Juicio al 'proc¨¦s': preguntas y respuestas sobre c¨®mo se desarrolla un juicio oral
El inicio de las sesiones del juicio plantea dudas como qu¨¦ son las cuestiones previas, qu¨¦ papel juegan las partes o c¨®mo se practica la prueba
Despu¨¦s de quince meses de instrucci¨®n dirigida por el juez del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, hoy comienza el juicio oral del proc¨¦s, donde se resolver¨¢ si la aprobaci¨®n en el Parlament de leyes de ruptura con el Estado, la organizaci¨®n y celebraci¨®n de un refer¨¦ndum ilegal prohibido por el Tribunal Constitucional, y la declaraci¨®n unilateral de independencia del 27 de octubre de 2017 constituyen o no delito de rebeli¨®n, sedici¨®n, malversaci¨®n y desobediencia.
?En qu¨¦ consiste el juicio oral?
El juicio oral es la fase que se desarrolla en todos los procedimientos penales despu¨¦s de concluida la instrucci¨®n o investigaci¨®n de los hechos y una vez que las acusaciones han presentado ya sus escritos de calificaciones provisionales, en los que se especifican los delitos de los que se acusa a los procesados y las penas solicitadas. Se denominan provisionales porque es precisamente en el juicio oral donde se concretan definitivamente estas acusaciones. Los informes definitivos de las partes se presentan una vez que se practiquen las pruebas en presencia del tribunal competente para dictar sentencia.
En el caso del proc¨¦s se celebra ante un tribunal de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, compuesto por siete magistrados y presidido por Manuel Marchena.
Hay tres acusaciones: la Fiscal¨ªa del Tribunal Supremo con cuatro fiscales, la Abogac¨ªa del Estado, dependiente del Gobierno y representada por dos de sus miembros y la acusaci¨®n popular ejercida en este caso por Vox.
El d¨ªa del juicio deben estar en la sala las llamadas piezas de convicci¨®n, que son aquellos objetos o instrumentos relacionados con los delitos investigados que se han ido recabando en la instrucci¨®n y que sirven para convencer al tribunal sobre la realidad de lo ocurrido.
?Qu¨¦ son las cuestiones previas?
Al inicio del juicio, las partes, o el tribunal de oficio, pueden presentar cuestiones previas, es decir, exponer cualquier defecto que impida que el proceso se desarrolle con normalidad, por ejemplo, se puede alegar la vulneraci¨®n de alg¨²n derecho fundamental, lo que puede suponer la nulidad de todo lo hecho hasta el momento, retrotray¨¦ndose las actuaciones al momento en el que se produjo la vulneraci¨®n. Los magistrados podr¨¢n resolverlas o dejar la decisi¨®n para la sentencia.
Una vez resueltas estas cuestiones, el presidente pregunta a cada acusado si se confiesa culpable del delito que se le ha atribuido en el escrito de calificaci¨®n y responsable civilmente, seg¨²n la calificaci¨®n m¨¢s grave y la cantidad mayor cuyo pago se solicite.
Si todos los acusados se confesasen culpables, el presidente del tribunal preguntar¨ªa a sus defensores si consideran necesaria la continuaci¨®n del juicio oral. Si contestan negativamente, el tribunal dicta la sentencia que corresponda, teniendo en cuenta los hechos admitidos por las partes y si contestan afirmativamente se celebra el juicio.
Igualmente, si cualquiera de los acusados no se confiesa culpable o no quiere responder a las preguntas, se celebra el juicio.
En el juicio del proc¨¦s los acusados son: el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, los exconsellers Joaquim Forn (Interior), Jordi Turull (Presidencia), Ra¨¹l Romeva (Exteriores), Dolors Bassa (Trabajo), Josep Rull (Territorio), la expresidenta de la Mesa del Parlament, Carme Forcadell; el presidente de ?mnium Cultural, Jordi Cuixart, el exl¨ªder de la Asamblea Nacional Catalana (ANC), Jordi S¨¤nchez, Meritxell Borr¨¤s (Gobernaci¨®n), Carles Mund¨® (Justicia) y Santi Vila (Empresa). Puigdemont y otros procesados fugados est¨¢n declarados en rebeld¨ªa
?C¨®mo se practica la prueba?
Se empieza por las pruebas propuestas por la Fiscal¨ªa del Tribunal Supremo, compuesta en este caso por cuatro miembros, continuando por las propuestas por las dem¨¢s acusaciones, es decir, las de la Abogac¨ªa del Estado, dependiente del Gobierno y representada por dos de sus miembros, las de la acusaci¨®n popular ejercida por Vox y finalizando por las de los procesados. Se practican seg¨²n el orden en que se hayan propuesto en el escrito de calificaci¨®n provisional.
Comienza el presidente del tribunal informando a los procesados de los derechos que le asisten y las partes les interrogan sobre los hechos que se le imputan. Los procesados pueden contestar o no a las cuestiones que se le planteen o s¨®lo a las acusaciones que deseen y lo pueden hacer en espa?ol o catal¨¢n.
Despu¨¦s del interrogatorio de los procesados, comienza la prueba testifical. En el juicio del proc¨¦s, la Sala ha aceptado la comparecencia de m¨¢s de 500 testigos, entre los que se encuentran el expresidente del Gobierno Mariano Rajoy; el presidente del Parlament, Roger Torrent; la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau; el expresident Artur Mas, el lehendakari ??igo Urkullu y diputados como Gabriel Rufi¨¢n y Joan Tard¨¤. En cambio, ha rechazado testificales como la del Rey, por preverlo as¨ª la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
El presidente pide que entren a declarar uno a uno por el orden en que aparecen sus nombres en las listas entregadas por las partes y les recibe juramento. Preguntar¨¢ al testigo sus datos personales, si conoce o no a los procesados y a las dem¨¢s partes y si tiene con ellos parentesco, amistad o relaciones de otra clase, si ha estado procesado y la pena que se le impuso. Despu¨¦s le har¨¢ preguntas la parte que lo haya presentado y seguidamente las dem¨¢s partes. El presidente puede dirigirles las preguntas que considere pertinentes para depurar los hechos.
Adem¨¢s, se pueden practicar careos de testigos con procesados o de los testigos entre s¨ª. Los careados se dirigen los cargos y se hacen las observaciones convenientes para ponerse de acuerdo y descubrir la verdad.
A continuaci¨®n, se presentar¨¢n las pruebas periciales y la llamada documental. En esta ¨²ltima se podr¨¢n exhibir los papeles incautados en la instrucci¨®n y las im¨¢genes grabadas en los d¨ªas que rodean al refer¨¦ndum del 1 de octubre.
?Por qu¨¦ puede suspenderse el juicio oral?
Los motivos de suspensi¨®n del juicio oral pueden ser varios. Por un lado, que las partes no tuviesen preparadas las pruebas ofrecidas en sus respectivos escritos por causas ajenas a su voluntad. Espec¨ªficamente, proceder¨¢ la suspensi¨®n del juicio oral cuando tenga que resolverse durante los debates alguna cuesti¨®n incidental, tenga que practicarse alguna diligencia fuera del lugar de las sesiones. Otros motivos son la no comparecencia de los testigos de cargo y descargo cuando se considere necesaria la declaraci¨®n de los mismos, la enfermedad repentina de alg¨²n miembro del tribunal, del Fiscal, del abogado de alguna de las partes o alguno de los procesados, y finalmente, cuando se haga necesaria practicar una instrucci¨®n complementaria.
?Qu¨¦ son las conclusiones definitivas?
El resultado de las pruebas puede llevar a las partes bien a ratificar y mantener bien a modificar las conclusiones provisionales presentadas inicialmente tras la fase de instrucci¨®n. Constituyen las conclusiones definitivas el verdadero escrito de acusaci¨®n, pues de otro modo se har¨ªa in¨²til la actividad probatoria practicada en el juicio oral.
Puede ser que ninguna de las partes modifique sus conclusiones, en cuyo caso, primero el Ministerio Fiscal y acusaciones, y despu¨¦s las defensas de los procesados, mediante la f¨®rmula 'a definitivas', mantendr¨¢n y ratificar¨¢n las pretensiones que como provisionales fueron planteadas en su d¨ªa.
Tambi¨¦n puede ser que se realicen conclusiones alternativas, para el caso de que si no se estimara una petici¨®n, pueda estimarse cualquiera de las dem¨¢s. En el caso de proc¨¦s puede ocurrir, por ejemplo, que se califiquen los hechos como rebeli¨®n y, en su defecto, como sedici¨®n.
Por ¨²ltimo, puede ocurrir que alguna de las partes modifique sus conclusiones, que deber¨¢ realizarse por escrito y entregarse al presidente, aunque si no es muy extensa, por razones de econom¨ªa procesal, se permite realizarla verbalmente. Como dice el Tribunal Constitucional, las modificaciones en las conclusiones deben respetar la identidad del hecho delictivo, exigi¨¦ndose que haya homogeneidad. En este sentido, ser¨ªa contrario al derecho de defensa si, despu¨¦s de practicada toda la prueba, se dirigiera la acusaci¨®n por un nuevo delito que no ha sido objeto de debate y del que el acusado no pudo defenderse. Asimismo, en el supuesto de modificaci¨®n de conclusiones provisionales, es posible que la parte solicite al presidente la suspensi¨®n del juicio para una adecuada preparaci¨®n.
El tribunal plantea su 'tesis'
El tribunal puede poner de manifiesto a las partes que el hecho que se est¨¢ juzgando se ha calificado con manifiesto error y la posibilidad de calificarlo de distinta manera. Esta facultad la usa el tribunal excepcionalmente y con moderaci¨®n, no extendi¨¦ndose a delitos perseguibles solamente a instancia de parte, ni es aplicable a errores que hayan cometido las partes en sus escritos de calificaci¨®n, tampoco respecto a circunstancias atenuantes o agravantes, ni a participaci¨®n de cada uno de los procesados. Si las partes manifestaran no estar suficientemente preparados para discutir la cuesti¨®n propuesta podr¨¢n solicitar del presidente la suspensi¨®n de la sesi¨®n hasta el d¨ªa siguiente.
Informes de las partes
El presidente conceder¨¢ la palabra al Fiscal y despu¨¦s a los abogados de las dem¨¢s acusaciones para que procedan a informar, exponiendo los hechos que consideren probados en el juicio oral, su calificaci¨®n legal, la participaci¨®n que en ellos hayan tenido los procesados y la responsabilidad civil. Si hubiere actor civil, ser¨¢ el ¨²ltimo en hablar de las partes acusadoras, limit¨¢ndose su informe a los puntos concernientes a la responsabilidad civil.
Seguidamente se conceder¨¢ la palabra a los defensores, acomod¨¢ndose en su informe a sus conclusiones, hablando en ¨²ltimo lugar, si lo hubiese, el responsable civil.
Despu¨¦s de realizar los informes ¨²nicamente se permitir¨¢ a las partes la rectificaci¨®n de hechos y conceptos.
La ¨²ltima palabra de los acusados
Una vez finalizados los informes, el presidente del tribunal deber¨¢ preguntar a cada procesado si tiene algo m¨¢s que manifestar, y si contesta afirmativamente, le ser¨¢ concedida la palabra. Se trata del derecho que tiene cualquier acusado a decir la ¨²ltima palabra en el acto del juicio oral. No es una mera formalidad, sino que forma parte de su derecho de defensa y se basa en que nadie puede ser condenado sin ser o¨ªdo.
Despu¨¦s de hablar o no los procesados, el presidente declarar¨¢ el juicio concluido y visto para sentencia y conoceremos c¨®mo acaba el proceso del proc¨¦s.
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