C¨®mo moverse legalmente en el avispero venezolano
La incertidumbre jur¨ªdica en Venezuela obliga a tomar muchas cautelas a empresarios e inversores
Al impacto pol¨ªtico y econ¨®mico que est¨¢ teniendo la crisis en Venezuela hay que sumar un tercer vector de riesgo: el legal. Los interrogantes jur¨ªdicos que plantea el actual escenario a las empresas e inversores presentes en el pa¨ªs son innumerables. Y lo peor es que la falta de precedentes y la incertidumbre sobre el desenlace del enfrentamiento entre Juan Guaid¨®, presidente interino designado por la Asamblea Nacional, y el l¨ªder chavista Nicol¨¢s Maduro impiden a los juristas ofrecer pautas de actuaci¨®n que garanticen la seguridad del negocio.
Venezuela lleva mucho tiempo siendo un ecosistema de alto riesgo para el dinero. El miedo, sin embargo, ha aumentado en los ¨²ltimos a?os. Seg¨²n datos de la Secretar¨ªa de Estado de Comercio, la inversi¨®n en el pa¨ªs procedente de Espa?a ha pasado de 664 millones de euros en 2014, a 226 millones en 2017. De enero a septiembre del a?o pasado, el montante cay¨® a los 116 millones. El n¨²mero de empresas espa?olas con presencia all¨ª, tal y como tiene cuantificada la C¨¢mara Venezolano Espa?ola de Industria y Comercio, es de 94. Desde el punto de vista legal, la crisis venezolana plantea dos grandes fuentes de riesgo para compa?¨ªas e inversores extranjeros: la ampliaci¨®n de las sanciones internacionales contra el r¨¦gimen de Maduro y la consolidaci¨®n de dos Ejecutivos, con capacidad de actuar y tomar decisiones, lo que obligar¨ªa a tener que decidir a qui¨¦n se obedece o con qui¨¦n se contrata.
El r¨¦gimen actual de sanciones de la Uni¨®n Europea (UE) contra Venezuela no es demasiado severo. Proh¨ªbe la venta al pa¨ªs de armas, de equipos que puedan utilizarse para la represi¨®n interna y tecnolog¨ªa que permitan la interceptaci¨®n de comunicaciones. Adem¨¢s, congela los activos y se impide poner fondos a disposici¨®n de 18 de figuras del r¨¦gimen (son las conocidas como personas designadas); todos ellos altos cargos, funcionarios y representantes del Gobierno de Maduro.
Sin embargo, como anunci¨® la Alta Representante para la UE, Federica Mogherini, a finales de enero, los ministros de Exteriores comunitarios no descartan endurecer las sanciones. Una decisi¨®n que, en todo caso, no resultar¨ªa sencilla porque pa¨ªses como Italia o Grecia rompen la unanimidad que se requiere para aprobar este tipo de medidas.
El camino, en todo caso, ya lo ha abierto Estados Unidos. Hace tres semanas la Administraci¨®n Trump incluy¨® en su lista de personas designadas (y, por lo tanto, con la cual est¨¢ prohibido contratar) a la sociedad estatal Petr¨®leos de Venezuela (PDVSA). El efecto extraterritorial de las sanciones norteamericanas (que logran obligar incluso a ciudadanos y empresas de otros pa¨ªses) y la posibilidad de que la UE tambi¨¦n ampl¨ªe sus restricciones, vuelve imprescindible que las empresas se planteen qu¨¦ hacer si, de un d¨ªa para otro, se decreta la prohibici¨®n de la actividad a la que se dedican en suelo venezolano. O c¨®mo actuar si se declara persona designada a un sujeto u organizaci¨®n con la que tienen contratos en vigor.
¡°La compa?¨ªa tendr¨¢ que resolver el contrato si no quiere verse expuesta a una sanci¨®n¡±, explica Valeria Enrich, socia de Baker McKenzie. Una decisi¨®n que, en todo caso, conlleva el peligro de ser denunciada por incumplimiento contractual. La inclusi¨®n de cl¨¢usulas que permitan a una de las partes liberarse de sus obligaciones en caso de sanciones internacionales (aunque no siempre est¨¢n redactadas de forma tal clara), no obstante, ya es una pr¨¢ctica habitual, y m¨¢s en jurisdicciones de alto riesgo como la venezolana. ¡°No es la panacea, pero es la protecci¨®n m¨ªnima indispensable¡±, a?ade el tambi¨¦n socio de la firma Paul Amberg. Seg¨²n relata, la contraparte suele resistirse a su inclusi¨®n, pero normalmente acaba accediendo porque ¡°nadie contrata¡± sin dicha salvaguarda. Eso s¨ª, lo previsible es que, de ejecutarse, el perjudicado demande reclamando una cuantiosa indemnizaci¨®n. La maquinaria para responder a estos litigios debe estar preparada.
Jos¨¦ Mar¨ªa Vi?als, socio de Lupicinio, sugiere otra opci¨®n para sortear el impacto de nuevas sanciones: la construcci¨®n de las conocidas como murallas chinas. Es decir, barreras legales, societarias, econ¨®micas e, incluso, de medios materiales que permitan crear una divisi¨®n entre la matriz y la filial que impida que una de las ramas del grupo opere en Venezuela sin que el grupo sufra las represalias norteamericanas o europeas. Una v¨ªa ¡°muy costosa que no est¨¢ al alcance de cualquier compa?¨ªa¡±.
Dos gobiernos
De perpetuarse en el tiempo la convivencia de la doble presidencia de Guaid¨® y Maduro y, sobre todo, si el primero consigue tomar el control de instituciones o parte del territorio (pudiendo, por tanto, adoptar decisiones efectivas), se producir¨ªa una bicefalia jur¨ªdicamente muy problem¨¢tica. ?Los dictados de qu¨¦ Ejecutivo ser¨ªan obligatorios? ?Qu¨¦ compromisos ser¨ªan los v¨¢lidos? ¡°No hay marco legal ni precedente que lo resuelva¡±, apunta Marta Casado, profesora de Derecho Internacional de la Universidad de Deusto, quien, no obstante, enfatiza en que no debe confundirse un Estado con su gobierno. As¨ª, lo suscrito por Maduro vincula a Venezuela, y seguir¨¢ haci¨¦ndolo aunque cristalice el cambio pol¨ªtico al frente del pa¨ªs.
¡°Si llegan a coexistir dos gobiernos, las empresas tendr¨¢n que decidir qu¨¦ hacer, pero si son coherentes con la posici¨®n internacional de Espa?a, deber¨¢n otorgar legitimidad a la Administraci¨®n Guaid¨®¡±, reflexiona Vi?als, que a?ade una ¨²ltima derivada al ya endiablado escenario venezolano. Si el r¨¦gimen de Maduro incumple un compromiso, denunciarlo ante una corte internacional de arbitraje podr¨ªa entenderse como un acto de reconocimiento o legitimaci¨®n. ¡°La situaci¨®n es ultracompleja¡±, zanja el letrado.
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