El Supremo exime a Bankia de reembolsar acciones compradas directamente en la Bolsa
Los jueces entienden que Bankia no es responsable porque no vendi¨® las acciones
El Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha eximido a Bankia de la obligaci¨®n de reembolsar acciones compradas en el mercado secundario, despu¨¦s de la salida a Bolsa, en una operaci¨®n en la que actuaba como intermediaria la propia entidad.
El Pleno ha fallado as¨ª en contra de una sentencia de la Audiencia Provincial de Segovia, que aval¨® la pretensi¨®n de una empresa que en 2011 adquiri¨® 34.666 acciones de Bankia durante la salida a Bolsa, y otras 35.000 posteriormente en Bolsa pero contratando su adquisici¨®n en sucursales de Bankia.
La compa?¨ªa, informa Efe, que ped¨ªa resarcimiento por todas las acciones adquiridas, logr¨® un primer fallo favorable en un juzgado de primera instancia de Segovia, recurrido por el banco. La Audiencia Provincial dar¨ªa despu¨¦s la raz¨®n a Bankia al eximirle de responsabilidad en las operaciones posteriores a la OPS donde solo act¨²o de intermediaria, y ahora el Supremo refrenda
tal resoluci¨®n.
El Supremo ha analizado si, tras la compra de unas acciones en Bolsa, en la que act¨²a como intermediaria la propia entidad emisora, esta tiene legitimaci¨®n pasiva en una acci¨®n de nulidad del contrato de compra por error vicio del consentimiento.
Similitud con el Popular
Fuentes de Bankia valoraron positivamente la sentencia ya que puede cerrar muchas demandas de los que compraron acciones fuera de la salida a Bolsa. Estos pleitos podr¨ªan tener un gran coste para Bankia si los tribunales les hicieran responsables de la ca¨ªda de las acciones. En la entidad creen que deja fuera, al menos, a los que compraron "acciones sin asesoramiento. Podr¨ªa haber algo por da?os y perjuicios", si no han prescrito.?
Algunas fuentes tambi¨¦n creen que la sentencia del Supremo podr¨ªa ser utilizada por el Santander para defenderse de los accionistas del Popular que compraron t¨ªtulos despu¨¦s de las ampliaciones de capital. Los jueces dan a entender que la compra de acciones en el mercado secundario ya no es responsabilidad de la entidad emisora, aunque las circunstancias de los dos bancos, Popular y Bankia, no son iguales.
Volviendo a la sentencia, aclara que Bankia no vendi¨® las acciones porque no se trat¨® de una venta como consecuencia de una oferta de la propia entidad (OPS), o en el mercado primario, sino de una venta en el mercado secundario -donde cotizan las acciones despu¨¦s de la salida a Bolsa-.
El comprador adquiri¨® los t¨ªtulos a un tercero, del que se desconoce c¨®mo las hab¨ªa adquirido a su vez; de este modo, Bankia prest¨® al cliente un servicio de inversi¨®n, en concreto "la recepci¨®n y transmisi¨®n de ¨®rdenes por cuenta de terceros".
La compraventa de t¨ªtulos en los mercados secundarios oficiales presenta caracter¨ªsticas propias que la distinguen de las reguladas en el C¨®digo Civil, indica el Supremo. De lo que se trata es de un negocio por el que uno o varios intermediarios se obligan a realizar por orden de otro (el vendedor) las actuaciones necesarias para que los valores o instrumentos financieros existentes en el patrimonio de este se transmitan al comprador a cambio del pago por este de un precio.
Si el comprador considera que la operaci¨®n de compraventa se encuentra viciada por un error en el consentimiento, la obligaci¨®n de reembolso recae en el vendedor, y no "a quien ha actuado como intermediario o comisionista en nombre ajeno", como en el presente caso.
Bankia, explica la sentencia, solo estar¨ªa legitimada pasivamente, y estar¨ªa obligada a reembolsar el importe de la compra, si se hubiera ejercitado una acci¨®n de indemnizaci¨®n por da?os y perjuicios por defectuoso asesoramiento o por inexactitud del folleto.
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