El Gobierno aclara que los aut¨®nomos de actividades esenciales pueden seguir trabajando
Una nueva orden ministerial incluye un modelo de certificado para los trabajadores que s¨ª est¨¢n autorizados a desplazarse
La confusi¨®n generada por el real decreto que paraliza toda actividad no esencial, publicado el domingo de madrugada, ha obligado al Gobierno a emitir una nueva orden ministerial en la que aclara que dicha norma no es de aplicaci¨®n a los aut¨®nomos que lleven a cabo actividades esenciales que no fueron cerradas al decretarse el estado de alarma el pasado 14 de marzo. Es decir, los aut¨®nomos que vinieran trabajando desde entonces pueden seguir haci¨¦ndolo. Tambi¨¦n podr¨¢n seguir acudiendo a sus centros de trabajo los empleados que ejerzan la representaci¨®n sindical o patronal, para llevar a cabo las negociaciones y consultas de los trabajadores en esta situaci¨®n de parones de actividad y ERTEs.
El decreto del domingo que ahondaba en la paralizaci¨®n econ¨®mica para frenar a¨²n m¨¢s la expansi¨®n del coronavirus y aliviar la presi¨®n sobre las UCIs de los hospitales gener¨® ayer en las empresas mucha confusi¨®n y protestas de los empresarios y, tambi¨¦n las dudas de muchos aut¨®nomos. La norma busca ¡°limitar al m¨¢ximo la movilidad¡±, gran parte de la cual se origina por la actividad laboral y profesional. Por ello, establece un ¡°permiso retribuido recuperable¡± entre el 30 de marzo y el 9 de abril. Pero desde el comienzo se?ala que el permiso es ¡°para personal laboral por cuenta ajena que preste servicios en empresas o entidades del sector p¨²blico o privado que desarrollan las actividades no esenciales¡±. Los empleados no tendr¨ªan que trabajar en esos d¨ªas, aunque se les pagar¨¢, con el compromiso de recuperar esas jornadas en el futuro.
No afecta, pues, a los aut¨®nomos que vinieran desarrollando su labor desde la implantaci¨®n del estado de alarma el 14 de marzo, es decir, aquellos cuya actividad haya sido declarada esencial. En todo caso, en vista de la confusi¨®n vivida ayer entre los empresarios y aut¨®nomos, el Gobierno aclara hoy en una nueva orden ministerial, publicada tambi¨¦n de madrugada en el BOE, que ¡°el permiso retribuido recuperable ¨²nicamente resulta de aplicaci¨®n a las personas trabajadoras por cuenta ajena. Por tanto, las personas trabajadoras por cuenta propia quedan fuera de su ¨¢mbito de aplicaci¨®n, toda vez que no podr¨ªa hacerse efectiva ni la contraprestaci¨®n econ¨®mica ni la recuperaci¨®n de horas que establecen los art¨ªculos 2 y 3 de esa misma norma. En consecuencia, los aut¨®nomos que desarrollan actividades que no se hayan visto suspendidas por las medidas de contenci¨®n previstas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y el resto de normas que lo desarrollan, pueden continuar prestando sus servicios normalmente".
La nueva orden, eso s¨ª, incorpora otra aclaraci¨®n de importancia. Recuerda que ni el decreto del estado de alarma ni el del permiso retribuido recuperable afectan a ¡°la actividad de representaci¨®n sindical y empresarial, m¨¢xime en un contexto como el actual en el que se hace necesario en muchas empresas e instituciones acudir a las consultas y la negociaci¨®n con la representaci¨®n de los trabajadores¡±. Esas actividades, incide, deben permanecer ¡°inalteradas¡± y ¡°no pueden verse afectada por las restricciones a la movilidad y circulaci¨®n de las personas¡±. Es decir, las personas que las ejerzan pueden desplazarse a sus lugares de trabajo o a donde tengan que ejercerlas.
Por ¨²ltimo, la orden ministerial incluye un ¡°modelo de declaraci¨®n responsable¡± para que las empresas obligadas al permiso retribuido recuperable indiquen si alg¨²n trabajador ha sido excluido de ese permiso (para mantener la actividad m¨ªnima de supervivencia de la empresa) y lo autoricen a ¡°continuar realizando desplazamientos a su lugar de trabajo¡±. Es un documento que los trabajadores autorizados a desplazarse deben llevar encima.
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