El abogado de la UE cree que la ley de jubilaci¨®n anticipada discrimina a los que han trabajado en otros pa¨ªses
El tribunal debe dirimir si la norma espa?ola perjudica a dos trabajadores gallegos que cotizaron en Alemania
La justicia europea vuelve a poner en cuesti¨®n las normas espa?olas sobre jubilaci¨®n. Esta vez es el abogado general del Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea quien lo hace al concluir que uno de los requisitos que se piden a los trabajadores que acceden a la jubilaci¨®n anticipada discrimina a quienes han trabajado en otros pa¨ªses de la UE. Las conclusiones de esto organismo no son vinculantes pero suelen anticipar el fallo de los jueces, que s¨ª tienen m¨¢s trascendencia.?
Para llegar a esta conclusi¨®n, el abogado general, el irland¨¦s Gerard Hogan, para de una pregunta del Tribunal Superior de Justicia de Galicia sobre dos trabajadores que hab¨ªa cotizado en Alemania durante bastantes a?os y hab¨ªan solicitado jubilarse anticipadamente. Tanto uno como otro no cumpl¨ªan una de las exigencias de la norma espa?ola para acceder a esa modalidad de retiro: que la prestaci¨®n a cobrar de la Seguridad Social debe ser igual o superior la pensi¨®n m¨ªnima correspondiente a las circunstancias personas del beneficiario. Esto llev¨® al Ministerio de Trabajo a denegar las solicitudes cuando se produjeron (2015 y 2017) y a los afectados a iniciar la reclamaci¨®n judicial.
En la reforma de 2011 se crearon dos formas de jubilaci¨®n anticipada: la forzosa, que permit¨ªa retirarse cuatro a?os antes de la edad legal si el trabajador hab¨ªa sido despido en los ¨²ltimos a?os de la vida laboral, y la voluntaria, que lo permit¨ªa en los ¨²ltimos dos. Pero en este ¨²ltimo caso, la norma a?adi¨® un requisito: quien se jubilara antes de la edad legal deb¨ªa tener derecho a una pensi¨®n contributiva igual o superior a la m¨ªnima que pudiera corresponderle (cuando no se llega al umbral m¨ªnimo, el estado pone lo que falta). Por ejemplo, en 2019 un jubilado menor de 65 a?os sin pareja debe tener derecho al menos al menos 633,7 euros al mes y si la tiene y se hace cargo de ella percibir¨¢ 783,6 euros.
Este mismo requisito se mantiene cuando el jubilado ha trabajado durante a?os en alg¨²n pa¨ªs de la Uni¨®n Europea. Los dos trabajadores gallegos que solicitaron la jubilaci¨®n anticipada ten¨ªan derecho a prestaciones por debajo de las m¨ªnimas teniendo en cuenta solo lo cotizado en Espa?a, de ah¨ª la negativa de la Seguridad Social. Sin embargo, esta cantidad se superaba con creces cuando se a?ade la prestaci¨®n procedente de Alemania.?
Aqu¨ª es donde el abogado Hogan ve la discriminaci¨®n. Al tener cuenta solo la cantidad que tiene que pagar Espa?a sin sumar la parte alemana, la norma se aplica "en detrimento de los trabajadores que han ejercido su derecho fundamental a la libre circulaci¨®n" y choca con el reglamento comunitario que coordina los sistemas de Seguridad Social.
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