El coladero de la nueva ley del pan: los productos fabricados en el extranjero no tienen que cumplirla
Parte de la industria teme que la nueva normativa que entra este lunes en vigor podr¨ªa restar competitividad al sector
Empieza una nueva era para el pan. Este lunes, 1 de julio, entra en vigor en Espa?a una nueva norma que establece c¨®mo debe ser etiquetado correctamente un producto artesano, integral, de masa madre, etc¨¦tera, denominaciones que antes no estaban contempladas o ten¨ªan definiciones muy laxas y que finalmente se han plasmado en un documento oficial al que todos los fabricantes tendr¨¢n que ajustarse. Todos, o casi. Porque los productos importados desde otros pa¨ªses de la Uni¨®n Europea ¡ªadem¨¢s de Turqu¨ªa, Noruega, Islandia y Liechtenstein¡ª no tienen por qu¨¦ atenerse a estos nuevos requisitos. Es algo que ocurre con otros alimentos, pero que causa particular preocupaci¨®n en una parte de la industria del pan, que teme que podr¨ªa restar competitividad a las empresas espa?olas en el mercado nacional.
Son "productos importados de otros pa¨ªses de la UE (...) que no quedar¨¢n condicionados por esta norma, ni en su formulaci¨®n ni en su packaging, y sin embargo estar¨¢n disponibles para el consumidor espa?ol. Hablamos de un riesgo real y es que, seg¨²n las ¨²ltimas cifras que manejamos, Portugal e Italia son los primeros exportadores de este tipo de productos a nuestro pa¨ªs¡±, defiende Rub¨¦n Moreno, secretario general de la Asociaci¨®n Espa?ola del Dulce (Produlce), que entre sus miembros cuenta con marcas como Bimbo o Panrico.
El pan, al igual que la cerveza, las salsas de mesa o los yogures, no cuenta con una legislaci¨®n armonizada dentro de la UE: los Estados miembros establecen sus reglas internas y pueden exportar sus productos dentro del mercado europeo sin tener que adaptarlos a cada legislaci¨®n nacional. ¡°Mi pan, fabricado seg¨²n criterios de Espa?a, lo puedo vender fuera; en contrapartida, el pan de Francia o Italia se puede vender aqu¨ª. Es el principio de la UE de reconocimiento mutuo¡±, ejemplifica Jos¨¦ Mar¨ªa Ferrer, responsable del departamento de Derecho Alimentario del centro tecnol¨®gico Ainia.?¡°Quien tiene los deberes pendientes es la propia industria y siempre hay que plantearlo todo para no inducir a error al consumidor¡±, a?ade.
Esta preocupaci¨®n sin embargo no es compartida por el resto del sector.?¡°Nuestra competencia fundamental no es precisamente la de fuera¡±,?dice?Jos¨¦ Mar¨ªa Fern¨¢ndez del Vallado, secretario general de la Confederaci¨®n Espa?ola de Panader¨ªa, Pasteler¨ªa, Boller¨ªa y Afines (Ceoppan), que representa el segmento m¨¢s tradicional y artesano. Fern¨¢ndez valora la norma con ¡°moderada satisfacci¨®n¡± y no niega que su negociaci¨®n ha sido ¡°a veces dura y siempre compleja¡±, al haber muchos intereses enfrentados, y admite que hay aspectos que ¡°no han quedado claros del todo¡±.
Protecci¨®n al consumidor
Fern¨¢ndez hace sobre todo referencia a las nuevas denominaciones del pan artesano o de la masa madre, muy en boga entre los consumidores pero hasta ahora desconocidas por la ley.?A partir de este lunes la denominaci¨®n de pan artesano quedar¨¢ restringida (salvo para las existencias ya producidas) solo a los productos que no se hayan fabricado en grandes series y en cuya elaboraci¨®n haya primado el factor humano sobre el mec¨¢nico, y bajo la direcci¨®n de un maestro panadero. ?Mejorar¨¢ la protecci¨®n del consumidor?
¡°No va a valer para nada, no concreta ni menciona ninguna cifra¡±, lamenta Felipe Ruano,?presidente de la Asociaci¨®n Espa?ola de la Industria de panader¨ªa, boller¨ªa y pasteler¨ªa, Asemac, que entre sus principales clientes tiene supermercados, restauraci¨®n y panader¨ªas. Tambi¨¦n distintas asociaciones han lanzado cr¨ªticas sobre las reglas establecidas para usar la definici¨®n de masa madre.?¡°Creemos que va a dar demasiada acidez y no va a gustar, pero como hab¨ªa pol¨¦mica se quiso regular. Ahora se ha aclarado, aunque no significa que el pan mejore¡±, zanja Ruano.
IVA superreducido
Moreno, de Produlce, lamenta que la primera versi¨®n de la norma?¡ª¡°conllev¨® el trabajo de tres a?os en los que se escucharon y tuvieron en cuenta a todas las partes¡±, asegura¡ª era m¨¢s equilibrada que la que ha acabado public¨¢ndose en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE). Pero en al menos dos cosas coincide con el resto de actores que participaron en su elaboraci¨®n: en primer lugar, en que hacia falta actualizarla, ya que la anterior se remontaba a 1984 y no recog¨ªa ni el gusto de los consumidores ni las innovaciones del sector; y en segundo lugar, en la ampliaci¨®n de la definici¨®n de pan com¨²n a m¨¢s categor¨ªas ¡ªpan bregado, de flama o miga blanca, y sobre todo, el integral y elaborado con harinas de cereales¡ª, lo que conlleva un IVA superreducido del 4%, y no del 10%, como hasta ahora.
Con la crisis, el consumo de panes m¨¢s elaborados se desplom¨®, en l¨ªnea con la ca¨ªda generalizada que sufre este sector desde hace a?os. Su consumo toc¨® en 2018 el m¨ªnimo hist¨®rico, seg¨²n el Ministerio de Agricultura:?31,87 kilos por persona y un gasto per c¨¢pita de 76,38 euros, frente a los casi 43 kilos y m¨¢s de 90 euros de 2007. El a?o pasado, solo creci¨®?el segmento industrial, tanto en valor como en volumen, mientras el pan fresco integral sufri¨® el mayor retroceso.?
¡°El consumidor ahora estar¨¢ m¨¢s informado que antes, pero otra cosa es que cambie de producto o compre m¨¢s¡±, dice Ruano, de Asemac, quien prev¨¦ que no habr¨¢ confusi¨®n de cara al p¨²blico pero que dentro de unos pocos a?os habr¨¢ que volver a actualizar la norma. ¡°El consumidor sabe mucho m¨¢s de lo que parece y seguir¨¢ comprando el pan que le gusta, se llame como se llame¡±.
Principales novedades
Pan com¨²n. El art¨ªculo 2 del Real Decreto 308/2019, de 26 de abril, incluye en la definici¨®n del pan com¨²n el elaborado con "harina integral de cereales". Es importante porque el integral pasa a gravarse con el tipo superreducido de IVA, el 4%, y no el 10%.
Pan integral. El decreto proh¨ªbe expresamente en su art¨ªculo 4 que el etiquetado incluya el t¨¦rmino "pan integral" en todos aquellos panes que no se hayan elaborado "con harina exclusivamente integral". Despu¨¦s, habr¨¢ que a?adir de qu¨¦ cereal. Si se ha hecho a partir de masa madre, esta deber¨¢ ser tambi¨¦n de harina integral. Si el pan lleva un porcentaje de otras harinas, tendr¨¢ que poner "elaborado con harina integral", con el porcentaje de harina integral que lleve.
Harinas de cereales. Si el pan se hace solo con una harina que no sea de trigo, se denominar¨¢ "pan 100% de" o "pan de" y el nombre del cereal. Si lleva m¨¢s de una harina, se llamar¨¢ "pan de" y el nombre del cereal o cereales que se quieran destacar y el porcentaje de esta(s) harina(s).
Pan artesano. Seg¨²n el decreto, ser¨¢ artesano el pan en cuyo "proceso de elaboraci¨®n prime el factor humano sobre el mec¨¢nico", que no se produzca "en grandes series", cuyas piezas sean formadas "total o parcialmente, de forma manual" y que sea elaborado "bajo la direcci¨®n de un maestro panadero o asimilado, o artesano con experiencia o conocimientos demostrables". Es uno de los puntos m¨¢s pol¨¦micos de la norma, por su excesiva vaguedad (no hay definiciones de factor humano o una cuantificaci¨®n de gran serie, por ejemplo) o por la posibilidad no descartada de a?adir al t¨¦rmino artesano palabras como "estilo", "al modo" u otras.
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