Hacienda mantiene los plazos de la campa?a de la renta, que iniciar¨¢ el 1 de abril
Las asociaciones tributarias piden aplazar al menos tres meses la declaraci¨®n de impuestos
El Gobierno est¨¢ sacando toda su artiller¨ªa para suavizar el golpe econ¨®mico que supone la pandemia del coronavirus. Una de las medidas adoptadas es la ampliaci¨®n de los plazos de los tr¨¢mites tributarios hasta el 30 de abril para los procedimientos ya abiertos, y hasta el 20 de mayo para aquellos empezados a partir del pasado mi¨¦rcoles 18, fecha de entrada en vigor del decreto de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto econ¨®mico y social del coronavirus. Estas reglas, que se aplican a procedimientos como vencimientos o solicitudes de informaci¨®n, no afectan sin embargo a declaraciones informativas o al pago de impuestos, como el sobre la renta, cuya campa?a iniciar¨¢, como es habitual, el pr¨®ximo 1 de abril.
¡°La suspensi¨®n de los t¨¦rminos y la interrupci¨®n de los plazos administrativos que se establecen en el real decreto que declara el estado de alarma, no ser¨¢ de aplicaci¨®n a los plazos tributarios, sujetos a normativa especial, ni afectar¨¢, en particular, a los plazos para la presentaci¨®n de declaraciones y autoliquidaciones tributarias¡±, aclara un aviso de la Agencia Tributaria (AEAT) publicado el mi¨¦rcoles en su p¨¢gina web. Una decisi¨®n que ha causado el malestar de varias asociaciones tributarias y colegios profesionales, que han solicitado a la ministra de Hacienda, Mar¨ªa Jes¨²s Montero, que aplace al menos durante tres meses las declaraciones de impuestos.
En un comunicado conjunto difundido este jueves, organizaciones como la Asociaci¨®n Espa?ola de Asesores Fiscales (AEDAF) o el Consejo General Abogac¨ªa Espa?ola lamentan ¡°la falta de empat¨ªa real por parte del Gobierno con el tejido empresarial¡± y con ¡°los profesionales-colaboradores sociales¡±.
Si no hay marcha atr¨¢s por parte de Hacianda, los contribuyentes que tengan que presentar la declaraci¨®n trimestral del IVA el pr¨®ximo mes o el modelo 720 sobre los bienes en el extranjero a finales de marzo tendr¨¢n que respetar los plazos normales fijados por la Administraci¨®n. ¡°Otros Gobiernos de nuestro entorno, como el de Francia, han retrasado ya la obligaci¨®n de presentar las declaraciones y pago de impuestos m¨¢s pr¨®ximos a aquellas empresas que as¨ª lo soliciten. Tambi¨¦n est¨¢n tomando medidas semejantes gobiernos auton¨®micos de nuestro pa¨ªs [como las Haciendas vascas], con aplazamientos de car¨¢cter general¡±, lament¨® el mi¨¦rcoles la AEDAF.
En cuanto a los plazos de la campa?a de la renta, la declaraci¨®n online arrancar¨¢ el 1 de abril y el 13 de mayo iniciar¨¢ la presencial, seg¨²n confirma una orden publicada este jueves por el Ministerio de Hacienda en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE). La fecha de cierre es el 30 de junio. Es m¨¢s, se espera que ya la semana que viene la AEAT publique en su p¨¢gina el habitual banner de la renta con la puesta a disposici¨®n de los datos fiscales para los contribuyentes, paso previo a la apertura de la campa?a.
La Agencia Tributaria explica que ¡°se ha considerado especialmente importante en las circunstancias actuales¡± mantener las fechas habituales de la campa?a de la renta ¡°para que cuanto antes los contribuyentes puedan recibir sus devoluciones¡±. La Agencia explica que alrededor del 70% de las declaraciones son a devolver, y las que salen a ingresar se pagan a finales de la campa?a. ¡°Adem¨¢s, cerca del 88% de las declaraciones se confeccionan por Internet. Arrancando el 1 de abril, el d¨ªa 3 los contribuyentes comenzar¨¢n a recibir sus devoluciones¡±.
La idea es que as¨ª sea porque el Gobierno ha aprobado ayudas por otro lado. El Consejo General de Economistas detalla que ¡°s¨ª tiene plena validez lo dicho respecto a los aplazamientos de ingresos de autoliquidaciones en per¨ªodo voluntario, para pymes, que se estableci¨® en el real decreto-ley 7/2020 [que declara el estado de alarma]¡±, y que permite a peque?as y medianas empresas y aut¨®nomos aplazar hasta 30.000 euros en el pago de impuestos durante seis meses, con tres meses de carencia, previa solicitud.
En espec¨ªfico, el decreto prev¨¦ que los plazos de pago de deudas liquidadas por la Administraci¨®n y de pago de deudas tributarias en apremio se ampl¨ªan hasta el 30 de abril si todav¨ªa no han concluido. Los que se comuniquen a partir de este mi¨¦rcoles en adelante se extender¨¢n hasta el 20 de mayo, salvo modificaciones. Tambi¨¦n se alargan los plazos de los acuerdos de aplazamiento y fraccionamiento, en los mismos t¨¦rminos, los vencimientos relativos al desarrollo de subastas y adjudicaciones de bienes y los relativos a atender los requerimientos, diligencias de embargo y solicitudes de informaci¨®n con trascendencia tributaria, explican los economistas. Sin embargo, existe la posibilidad de atender el tr¨¢mite en el plazo habitual, en cuyo caso se considerar¨¢ evacuado.
Tampoco se proceder¨¢ a la ejecuci¨®n de garant¨ªas que recaigan sobre bienes inmuebles desde este mi¨¦rcoles hasta el d¨ªa 30 de abril, y el periodo que va del 18 de marzo hasta el 30 de abril no computar¨¢. En el caso de interposici¨®n de recursos y reclamaciones econ¨®mico-administrativas, los plazos no empezar¨¢n a contar hasta el 30 de abril si se producen a partir de este mi¨¦rcoles. El decreto tambi¨¦n incluye una ampliaci¨®n de los plazos catastrales relativos a requerimientos, solicitudes y tr¨¢mites de alegaciones.
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