La Seguridad Social propone que los aut¨®nomos coticen entre 90 y 1.220 euros al mes en funci¨®n de sus ingresos
Se establece un sistema de 13 tramos acorde a los rendimientos y tambi¨¦n se reformulan las penalizaciones para las jubilaciones anticipadas
La Seguridad Social ha hecho una ¨²ltima oferta a los agentes sociales para lograr un acuerdo sobre la primera parte de la reforma de pensiones. La parte m¨¢s novedosa de este ¨²ltimo documento consiste en el nuevo sistema de cotizaci¨®n de los aut¨®nomos que fijar¨¢ 13 tramos de cotizaci¨®n que oscilar¨¢n entre los 90 euros y los 1.220, y que empezar¨ªa a aplicarse en 2023. Tambi¨¦n se detallan los nuevos coeficientes reductores de la jubilaci¨®n anticipada voluntaria y la forzosa. En la primera, la reducci¨®n puede llegar hasta el 21% para quien se jubile 24 meses antes de su edad legal; el recorte m¨ªnimo queda en un 2,81% si alguien se retira un mes antes del l¨ªmite legal.
El pacto ¡°inminente¡± que el ministro de Seguridad Social, Jos¨¦ Luis Escriv¨¢, ha ofrecido a los sindicatos UGT y CC OO y las patronales CEOE y Cepyme consta de 14 p¨¢ginas a las que ha tenido acceso EL PA?S. Desde el Ministerio de Seguridad Social advierten que este documento es uno de los que se manejan en la mesa y no tiene por qu¨¦ ser el definitivo, por lo que su contenido puede cambiar.
Los cambios en la forma de cotizar de los aut¨®nomos son sustanciales. Los trabajadores por cuenta propia ahora pueden elegir la base sobre la que cotizan y, en consecuencia, la cuota que pagan a la Seguridad Social. Esta es la norma general, aunque cuenta con algunas excepciones. Lo que propone el departamento que dirige Jos¨¦ Luis Escriv¨¢ supone un cambio sustancial, ya que establece 13 tramos de cotizaci¨®n que se determinar¨ªan en funci¨®n de los ingresos del aut¨®nomo. En principio, el nuevo sistema se empezar¨ªa aplicar a partir del a?o que viene, aunque sus efectos econ¨®micos empezar¨ªan a sentirse en 2023 y, adem¨¢s, su implantaci¨®n no ser¨ªa de golpe, sino que se establecer¨ªa un periodo de transici¨®n de nueve a?os.
Con esta nueva forma de cotizaci¨®n, ser¨¢n los propios trabajadores aut¨®nomos quienes decidan en cada momento cu¨¢l ser¨¢ su base de cotizaci¨®n en funci¨®n de la previsi¨®n de rendimientos que realicen, y seg¨²n dicta el borrador de Seguridad Social, podr¨¢n modificar esta elecci¨®n ¡°seis veces a lo largo del a?o¡±. En el caso de que se produzca un desajuste entre la cotizaci¨®n y los rendimientos a final de a?o, el trabajador deber¨¢ regular esta situaci¨®n por medio de un ingreso adicional (si hubiera cotizado menos de lo que le correspond¨ªa); o podr¨¢ solicitar una devoluci¨®n (si se produjera el caso contrario).
El contenido de esta oferta recoge pr¨¢cticamente todos los elementos de los que se ha ido hablando en los ¨²ltimos meses sobre la primera parte de la reforma de pensiones. En ella hay un gesto claro hacia la CEOE: no se hace referencia al aumento de las bases m¨¢ximas de cotizaci¨®n. Algo que en la patronal levanta una gran oposici¨®n, y que en alg¨²n momento ha llegado a estar sobre la mesa. Tambi¨¦n hay puntos que se sit¨²an en l¨ªnea con las demandas sindicales, especialmente lo que tiene que ver con la derogaci¨®n de la reforma de 2013. El primero de ellos ser¨ªa la actualizaci¨®n anual de las pensiones siguiendo la evoluci¨®n de las precios, derogando la f¨®rmula que se estableci¨® hace ocho a?os que lo hac¨ªa en funci¨®n de la situaci¨®n financiera de la Seguridad Social. El segundo es la sustituci¨®n del factor de sostenibilidad, que iba a fijar la pensi¨®n inicial seg¨²n la esperanza de vida, por un mecanismo de equidad intergeneracional que empezar¨ªa a actuar en 2027.
Demorar el retiro
Adem¨¢s de estos elementos, est¨¢n los que se vinculan al principal objetivo de esta reforma: el retraso de la edad real de jubilaci¨®n, ahora en 64,6 a?os, hasta acercarla a la legal (entre 65 y 66 a?os en 2021). Una de estas medidas son los cambios en los coeficientes reductores de quienes se jubilen anticipadamente de forma voluntaria, es decir, dos a?os antes de su edad legal. Para ellos se endurece la penalizaci¨®n que se aplica, especialmente para quienes hayan cotizado menos de 38 a?os y medio, que si se jubilan dos a?os antes de su edad legal ver¨¢n como su pensi¨®n se recorta en un 21%. Este porcentaje ir¨¢ menguando mes a mes, no como ahora, que lo hace trimestre a trimestre. El dise?o de estos coeficientes reductores hace que, en realidad, solo quienes se jubilen 24 ¨® 23 meses antes del l¨ªmite legal salgan perdiendo sobre la regulaci¨®n actual, que aplica una reducci¨®n del 16% si la jubilaci¨®n se produce ocho trimestres antes, a partir de ah¨ª el castigo es menor. Por ejemplo, quien deje el mercado laboral 22 meses antes de su edad legal de jubilaci¨®n ver¨¢ que su pensi¨®n mengua en un 14,67% y no en el 16%. El esquema se repite entre quienes han cotizado durante m¨¢s tiempo, aunque con menores penalizaciones. El mensaje es claro: se trata de lograr que la gente demore su retiro al menos dos meses.
Todo este esquema de desincentivos tiene una excepci¨®n importante: los trabajadores que tienen derecho a una pensi¨®n m¨¢xima porque han cotizado por encima de la base m¨¢xima de cotizaci¨®n. A ellos, el sistema actual les aplica una reducci¨®n que puede quedarse en el 4% y no en el 16%. Esto convierte al sistema, seg¨²n el argumento de Escriv¨¢, en regresivo. Para corregirlo, ¨¦l propone aplicar los mismos coeficientes para todos. Esto suscita el rechazo en la mesa de negociaci¨®n de varios agentes sociales, especialmente de CC OO, que contraargumenta que esa mayor pensi¨®n se debe a que han cotizado m¨¢s. Para vencer las reticencias, la oferta de la Seguridad Social es establecer un periodo transitorio de 12 a?os.
El cambio en las penalizaciones pasando de un c¨¢lculo mensual a uno trimestral tambi¨¦n se aplicar¨ªa en la otra modalidad de jubilaci¨®n anticipada, la forzosa. En esta, el trabajador puede retirarse hasta cuatro a?os antes de su edad legal de jubilaci¨®n y debe haber sido despedido en un ERE, de forma objetiva o por la quiebra de la empresa. No obstante, con esta modificaci¨®n la reducci¨®n no aumenta, al contrario, al aplicarse por meses y no por trimestre beneficia al futuro jubilado en uno de cada tres meses.
Otro elemento sustancial es la prohibici¨®n de la llamada jubilaci¨®n forzosa. El punto de partida de la Seguridad Social era el veto absoluto a la inclusi¨®n en los convenios de esta cla¨²sula que permite el despido de los trabajadores que cumplen su edad legal de jubilaci¨®n si tienen derecho al 100% de la pensi¨®n. Esto provoca un rechazo contundnete en CEOE y ahora el Gobierno ha propuesto matices sustanciales: acepta que se incluya la cl¨¢sula si afecta a trabajadores de 68 a?os o m¨¢s.
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