La regulaci¨®n financiera europea pendiente
En los pr¨®ximos meses esperamos que algunas de las normas europeas pendientes se aprueben, en beneficio no s¨®lo de la uni¨®n monetaria o del mercado ¨²nico, sino tambi¨¦n de las entidades financieras afectadas, que necesitan, como agua de mayo, nunca mejor dicho, la mayor seguridad jur¨ªdica posible.
Este a?o no contamos en nuestro pa¨ªs, por el momento, con el Plan anual normativo, de cuya primera edici¨®n dimos cuenta en este blog hace un a?o, por lo que no sabemos los planes del Gobierno respecto a la regulaci¨®n financiera espa?ola que pueda surgir en 2019. No cabe duda que la incertidumbre sobre su duraci¨®n inmediata, vinculada a la de la propia legislatura, dado el reducido respaldo parlamentario directo con que cuenta, ha tenido mucho que ver con esta ausencia.
De todas formas, la principal norma por la que ten¨ªamos una seria preocupaci¨®n, exigida por la Uni¨®n Europea desde hace tiempo, es la Ley de contratos de cr¨¦dito inmobiliario, que ya se encuentra en el Senado, donde debe aprobarse por el tr¨¢mite de urgencia. Una vez publicada en el BOE, esperamos escribir sobre ella en este blog.
En cambio, sobre la regulaci¨®n financiera de la Uni¨®n Europea (UE), s¨ª estamos puntual y regularmente informados, ya que, con ocasi¨®n de cada Consejo de Asuntos Econ¨®micos y Financieros (ECOFIN), la Secretar¨ªa General del Consejo publica un estado de progreso en la legislaci¨®n de servicios financieros, la ¨²ltima vez el pasado 18 de enero, para el ECOFIN del 22. Sobre la base de ese estado, hemos elaborado el cuadro que acompa?a a este post, agrupado por temas m¨¢s que por las fechas desde las que est¨¢n pendientes.
Puede comprobarse f¨¢cilmente que se trata de un conjunto numeroso de normas, casi 30, de amplio contenido, algunas de especial relevancia, como es la primera de ellas, que debe regular el tercer pilar de la uni¨®n bancaria: el fondo de garant¨ªa de dep¨®sitos europeo (FGDE), pendiente desde finales de 2015.
Sin embargo, m¨¢s all¨¢ de la cantidad y de la amplitud de dichas normas, nos preocupan especialmente las fechas. En efecto, a finales de mayo se elige un nuevo Parlamento Europeo, al que seguir¨¢ el nombramiento de una nueva Comisi¨®n Europea (CE). Dado que el primero es colegislador, junto con el Consejo, y que la CE intermedia en el di¨¢logo entre ambos (los llamados trilogos), no cabe duda que lo que no se apruebe en los meses inmediatos, sufrir¨¢ un importante retraso. Y eso que en la UE no sucede como nuestro pa¨ªs, donde la disoluci¨®n del Parlamento implica que decaigan todas las iniciativas en curso.
Si acudimos a la rese?a de resultados del ECOFIN, en la misma no se menciona la aprobaci¨®n de ninguno de los actos recogidos en el cuadro. S¨ª se habla, por un lado, del Sistema europeo de supervisi¨®n financiera, pero dando prioridad a sus competencias en materia de blanqueo de capitales y financiaci¨®n del terrorismo, que afectan sobre todo a la Autoridad Bancaria Europea (EBA por sus siglas en ingl¨¦s), para las que parece que puede haber acuerdo en lo que queda de legislatura.
Por otro, se hace menci¨®n al inicio del di¨¢logo pol¨ªtico para poner en marcha el citado FGDE, siguiendo lo acordado en la previa reuni¨®n del Eurogrupo, en su formato inclusivo, es decir con todos los pa¨ªses de la UE, excepto el Reino Unido. Su presidente daba cuenta del establecimiento de un grupo de alto nivel para considerar todas las implicaciones del tema en el conjunto de la uni¨®n bancaria, que debe elaborar un informe interino en abril para que el Eurogrupo informe a su vez a la Cumbre del euro en junio, es decir, m¨¢s all¨¢ de las elecciones al Parlamento Europeo.
En definitiva, en los pr¨®ximos meses esperamos que algunas de las normas europeas pendientes se aprueben, cuanto m¨¢s mejor, en beneficio no s¨®lo de la uni¨®n monetaria o del mercado ¨²nico, sino tambi¨¦n de las entidades financieras afectadas, que necesitan, como agua de mayo, nunca mejor dicho, la mayor seguridad jur¨ªdica posible, para adoptar, sobre todo, sus decisiones estrat¨¦gicas, pero tambi¨¦n las operativas.
Obviamente, el cuadro adjunto no contempla las posibles normas que, una vez tome posesi¨®n, proponga la nueva CE, que es la instituci¨®n de la UE que posee la iniciativa legislativa ordinaria, de acuerdo con los Tratados.
Regulaci¨®n financiera pendiente de la Uni¨®n Europea
Enero 2019
Noviembre-2016
Septiembre-2017
Marzo-2018
Junio-2017
?
Mayo-2018
* Es la misma iniciativa
Fuente: Afi, a partir de ECOFIN
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