El Supremo deja en el aire el efecto de la sentencia sobre los impuestos de las hipotecas
En una ins¨®lita reacci¨®n, el tribunal dice que volver¨¢ a estudiar si es el cliente o el banco quien debe pagar los tributos
No ha durado ni 24 horas. El Tribunal Supremo se va a replantear la decisi¨®n de ayer mismo que establec¨ªa que sea el banco el que pague el gasto de firma de la hipoteca, que ha provocado fuertes ca¨ªdas en Bolsa a la banca. En una ins¨®lita reacci¨®n, Luis Mar¨ªa D¨ªez-Picazo, presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, la que dict¨® la decisi¨®n de ayer jueves, ha optado por frenar los recursos pendientes sobre esta misma cuesti¨®n que ya ten¨ªan fecha de revisi¨®n. As¨ª, se evitar¨¢ que se aplique la nueva jurisprudencia.
En las pr¨®ximas semanas, ser¨¢ el pleno de la Sala, formada por 31 magistrados, el que decidir¨¢ si acepta que sea el banco el que pague el impuesto o si tendr¨¢ que hacerlo, como hasta ahora, el cliente. En una nota p¨²blica, D¨ªez-Picazo justifica su decisi¨®n en la ¡°enorme repercusi¨®n econ¨®mica y social¡± de la sentencia notificada este jueves, que ¡°supone un giro radical en el criterio¡± que manten¨ªa hasta ahora el Supremo.
?Qui¨¦n paga ahora el impuesto?
El problema es que hasta hace pocas horas, a ra¨ªz de la sentencia de ayer del Supremo, parec¨ªa claro que a partir de hoy los gastos del llamado impuesto sobre actos jur¨ªdicos documentados los ten¨ªa que asumir la banca. La ¨²nica duda parec¨ªa la retroactividad, es decir, si afectaba a hipotecas del pasado o solo a las nuevas. Hoy, sin embargo, todo vuelve a quedar en el aire. ?Qu¨¦ tienen que hacer ahora los notarios en la firma de una hipoteca? ?El gasto lo paga el cliente como dec¨ªa la jurisprudencia de la sentencia de febrero? ?O el banco, como dijo la sentencia de ayer?
Los notarios, en principio, seguir¨¢n advirtiendo de que, seg¨²n la sentencia del Supremo de ayer jueves, el impuesto corresponder¨ªa al acreedor, es decir, al banco, seg¨²n se?alan fuentes de este sector. Creen que el criterio legal de ayer es el que sigue vigente mientras vuelve a estudiar el Supremo la misma cuesti¨®n. Porque lo de ayer era una sentencia firme del alto tribunal y el cambio de hoy (el aviso del Supremo de que revisar¨¢ la decisi¨®n) es solo una nota informativa. Sin embargo, recuerdan que este impuesto no se paga en el momento de la firma, sino que hay un plazo de dos meses para liquidarlo. Por eso tanto el banco como el cliente pueden dejar en el aire el pago hasta dentro de dos meses. Advertir¨¢n de la situaci¨®n al cliente y al banco. Pero c¨®mo actuar¨¢n ellos, no lo pueden saber.
Por su parte, fuentes del sector bancario han manifestado su "estupor por la situaci¨®n injustificable creada por el Supremo". Varias grandes entidades dicen que tanto hoy viernes como a partir del lunes asumir¨¢n hacerse cargo del impuesto. "Estamos a la espera de una decisi¨®n definitiva del Supremo que lo aclare todo. Esperamos que sea cuanto antes. Hay millones de clientes con el cr¨¦dito en duda", apuntan. "Cuando acabe la historia, veremos a qui¨¦n le corresponde este pago", a?aden. Otras entidades no lo tienen tan claro: dicen que la decisi¨®n de febrero es la firme, porque sigue siendo la jurisprudencia en vigor, y pretenden mantener sus contratos con el pago asignado al cliente. De momento, vuelven a subir en Bolsa.
El impuesto de actos jur¨ªdicos documentados grava determinados documentos notariales o mercantiles, entre ellos las escrituras del pr¨¦stamo hipotecario. La cuota es un porcentaje del importe del pr¨¦stamo (en realidad, sobre la llamada responsabilidad hipotecaria), y se gestiona por parte de las comunidades aut¨®nomas. Las hay que aplican un tipo del 0,5% como Pa¨ªs Vasco y otras como Andaluc¨ªa o Arag¨®n que cobran el 1,5%
El pleno de la sala decidir¨¢
La decisi¨®n del presidente de la sala tiene dos puntos. El primero, dejar sin efecto todos los se?alamientos sobre recursos pendientes relacionados con a qui¨¦n corresponde pagar el llamado impuesto de actos jur¨ªdicos documentados. El segundo, llevar al pleno de la sala el conocimiento de alguno de esos recursos ¡°a fin de decidir si dicho giro jurisprudencial debe ser o no confirmado¡±. Es decir, el Supremo no descarta dar marcha atr¨¢s en el criterio establecido ayer jueves y que ha generado un terremoto en la banca.
La decisi¨®n de ayer fue adoptada por una de las secciones de la Sala de lo Contencioso, la secci¨®n segunda, que es la que revisa los casos relacionados con tributos. Algunos en el alto tribunal cuestionaban ayer que una decisi¨®n de este calibre no se hubiera llevado desde el principio al pleno, formado por los 31 magistrados que componen la sala. Pero D¨ªez-Picazo, que como presidente tiene la facultad de elevar al pleno los asuntos que considere relevantes, lo dej¨® en manos de un tribunal formado por seis magistrados. Cinco de ellos suscribieron el cambio de criterio (sobre el de febrero) y decidieron que sea el banco el que se haga cargo del impuesto. El sexto magistrado hizo un voto particular en el sentido contrario.
El pleno anunciado por D¨ªez-Picazo todav¨ªa no tiene fecha, pero las fuentes consultadas consideran que se celebrar¨¢ en los pr¨®ximos d¨ªas. Los magistrados no revisar¨¢n la sentencia de ayer, sino el criterio que esta establec¨ªa de que es el banco quien tiene que pagar el impuesto de la hipoteca. Un criterio que, supuestamente, ten¨ªa que aplicarse a las hipotecas que se firmaran a partir de ahora y que, seg¨²n los expertos, implicaba tambi¨¦n devolver el dinero de este impuesto a quien lo hubiera pagado en los ¨²ltimos cuatro a?os (el tiempo que tarda en prescribir el pago de impuestos). La decisi¨®n tomada hoy viernes por el presidente de la Sala de lo Contencioso abre la puerta a que el Supremo vuelva a la doctrina que hab¨ªa mantenido hasta ahora y atribuya de nuevo al cliente la responsabilidad de pagar este tributo.
?Por qu¨¦ se han dictado dos sentencias?
El asunto de qui¨¦n paga el impuesto parec¨ªa que se hab¨ªa zanjado en febrero pasado, cuando el pleno de la Sala Civil aval¨® que fuera el cliente el que pagara el impuesto por la firma de la hipoteca. Sin embargo, para entonces, el tema estaba tambi¨¦n sobre la mesa de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, que es la encargada de resolver las dudas sobre la interpretaci¨®n de las leyes y que hasta ahora hab¨ªa mantenido el mismo criterio que fij¨® en febrero la Sala Civil. Pero los jueces de lo Contencioso consideraron que hab¨ªa que revisar esa interpretaci¨®n y admitieron a tr¨¢mite un recurso de la empresa municipal de la vivienda de Rivas-Vaciamadrid contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad, que consider¨® que correspond¨ªa al cliente de la hipoteca pagar el impuesto de la escritura p¨²blica. Ahora las decisiones no concuerdan.
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