?C¨®mo beneficiarse de las nuevas ayudas del Gobierno?
El decreto permite en ciertos casos acreditar la vulnerabilidad con una declaraci¨®n responsable y concede un mes para entregar los dem¨¢s documentos requeridos
El Ejecutivo anunci¨® el martes otro paquete de medidas extraordinario para soliviantar a familias y trabajadores ahogados por la crisis. El decreto, que se ha publicado en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE), va dirigido principalmente a aquellos ciudadanos particularmente golpeados por la Covid-19, que se han convertido en vulnerables a causa de las nefastas consecuencias econ¨®micas de la pandemia. Pero, ?c¨®mo acreditar esta condici¨®n?
Las ayudas son para los alquileres, el pago de hipoteca de locales comerciales, los aut¨®nomos, las empleadas del hogar y colectivos que de otra manera quedar¨ªan excluidos, como los trabajadores temporales... El decreto fija una serie de documentos a presentar para acreditar la condici¨®n de vulnerabilidad, pero deja abierta una rendija para no perder la ayuda en el caso no se disponga de toda la informaci¨®n solicitada, considerado que en plena emergencia sanitaria no es f¨¢cil obtener toda la informaci¨®n que se precisa. El mismo texto aclara: ¡°Se adapta la acreditaci¨®n de vulnerabilidad a las dificultades derivadas del estado de alarma que pueda impedir la obtenci¨®n de determinados documentos, mediante la presentaci¨®n de una declaraci¨®n responsable¡±.
Un ejemplo: la acreditaci¨®n de la vulnerabilidad econ¨®mica para obtener moratorias o ayudas para el alquiler. El decreto establece que el solicitante tiene que cumplir con toda una serie de requisitos que hayan sido ocasionados por la emergencia sanitaria. Estos se resumen, b¨¢sicamente, en haber perdido el trabajo o una parte sustancial de los ingresos (estar en situaci¨®n de desempleo, haber sido afectados por un ERTE o haber visto reducida la jornada por motivo de cuidados, en caso de ser empresario, u otras circunstancias similares) y que alquiler, m¨¢s los gastos y suministros b¨¢sicos (gas, agua, electricidad...), tienen que suponer el 35% o m¨¢s de los ingresos familiares netos. ?C¨®mo acreditar esta situaci¨®n?
El decreto establece que hay que presentar los papeles oficiales que certifiquen el paro o el cese de actividad en el caso de los aut¨®nomos, el libro de familia o documento acreditativo de pareja de hecho, certificado de empadronamiento, una nota simple del Registro de la Propiedad que acredite los bienes de todos los miembros de la unidad familiar... Toda una serie de documentos que, en estos tiempos, no son f¨¢ciles de conseguir.
Declaraci¨®n responsable
Por ello, prev¨¦ la posibilidad de sustituirlos con una ¡°declaraci¨®n responsable que incluya la justificaci¨®n expresa de los motivos, relacionados con las consecuencias de la crisis de la Covid-19, que le impiden tal aportaci¨®n¡±. Terminado el estado de alarma, el decreto concede un mes de tiempo para facilitar y los documentos exigidos. Lo mismo ocurre con los efectos de la moratoria hipotecaria y del cr¨¦dito de financiaci¨®n no hipotecaria.
Sin embargo, los decretos condicionan las condiciones de acceso a las ayudas, pero habr¨¢ que esperar las ¨®rdenes ministeriales para saber, en la pr¨¢ctica, los tr¨¢mites exactos para beneficiarse de ellas.
En el caso de las empleadas del hogar, a las que se les reconoce un subsidio extraordinario si sus horas de trabajo se hayan visto reducidas o se haya extinguido su contrato a causa de la crisis sanitaria (siempre y cuando est¨¦n dadas de alta en la Seguridad Social), se precisa una declaraci¨®n responsable firmada por el empleador, o una carta de despido, comunicaci¨®n del desistimiento de la empleadora o empleador, o documentaci¨®n acreditativa de la baja en el Sistema Especial de Empleados del Hogar, si se ha rescindido el contrato.
El subsidio de desempleo excepcional por fin de contrato temporal, por otro lado, se reconoce a los trabajadores temporales cuyo contrato (con duraci¨®n de al menos dos meses) se haya vencido con posterioridad a la entrada en vigor del estado de alarma, y no tuvieran la cotizaci¨®n necesaria para acceder a otra prestaci¨®n o subsidio, pero no se aclaran los pasos para solicitarlo.
Aut¨®nomos
El art¨ªculo 28 del decreto tambi¨¦n prev¨¦ que los aut¨®nomos que hayan accedido a la prestaci¨®n extraordinaria por cese de actividad o hayan registrado una fuerte ca¨ªda de sus ingresos a causa de la pandemia puedan solicitar el bono social, un descuento en el recibo de la luz pensado para consumidores vulnerables. El solicitante tendr¨¢ que mandar por correo electr¨®nico a la comercializadora una copia del NIF o NIE del titular del punto de suministro y, si se trata de una unidad familiar, copia de la documentaci¨®n identificativa de cada uno. Adem¨¢s, se precisa un certificado de empadronamiento en vigor y, si el aut¨®nomo se encuentra en situaci¨®n de cese de actividad, el certificado la AEAT, del ¨®rgano auton¨®mico competente o la declaraci¨®n de cese de actividad declarada por el interesado. Al final del decreto, hay un formulario de solicitud.
En el caso de aut¨®nomos y pymes, hay supuestos que todav¨ªa no est¨¢n muy claros. El decreto abre la puerta a que puedan solicitar moratorias de seis meses en las cotizaciones a la Seguridad Social, sin inter¨¦s. Pero aclara que los requisitos y condiciones para ser beneficiarios se establecer¨¢n mediante Orden del Ministro de Inclusi¨®n, Seguridad Social y Migraciones. Las solicitudes tienen que presentarse a trav¨¦s del Sistema de remisi¨®n electr¨®nica de datos en el ¨¢mbito de la Seguridad Social (Sistema RED) si se trata de empresas, y en el caso de los aut¨®nomos a trav¨¦s del mismo Sistema RED o por los medios electr¨®nicos disponibles en la sede electr¨®nica de la Secretar¨ªa de Estado de la Seguridad Social.
La moratoria ¡°afectar¨¢ al pago de sus cotizaciones a la Seguridad Social y por conceptos de recaudaci¨®n conjunta, cuyo per¨ªodo de devengo, en el caso de las empresas est¨¦ comprendido entre los meses de abril y junio de 2020 y, en el caso de los trabajadores por cuenta propia entre mayo y julio de 2020, siempre que las actividades que realicen no se hayan suspendido con ocasi¨®n del estado de alarma¡±. En ese caso, podr¨¢n solicitar la prestaci¨®n extraordinaria por cese de actividad. El decreto tambi¨¦n aclara las condiciones para solicitar esta ¨²ltima ayuda que estaban contenidas en el texto anterior.
En concreto, prev¨¦ que los aut¨®nomos que no est¨¢n obligados a llevar los libros que acreditan el volumen de actividad puedan acreditar la reducci¨®n al menos del 75% en sus ingresos por ¡°cualquier medio de prueba admitido en derecho¡±. Las solicitudes, a?ade el texto, deber¨¢n ir acompa?adas por una declaraci¨®n jurada en la que se haga constar que se cumplen todos los requisitos exigidos.
En el caso del aplazamiento de las cuotas de los cr¨¦ditos, previsto en el art¨ªculo 21 para los consumidores vulnerables, esta situaci¨®n de vulnerabilidad hay que acreditarla con el mismo sistema requerido para solicitar la moratoria en el alquiler. La suspensi¨®n se puede solicitar hasta un mes despu¨¦s del levantamiento del estado de alarma.
Informaci¨®n sobre el coronavirus
- Aqu¨ª puede seguir la ¨²ltima hora sobre la evoluci¨®n de la pandemia
- El mapa del coronavirus: as¨ª crecen los casos d¨ªa a d¨ªa y pa¨ªs por pa¨ªs
- Preguntas y respuestas sobre el coronavirus
- Gu¨ªa de actuaci¨®n ante la enfermedad
- En caso de tener s¨ªntomas, estos son los tel¨¦fonos que se han habilitado en cada comunidad
- Pincha aqu¨ª para suscribirte a la newsletter diaria sobre la pandemia
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.