Un juez de Barcelona pide a Europa que aclare nuevos aspectos de las hipotecas referenciadas al IRPH
El magistrado apela a las ¡°distintas interpretaciones¡± que los magistrados espa?oles est¨¢n realizando sobre la sentencia en la que el TJUE validaba la aplicaci¨®n de esta cl¨¢usula
La resoluci¨®n que dict¨® el Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE) el pasado mes de octubre declarando como no abusivas las hipotecas referenciadas al IRPH (¨ªndice de referencia de pr¨¦stamos hipotecarios) a pesar de que existiera, en muchos casos, falta de transparencia en la contrataci¨®n, vuelve a encontrarse bajo tela de juicio. Y es que un juez de Barcelona ha solicitado a Europa que aclare nuevos aspectos de estas hipotecas, apelando a las ¡°distintas interpretaciones¡± que se est¨¢n llevando a cabo por otros magistrados espa?oles, incluidos los del Tribunal Supremo.
Esta consulta se sustenta en seis preguntas, una de las cuales tiene que ver con si la publicaci¨®n del ¨ªndice IRPH en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE) ¡°salva para todos los casos las exigencias de transparencia¡±. En su resoluci¨®n, el TJUE, si bien reconoc¨ªa que no en todos los casos de contrataciones los bancos hab¨ªan informado a sus clientes de la evoluci¨®n del ¨ªndice en los dos a?os anteriores, o aclarado c¨®mo se calcula el tipo de inter¨¦s y sus consecuencias econ¨®micas, no las declar¨® como nulas de base, y dej¨® que fueran los jueces nacionales quienes se pronunciaran tras analizar caso por caso. Desde ese momento, el Tribunal Supremo descart¨® en cuatro sentencias que las hipotecas fueran abusivas, y el alto tribunal ha rechazado hasta 40 recursos contra el uso de este ¨ªndice al entender que no exist¨ªa ¡°inter¨¦s casacional¡± al haberse resuelto ya todas las cuestiones.
Es el apartado que se centra en el reconocimiento de la necesaria transparencia el que da pie al juez titular del Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 38 ¨Del mismo que hace dos a?os elev¨® a Luxemburgo la legalidad de estas hipotecas¨D, a ¡°repreguntar¡± al TJUE si una vez constatada esta circunstancia resulta ¡°pertinente, necesario o exigible¡± valorar si hubo abusividad, o si por el contrario ya es un motivo suficiente para que se declare abusiva la cl¨¢usula. En el escrito remitido, el juez solicita una aclaraci¨®n acerca de si resulta contrario a la directiva europea que la entidad ¡°que impone un ¨ªndice de implantaci¨®n minoritaria como el IRPH (...) no incorpore al contrato su definici¨®n completa o no entregue, previo a su suscripci¨®n, un folleto informativo que recoja su evoluci¨®n¡±. Tambi¨¦n alberga dudas acerca de si la declaraci¨®n de abusividad ¡°produce efectos desde su inicio o desde su sustituci¨®n¡±.
Precedente de las cl¨¢usulas suelo
Esta aparente falta de informaci¨®n entronca con la publicaci¨®n del ¨ªndice por parte del BOE, argumento al que se agarran las principales entidades del sector bancario que se ver¨ªan afectadas por una revisi¨®n de la sentencia ¨DBankia principalmente¨D para negar esta acusaci¨®n. Para el magistrado es preciso averiguar si esta publicaci¨®n es suficiente para obviar ¡°la obligaci¨®n profesional de informar al consumidor de conceptos como tipo de inter¨¦s, ¨ªndice de referencia o tasa anual equivalente¡±. A lo que a?ade que la constancia de la no informaci¨®n de los valores del ¨ªndice de los dos a?os anteriores no es de por s¨ª la confirmaci¨®n de que se trata de una cl¨¢usula abusiva ¡°por no facilitar la comparativa con el resto¡±.
El problema para todos aquellos afectados que esperan todav¨ªa una resoluci¨®n de sus recursos es que se sigan dictando sentencias al respecto mientras se dirime esta nueva petici¨®n de informaci¨®n. Para la Asociaci¨®n de Usuarios Financieros (Asufin), si estas siguieran produci¨¦ndose el da?o para los afectados ser¨¢ irreparable ¡°dado que opera la figura de cosa juzgada y ya no podr¨¢n recurrir a ninguna otra instancia¡±. ¡°El Supremo no puede seguir despachando asuntos con el perjuicio que esto ocasionar¨¢ a muchos afectados que no tendr¨¢n oportunidad de recuperar su dinero como as¨ª ocurri¨® con la cl¨¢usula suelo¡±, asegura Patricia Su¨¢rez, presidenta de Asufin. ¡°La justicia europea corrigi¨® entonces al Supremo, pero muchos consumidores se quedaron por el camino porque su sentencia ya era firme y se declar¨® la cosa juzgada. El Supremo modific¨® su doctrina, pero para muchos el da?o fue irreparable¡±, a?ade.
Para que estos casos no contin¨²en acumul¨¢ndose, la asociaci¨®n solicita que mientras se resuelva la petici¨®n de aclaraci¨®n remitida por el juez se paralicen los procedimientos resolutivos para evitar que un posible cambio interpretativo no pueda enmendar sentencias en firme.
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