El TSJC obliga a Airbnb a retirar 12.000 pisos tur¨ªsticos ilegales en Catalu?a de su portal
El tribunal desestima el recurso presentado por la compa?¨ªa y da la raz¨®n a la Generalitat
El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) ha desestimado el recurso interpuesto por la plataforma de alquiler de pisos tur¨ªsticos Airbnb y ha dado la raz¨®n a la Direcci¨®n General de Turismo de la Generalitat, que ped¨ªa que el portal eliminase los anuncios de pisos tur¨ªsticos ilegales de Catalu?a, los que no tienen n¨²mero de registro tur¨ªstico. El fallo, hecho p¨²blico este viernes y avanzado por El Peri¨®dico, implica que la compa?¨ªa deber¨¢ suprimir los anuncios de 12.000 pisos tur¨ªsticos en todo el territorio que no se ajustan a la normativa catalana. La sentencia llega despu¨¦s de cinco a?os de litigio en los tribunales.?
El caso empez¨® en 2014, cuando la Generalitat, a trav¨¦s de la Direcci¨®n General de Turismo, abri¨® expediente a Airbnb para que suprimiera los anuncios de pisos que no tuviesen n¨²mero de registro. Este n¨²mero se otorga a las viviendas que solicitan el registro a los ayuntamientos, solicitud que estos elevan a la Generalitat para que certifique que cumplen con la normativa catalana. La compa?¨ªa rechaz¨® desde el inicio esta medida, y la llev¨® a los tribunales. Finalmente, la secci¨®n quinta de la sala de lo contencioso-administrativo del TSJC ha rechazado el recurso de Airbnb.
La sentencia es un duro golpe a Airbnb por la contundencia de sus argumentos, aunque a la pr¨¢tica la medida del n¨²mero de registro ya se aplica en los anuncios de pisos de la ciudad de Barcelona, donde la empresa se comprometi¨® a incluirlo despu¨¦s de que el Ayuntamiento cercase su actividad con multas y expedientes. El tribunal exige a la compa?¨ªa que elimine de su portal web los anuncios que no tienen el n¨²mero de registro tur¨ªstico, y que elimine tambi¨¦n las ofertas acompa?adas de n¨²mero de registro inexistente o err¨®neo.?
Adem¨¢s de la eliminaci¨®n de 12.000 anuncios, el fallo tambi¨¦n zanja una pol¨¦mica en la que Airbnb hab¨ªa basado su defensa. La compa?¨ªa californiana argument¨® que su sede en Barcelona ten¨ªa una funci¨®n meramente de marketing, y que no se encargaba de operaciones tecnol¨®gicas. Airbnb defend¨ªa que solo deb¨ªa obedecer las normas de Irlanda, donde tiene la sede central en Europa.
La sentencia del TSJC reconoce a Airbnb como un solo grupo empresarial, que por lo tanto tiene que acatar las normas sobre turismo de los pa¨ªses donde opera. Tambi¨¦n reconoce su papel activo en la contrataci¨®n: "La captaci¨®n de los ofertantes (o "amfitriones") se hace en Espa?a a trav¨¦s de la sociedad Airbnb Marketing Services, cuyo ¨²nico accionista es la empresa matriz, de manera que sin la actividad de ¨¦sta dif¨ªcilmente se podr¨ªan ofertar viviendas situadas en Espa?a", se?ala el fallo.?
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