Polygon pierde la batalla legal para subir el precio de la opa sobre Telepizza
La Audiencia Nacional rechaza el recurso de la gestora de fondos especulativos contra la CNMV
La gestora de fondos especulativos Polygon ha perdido otra batalla legal contra la Comisi¨®n Nacional del Mercado de Valores (CNMV) por la opa sobre Telepizza. Polygon ped¨ªa que se obligase a subir el precio de la oferta p¨²blica de adquisici¨®n lanzada en 2019, pero la Audiencia Nacional ha rechazado su recurso en una sentencia fechada el 10 de marzo y reci¨¦n notificada. Los jueces alegan que la firma inglesa Polygon no estaba legitimada para presentar el recurso porque no era accionista, sino que ten¨ªa swaps, derivados sobre las acciones. No obstante, hay otro proceso paralelo en el que el Supremo ha admitido estudiar si los titulares de swaps pueden impugnar una opa, seg¨²n un auto de noviembre pasado, as¨ª que previsiblemente la gestora tambi¨¦n recurrir¨¢ esta sentencia ante el Supremo.
Varios fondos activistas de Polygon tomaron posiciones en Telepizza al calor de la opa que lanz¨® a finales de 2018 la sociedad Tasty Bidco, detr¨¢s de la cual estaban las firmas KKR, Torreal (familia Abell¨®), Art¨¢ (familia March) y Safra. El precio de la opa fue de 6 euros por acci¨®n, lo que supon¨ªa una prima del 33% sobre el precio anterior a la oferta. La cotizaci¨®n en el mercado lleg¨® a situarse por encima de esa cota porque algunos inversores especulaban con una subida del precio. Apostaban a que la opa no tendr¨ªa ¨¦xito sin esa subida, pero se equivocaron.
KKR y sus socios se mantuvieron firmes y se negaron a subir el precio. La opa sali¨® adelante con una aceptaci¨®n del 56,3%, muy baja frente al objetivo inicial del 90% al que los oferentes luego renunciaron. Sin embargo, a continuaci¨®n los inversores promovieron la exclusi¨®n de Bolsa de Telepizza y lograron hacerse con un 84% del capital a trav¨¦s de una orden de compra sostenida en el mercado al mismo precio de la opa.
Polygon, que hab¨ªa tomado posiciones con derivados financieros por el equivalente a un 11,82% del capital, vio frustradas sus expectativas de ganancia a trav¨¦s de una mejora del precio. Pero no se conform¨® y lanz¨® una ofensiva legal contra la CNMV y los compradores de Telepizza. El pasado a?o perdi¨® el primer asalto, en su recurso contra la decisi¨®n de la CNMV de autorizar la exclusi¨®n de Bolsa, seg¨²n una sentencia del 25 de febrero de 2021. La firma recurri¨® y, en un auto, el Supremo admiti¨® el recurso a tr¨¢mite.
Ahora, pierde otro asalto en su recurso contra la propia autorizaci¨®n de la opa. Solicitaba que se dictase ¡°sentencia declarando que la resoluci¨®n de la CNMV es contraria a derecho y se ordenase a la CNMV recalcular el precio de la opa, y por consiguiente de la opa de exclusi¨®n¡±. Polygon encarg¨® un informe que valoraba Telepizza entre 8,13 euros y 8,78 euros por acci¨®n, muy por encima del precio de la opa.
La Audiencia Nacional se?ala que la finalidad de Polygon es ¡°leg¨ªtimamente especulativa¡±, recuerda que antes de la exclusi¨®n de Bolsa, sus fondos acordaron liquidar sus posiciones ¡°para no correr riesgos¡±, subraya que esas posiciones se tomaron con derivados y concluye que el inter¨¦s social de una compa?¨ªa como Telepizza ¡°no puede verse afectado por quien nunca ha formado ni forma parte de ella¡±. ¡°Lo ¨²nico cierto es que ni la recurrente ni los fondos de inversi¨®n a los que dice representar, adquirieron nunca acciones de Telepizza Group, [por] lo que ninguna legitimaci¨®n ostentan para interponer el recurso contencioso-administrativo¡±, dice la sentencia.
¡°La realidad es que los fondos representados por la demandante son dos inversores profesionales domiciliados en sendos para¨ªsos fiscales que nunca han sido accionistas y que adquirieron sus swaps una vez publicado el anuncio de la opa con sus condiciones esenciales, incluida la condici¨®n de m¨ªnima aceptaci¨®n renunciable, la intenci¨®n de excluir de cotizaci¨®n la compa?¨ªa y el precio de la oferta. Por lo tanto, los swaps no les confer¨ªan derecho pol¨ªtico alguno y se adquirieron por encima del precio de la opa con finalidad (desde luego, leg¨ªtima) de especulaci¨®n, pero que junto al elevado importe de la inversi¨®n, la complejidad del instrumento financiero y el hecho de que se llev¨® a cabo despu¨¦s del anuncio de la operaci¨®n con sus principales caracter¨ªsticas (el precio y la posterior exclusi¨®n de Bolsa), todo ello pone de manifiesto que en absoluto se trata de un accionista tradicional y minoritario¡±, razonan en la sentencia los jueces, que declaran la inadmisibilidad del recurso.
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