La Audiencia Nacional retira al Santander la imputaci¨®n por el caso del Banco Popular
Los magistrados consideran que la entidad de Ana Bot¨ªn no puede heredar la responsabilidad de la gesti¨®n previa a la absorci¨®n del Popular
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha decidido retirar la condici¨®n de investigado (imputado) al Banco Santander en la causa que investiga las supuestas irregularidades en el Banco Popular, que fue absorbido por la entidad que preside Ana Bot¨ªn en junio de 2017, tras pagar un solo euro debido a la inviabilidad del banco. Los magistrados han estimado el recurso presentado por el Santander contra su imputaci¨®n, refrendada por el juez de instrucci¨®n el 20 de marzo, y han acordado dejar si efecto su condici¨®n de investigado "en este momento procesal". El tribunal entiende que?no puede heredar "ninguna imputaci¨®n ni responsabilidad penal" como consecuencia de?"los posibles defectos de organizaci¨®n de la entidad absorbida, ni [de] la existencia de una cultura de incumplimiento de la norma, susceptibles de reproche penal", dice el auto de la Sala de lo Penal.
Los jueces explican que, en este momento, "no existe dato alguno" que indique la participaci¨®n, "ni siquiera indiciaria", del Banco Santander en los hechos investigados "pues no intervino ni en la ampliaci¨®n de capital aprobada en mayo de 2016 ni en la supuesta manipulaci¨®n del valor de cotizaci¨®n de las acciones del Banco Popular, presuntamente llevada a cabo bajo la supervisi¨®n del anterior Consejo de Administraci¨®n". No obstante, mantiene al Santander como responsable civil.
El pasado 20 de marzo, el titular del Juzgado Central de Instrucci¨®n n¨²mero 4 de la Audiencia Nacional, Jos¨¦ Luis Calama Teixeira, hab¨ªa rechazado el recurso del Santander contra su imputaci¨®n, al entender que si absorbi¨® la entidad le correspond¨ªa la responsabilidad penal en que la otra entidad pudiera haber incurrido. El Santander hab¨ªa alegado que el Popular que adquiri¨® por un euro no era ya el mismo en el que se hab¨ªan perpetrado los presuntos delitos objeto de la investigaci¨®n, pues hab¨ªa cambiado tanto la c¨²pula directiva como el capital, previo paso por el FROB y era un "nuevo banco".
Ahora la Sala de lo Penal le da la raz¨®n y entiende que, en este caso concreto, no cabe la transmisi¨®n de la responsabilidad entre empresas, ya que "se har¨ªa responder a aquel [el Santander] por hechos ajenos en los que ninguna intervenci¨®n ni dolosa ni culposa hubiera tenido, lo que nada tiene que ver con un sistema penal de autorresponsabilidad como el pretendido por el legislador en la regulaci¨®n de la responsabilidad penal de las personas jur¨ªdicas¡±.
"Tampoco crea la Sala", explica en su auto, "que se pueda considerar que el Banco Santander no haya tenido en cuenta los riesgos evidentes que una operaci¨®n de este tipo implicaba, ni que hubiere sido negligente a la hora de cumplimentar su deber de informaci¨®n, produci¨¦ndose una sobrevaloraci¨®n de la entidad absorbida, lo que no es el caso, por lo que tampoco desde la perspectiva del derecho de da?os, al que algunos pretenden trasladar el fundamento de la aplicaci¨®n del art¨ªculo 130.2, ser¨ªa aplicable a aquel, al no haberse producido tal actuaci¨®n negligente en la valoraci¨®n y an¨¢lisis de la informaci¨®n¡±.
No obstante, los magistrados dejan abierta la puerta de que la imputaci¨®n sea necesaria m¨¢s adelante. "Si del resultado de las diligencias de investigaci¨®n practicadas, se dedujese la participaci¨®n siquiera indiciaria del Banco Santander SA en alguna conducta tributaria de generar responsabilidad penal de las personas jur¨ªdicas, ser¨¢ llamada al proceso existente, aunque "por el momento la ¨²nica legitimaci¨®n posible es la de su responsabilidad civil, con lo que los entendemos quedar¨ªan salvaguardados en su caso los derechos de los perjudicados en las presentes actuaciones¡±, concluye la audiencia.?
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