para que los 31 magistrados de la sala determinen si confirman el nuevo criterio o dan marcha atr¨¢s. La iniciativa ha causado confusi¨®n y malestar tanto dentro como fuera de la instituci¨®n.
La decisi¨®n adoptada por el Tribunal Supremo el pasado jueves de responsabilizar al banco, y no el cliente, del impuesto que se paga por las escrituras ante notario de las hipotecas, gener¨®, casi de inmediato, fuertes ca¨ªdas en Bolsa de los bancos. Apenas 24 horas despu¨¦s, este viernes a mediod¨ªa, la banca volv¨ªa a cotizar al alza. En medio quedaba una iniciativa de la que las fuentes consultadas no recuerdan precedentes: que se convoque un pleno para revisar el criterio reci¨¦n establecido por el propio Supremo.
Tambi¨¦n es ins¨®lita la explicaci¨®n dada por el presidente de la sala para justificar su intervenci¨®n: las consecuencias econ¨®micas que ha tenido la sentencia del jueves. Porque eso es lo que alega D¨ªez-Picazo para abrir la puerta a cambiar la decisi¨®n de cargar sobre los bancos el llamado impuesto de actos jur¨ªdicos documentados. El presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo difundi¨® una nota p¨²blica en la que se?ala que el criterio establecido por la Secci¨®n Segunda de esa sala, la que dict¨® la sentencia, "supone un giro radical en el criterio" que manten¨ªa hasta ahora el Supremo y, debido a su "enorme repercusi¨®n econ¨®mica y social", D¨ªez-Picazo cree que requer¨ªa una actuaci¨®n "urgente".
La medida acordada por el presidente tiene dos puntos. El primero, dejar sin efecto todos los se?alamientos ya previstos sobre recursos relacionados con qui¨¦n tiene que pagar el impuesto por las escrituras p¨²blicas de las hipotecas. Se daba por hecho que, tras la sentencia del jueves, la sala iba a aplicar el nuevo criterio a los casos que ten¨ªa pendiente de revisar. Al anular los se?alamientos, D¨ªez-Picazo evita que se extienda la nueva doctrina.
El segundo punto de la nota del presidente es elevar al pleno de la sala el conocimiento de alguno de esos recursos que ya han llegado al Supremo "a fin de decidir si dicho giro jurisprudencial debe ser o no confirmado". Es decir, el alto tribunal no descarta dar marcha atr¨¢s en el criterio reci¨¦n establecido y que ha generado un terremoto en la banca.
Una medida sin precedentes
Las fuentes consultadas no recuerdan precedentes para una iniciativa como la adoptada este viernes por el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo.
La decisi¨®n caus¨® perplejidad en el Supremo y en el mundo jur¨ªdico. Una de las reacciones m¨¢s cr¨ªticas lleg¨® de la asociaci¨®n Juezas y Jueces por la Democracia, a la que pertenece Jes¨²s Cudero, el ponente de la sentencia cuestionada. ¡°Es intolerable que una sentencia de la sala tercera del Tribunal Supremo velando por los intereses de la ciudadan¨ªa se vaya a revisar por los intereses de la banca¡±, public¨® en su cuenta de Twitter.
Convocatoria del pleno
La sentencia del jueves parti¨® de una de las secciones de la Sala de lo Contencioso, la secci¨®n segunda, que es la que revisa los casos relacionados con tributos. Algunos en el alto tribunal cuestionaron ya ese d¨ªa que una decisi¨®n de este calibre no se hubiera llevado desde el principio al pleno, formado por los 31 magistrados que componen la sala. Pero D¨ªez-Picazo, que como presidente tiene la facultad de elevar al pleno los asuntos que considere relevantes, lo dej¨® en manos de un tribunal formado por seis magistrados. Cinco de ellos suscribieron la nueva doctrina y decidieron que sea el banco el que se haga cargo del impuesto. El sexto hizo un voto particular en el sentido contrario.
Fuentes del entorno del presidente de la sala aseguran que este se enter¨® por la prensa de que la secci¨®n segunda hab¨ªa cambiado el criterio que hasta ahora manten¨ªa el Supremo sobre qui¨¦n deb¨ªa pagar el tributo de actos jur¨ªdicos documentados. D¨ªez-Picazo, seg¨²n estas fuentes, s¨ª conoc¨ªa que esa secci¨®n ten¨ªa sobre la mesa un recurso presentado por la empresa municipal de la vivienda de Rivas-Vaciamadrid contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que consider¨® que correspond¨ªa al cliente de la hipoteca pagar ese impuesto. Pero, seg¨²n la versi¨®n de su entorno, los seis magistrados que deliberaban sobre ese asunto no le informaron de que se estaban planteando cambiar el criterio establecido. De haberlo sabido, D¨ªez-Picazo hubiera convocado el pleno para que esa modificaci¨®n fuera respaldada por los 31 magistrados de la sala en vez de solo por los seis que participaron en el debate y firmaron la sentencia, de la que fue ponente el magistrado Jes¨²s Cudero. Seg¨²n fuentes cercanas a este juez, Cudero estaba este viernes "desolado" por la decisi¨®n del presidente.
Otras fuentes consultadas rechazan la explicaci¨®n de D¨ªez-Picazo y advierten de que la Sala de lo Contencioso toma a diario decisiones que, como esta, implican cambios de criterio en la interpretaci¨®n de leyes y no se suele reunir para ello a todos los magistrados.
Revisi¨®n del criterio
El pleno anunciado este viernes todav¨ªa no tiene fecha, pero las fuentes consultadas aseguran que se celebrar¨¢ "cuanto antes". La sala no revisar¨¢ la sentencia del jueves, sino el criterio que esta establec¨ªa de que es el banco quien tiene que pagar el impuesto de la hipoteca. Un criterio que, supuestamente, ten¨ªa que aplicarse a los pr¨¦stamos que se firmaran a partir de ahora y que, seg¨²n los expertos, implicaba tambi¨¦n devolver el dinero de este impuesto a quien lo hubiera pagado en los ¨²ltimos cuatro a?os (el tiempo que tarda en prescribir el pago de impuestos).
Fuentes consultadas advierten de la inseguridad jur¨ªdica que crea la iniciativa de D¨ªez-Picazo y avanzan que es muy dif¨ªcil ahora modificar el criterio establecido por la sentencia del jueves. Porque esa sentencia ya es firme y ha anulado un art¨ªculo del reglamento que regula el impuesto que establec¨ªa expresamente que era el cliente quien deb¨ªa abonar ese tributo.
El pleno de la sala, seg¨²n las fuentes jur¨ªdicas consultadas, no puede revertir esa decisi¨®n y devolver el art¨ªculo anulado al reglamento. La ¨²nica posibilidad ser¨ªa presentar un incidente de nulidad de esa sentencia por vulneraci¨®n de derechos fundamentales, pero estas fuentes admiten que ser¨ªa muy dif¨ªcil de justificar.
La retroactividad: clave de la revisi¨®n
Otras fuentes se?alan que si el pleno opta por mantener que sea la banca el que pague el tributo, el presidente de la sala podr¨ªa intentar que se decida sobre la retroactividad de esa decisi¨®n (si afecta a hipotecas del pasado o solo a las nuevas), que era una de las grandes dudas que dej¨® la sentencia del jueves. Si el Supremo decide que su nuevo criterio solo se puede aplicar a las hipotecas que se firmen a partir de ahora, esto paliar¨ªa mucho el impacto econ¨®mico de la medida para la banca, pero tambi¨¦n impedir¨ªa que miles de hipotecados puedan reclamar por el impuesto que ya han pagado.
Una decisi¨®n parecida fue la que tom¨® el alto tribunal cuando anul¨® las cl¨¢usulas suelo si los contratos eran abusivos pero para los pr¨¦stamos firmados a partir de mayo de 2013. El Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea le oblig¨® luego a rectificar y a instar a las entidades financieras a devolver todo lo cobrado desde el inicio de la aplicaci¨®n de estas condiciones si los contratos la conten¨ªan.
Rectificaci¨®n sobre un criterio ya rectificado
El amago de rectificaci¨®n del presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo o Sala Tercera viene a agrandar la confusi¨®n que el propio Tribunal Supremo ha creado en los ¨²ltimos meses sobre el impuesto por la escritura de las hipotecas. Porque la sentencia que el pasado jueves estableci¨® que ese tributo tiene que pagarlo el banco supon¨ªa ya una rectificaci¨®n sobre el criterio que hab¨ªa fijado el alto tribunal en febrero pasado, cuando el pleno de la Sala Civil aval¨® que fuera el cliente el que lo abonara.
Sin embargo, para entonces, el tema estaba tambi¨¦n sobre la mesa de la Sala Tercera, que es la encargada de resolver las dudas sobre la legislaci¨®n tributaria y que hasta ahora hab¨ªa mantenido el mismo criterio que fij¨® en febrero la Sala Civil. La Sala de lo Contencioso admiti¨® a tr¨¢mite un recurso de la empresa municipal de la vivienda de Rivas-Vaciamadrid contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad, que consider¨® que el impuesto corr¨ªa a cargo del cliente de la hipoteca. El asunto correspondi¨® a la secci¨®n segunda de esta sala, que es la secci¨®n experta en asuntos tributarios. Y sus magistrados optaron por cambiar el criterio establecido. En la sentencia notificada el jueves recuerdan que el hecho de que la Sala Civil hubiera fallado hace unos meses en sentido contrario no deb¨ªa limitar su potestad para interpretar las leyes y el reglamento tributario.
Ahora ser¨¢n los 31 magistrados de lo Contencioso los que decidan si mantienen ese criterio o vuelven a cambiarlo. Algunas fuentes cuestionan que jueces no expertos en tributos puedan modificar la decisi¨®n adoptada por los m¨¢ximos especialistas en materia fiscal.
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