La justicia europea rechaza por discriminar a los hombres el suplemento en la pensi¨®n solo para madres
El TJUE concede el suplemento a un hombre que percibe una pensi¨®n de invalidez
El complemento en la pensi¨®n que desde 2016 reciben las mujeres que tienen dos hijos o m¨¢s es discriminatorio. El Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE) ha analizado el caso de un hombre con derecho a una pensi¨®n por invalidez que hab¨ªa solicitado el suplemento por tener dos hijas y ha concluido que "la normativa nacional [...] constituye una discriminaci¨®n directa por raz¨®n de hijo y, por lo tanto est¨¢ prohibida por la directiva [comunitaria]". Aunque el fallo conocido este jueves ata?e a una prestaci¨®n por invalidez, el razonamiento del Tribunal puede aplicarse a todas pensiones contributivas. Fuentes de Trabajo creen que la ley debe adaptarse de forma ¡°necesaria y urgente¡±.
Los presupuestos de 2016 inclu¨ªan una medida que buscaba compensar la "contribuci¨®n demogr¨¢fica", seg¨²n las palabras del anterior Gobierno. Tambi¨¦n pretend¨ªa reducir la brecha de g¨¦nero en las pensiones ¡ªlas mujeres tienen una pensi¨®n media un 34,5% m¨¢s baja¡ª causada por la desigualdad en el mercado laboral, en la que la crianza de los hijos por ellas tiene un papel decisivo. Consist¨ªa -y consiste por ahora- en un complemento en la paga de las nuevas pensionistas desde el 1 de enero de 2016 a?o que incrementa el 5% si han tenido dos hijos; el 10% si son tres y el 15% a partir del cuarto. La norma no diferencia el tipo de pensi¨®n (jubilaci¨®n, invalidez...) ni si el hijo es biol¨®gico o adoptado y, adem¨¢s, en estos casos no se aplica el l¨ªmite en la pensi¨®n m¨¢xima (2.659,41 euros en 2019).
Pero los jueces comunitarios y antes el Abogado General de la UE entienden que el dise?o que se hizo de la medida genera una ¡°discriminaci¨®n directa¡±. Los magistrados europeos no se oponen a medidas que corrijan la desigualdad en el mercado laboral o en las pensiones entre hombre y mujeres, al contrario. Ya son varias las sentencias que desmontan normas laborales espa?olas por discriminaci¨®n indirecta sobre las mujeres. Es decir, no por su redacci¨®n literal sino porque su aplicaci¨®n sobre un mercado de trabajo desigual acent¨²a la discriminaci¨®n.
Sin embargo, ahora el mismo tribunal entiende que la ley espa?ola ¡°no aporta remedio alguno a los problemas que pueden encontrar durante su carrera profesional y no parece que dicho complemento pueda compensar las desventajas a las que est¨¦n expuestas las mujeres ayud¨¢ndolas en su carrera y garantizando en la pr¨¢ctica una plena igualdad entre hombres y mujeres¡±.
La sentencia ha llegado por el caso de un trabajador de Girona que en enero de 2017 reclam¨® el suplemento del 5% por tener dos hijas. El Instituto Nacional de Seguridad Social le reconoci¨® una pensi¨®n de invalidez de 1.603,43 euros, pero no el complemento. En mayo de ese a?o, el afectado llev¨® el asunto a los tribunales que preguntaron al TJUE acerca de si la norma espa?ola chocaba con las directivas comunitarias. La respuesta ha llegado despu¨¦s de que el trabajador falleciera en diciembre de 2017, aunque su mujer recogi¨® el testigo.
Cambiar la actual norma
A priori, el impacto de esta sentencia sobre un caso individual puede ser grande. El catedr¨¢tico de Derecho del Trabajo de la Universidad de Sevilla, Jes¨²s Cruz, se?ala que el art¨ªculo del que los jueces dicen que provoca la ¡°discriminaci¨®n directa por raz¨®n de g¨¦nero prohibida¡±, el 60.1 de la Ley General de la Seguridad Social, no se refiere solo a las pensiones de invalidez, si no a todas las prestaciones contributivas, es decir, tambi¨¦n a las de jubilaci¨®n o viudedad. Tambi¨¦n esto lo asumen en la Seguridad Social, donde apuntan que ¡°es necesario y urgente hacer las modificaciones legales oportunas¡± para adaptar la norma al fallo, aunque inmediatamente a?aden que eso lo tendr¨¢ que hacer un Gobierno ¡°que no est¨¦ en funciones¡±.
Para calibrar muy provisionalmente ese impacto, puede servir la evoluci¨®n de la medida en sus tres a?os de vigencia. A 30 de noviembre 646.971 mujeres cobraban el complemento, que ascend¨ªa a una cuant¨ªa media de 59,69 euros. Esto supone cerca de 40 millones al mes y 480 millones al a?o. En 2020, la Seguridad Social prev¨¦ que la factura ascienda a 600 millones de euros.
No obstante, estos n¨²meros no pueden duplicarse sin m¨¢s. Antes hay que ver c¨®mo se traspone el fallo a la legislaci¨®n espa?ola. Una posible soluci¨®n, apuntan fuentes sindicales y del Ministerio de Trabajo, puede venir de un criterio ya existente en la Seguridad Social. Este se cre¨® por la reclamaci¨®n de una pareja formada por dos mujeres y lo que hizo fue reconocer el suplemento a la unidad familiar, recayendo en una de ellas. La decisi¨®n no fue recurrida. No obstante, el responsable de Pol¨ªticas P¨²blicas y Protecci¨®n Social de CC OO, Carlos Bravo, recuerda que llevar ese criterio sin m¨¢s a la norma puede tener el problema de que deja de lado uno de los objetivos de la medida: la correcci¨®n de la brecha de g¨¦nero en las pensiones y puede acabar chocando con el mismo muro que en esta ocasi¨®n, el TJUE.
Al conocer la sentencia, la ministra de Trabajo en funciones, Magdalena Valerio, ha se?alado que tendr¨¢ que estudiarla y analizar con ¡°los agentes sociales y el Pacto de Toledo¡± el impacto y c¨®mo se resuelve la situaci¨®n. Valerio recalc¨® que es un Ejecutivo que no est¨¦ en funciones el que debe hacerse cargo de resolver la situaci¨®n.
La ministra, en una clara cr¨ªtica al periodo de Gobierno del PP, tambi¨¦n record¨® que es la segunda sentencia que desmonta jur¨ªdicamente una medida del equipo anterior. Valerio detall¨® que hace pocos meses el Tribunal Constitucional, siguiendo el camino marcado por el TJUE, anul¨® el mecanismo creado en 2013 para calcular la pensi¨®n de quienes cotizan a tiempo parcial por discriminar a las mujeres.
CC OO: ¡°Ten¨ªa errores b¨¢sicos de concepci¨®n y dise?o¡±
CC OO aprovech¨® la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE conocida ayer para recordar varios de los argumentos con los que critic¨® la medida en 2015. ¡°Se aprob¨® sin negociaci¨®n ni consenso¡±, recuerda el sindicato en un comunicado, ¡°ten¨ªa errores b¨¢sicos de concepci¨®n y dise?o¡±.
"Exclu¨ªa de la medida a las mujeres ya jubiladas y a gran parte de las que soport¨® el baby boom", record¨®. "Part¨ªa de una concepci¨®n de familia tradicional desconociendo familias monoparentales, las parejas homosexuales, las de padres separados o aquellas en las que el hombre asume los cuidados"
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