El Abogado General de la UE defiende que las empresas est¨¢n obligadas a registrar la jornada de trabajo
El letrado responde as¨ª a una cuesti¨®n planteada por la Audiencia Nacional espa?ola ante una demanda de varios sindicatos espa?oles contra Deutsche Bank
Novedades en el frente judicial en la batalla sobre si las empresas deben controlar obligatoriamente el tiempo de trabajo. El abogado general del Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE) cree que s¨ª. "Sin un sistema efectivo de c¨®mputo no existe ninguna garant¨ªa de que se respeten efectivamente los l¨ªmites temporales" legales, se?ala el letrado Giovanni Pitruzzella, al hilo de una pregunta de la Audiencia Nacional sobre un caso denunciado por CC OO y otros sindicatos contra Deutsche Bank.?
Con este argumento, el Abogado de la UE contradice frontalmente el argumento del Tribunal Supremo. Hace dos a?os el alto tribunal espa?ol fall¨® que las empresas solo deb¨ªan registrar la jornada de sus empleados cuando estos hac¨ªan horas extraordinarias. Se abri¨® as¨ª la batalla en Espa?a, que tambi¨¦n tiene un frente pol¨ªtico y social, sobre si hay que obligar a las empresas a controlar todas las horas que trabajan sus empleados y c¨®mo controlarlo.
La sentencia del Supremo, que correg¨ªa un fallo previo de la Audiencia Nacional en un conflicto laboral en Bankia, no ha zanjado el asunto en el ¨¢mbito judicial. CC OO present¨® una denuncia para obligar a Deutsche Bank a registrar la jornada de sus empleados. Y antes de emitir un fallo, los jueces de la Audiencia decidieron elevar una pregunta a los tribunales europeas para aclarar si la interpretaci¨®n que hizo el Supremo se ajustaba al derecho comunitario.
Todav¨ªa no hay sentencia del TJUE sobre el asunto, pero s¨ª ha llegado el preceptivo informe del Abogado General con su opini¨®n al respecto, que en muchas ocasiones coincide con el fallo definitivo. En ¨¦l, Pitruzzella argumenta su posici¨®n favorable a registrar la jornada. "Sin un c¨®mputo del tiempo de trabajo no existe ninguna garant¨ªa de que se respeten efectivamente los l¨ªmites temporales [...] y, en consecuencia, de que se puedan ejercer sin obst¨¢culos los derechos", expone en primer lugar.
El Abogado de la UE, adem¨¢s, hace suyo el argumento de la Audiencia Nacional y subraya que "la inexistencia de un sistema de c¨®mputo del tiempo de trabajo hace que sea mucho m¨¢s dif¨ªcil para el trabajador obtener la defensa judicial de los derechos [...], puesto que se le priva de un primer indicio probatorio esencial".
Proteger la salud de los trabajadores
En resumen, la opini¨®n del Abogado es que "la obligaci¨®n de controlar el tiempo de trabajo diario desempe?a una funci¨®n esencial en orden al cumplimiento, por? parte del empresario, de las obligaciones establecidas en la directiva 2003/88, como son los l¨ªmites de la duraci¨®n de la jornada laboral, el descanso diario [...] Estas obligaciones guardan relaci¨®n [...] con la protecci¨®n de la salud y la seguridad en el lugar de trabajo".?
Por ¨²ltimo, tambi¨¦n se aclara que si las leyes espa?olas chocan con la directiva europea "el ¨®rgano jurisdiccional nacional debe dejar de aplicar esa normativa nacional y garantizar el cumplimiento por parte de la empresa de implantar un sistema adecuado de c¨®mputo del tiempo efectivo de trabajo".
En lo que no entra el Abogado de la UE es en que cada pa¨ªs, no obstante, tiene margen para dise?ar el sistema que "considere m¨¢s adecuado" para que se cumpla la directiva. Seg¨²n el letrado, una protecci¨®n "plena y efectiva" de los derechos laborales sobre la duraci¨®n m¨¢xima del trabajo y los per¨ªodos de descanso conlleva "el establecimiento de obligaciones espec¨ªficas de los sujetos involucrados".
Tambi¨¦n recuerda que los Estados miembros "est¨¢n obligados a adoptar una normativa nacional adecuada para garantizar la protecci¨®n de la salud y de la seguridad del trabajador a trav¨¦s del respeto efectivo de los l¨ªmites del tiempo de trabajo".
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