Agilizar los tr¨¢mites y detectar m¨¢s pronto las insolvencias: objetivos de la reforma concursal
La tramitaci¨®n final de la nueva ley llega al Congreso dos meses despu¨¦s del fin de la moratoria que eximi¨® a las empresas insolventes de pedir el concurso
La reforma de la Ley Concursal, herramienta que regula todas las situaciones de impago entre deudores y acreedores, recibi¨® este jueves el visto bueno definitivo del Congreso de los Diputados. El texto, que incorpora la nueva normativa comunitaria en materia mercantil, introduce variaciones para agilizar los tr¨¢mites y, entre otras cosas, promueve la reestructuraci¨®n temprana de empresas viables y la posibilidad de exonerar de obligaciones a los deudores de buena fe. La nueva norma llega casi dos meses despu¨¦s del fin de la moratoria acordada en marzo de 2020 como consecuencia del estallido de la pandemia, que estableci¨® un periodo de gracia que eximi¨® a empresas y aut¨®nomos de su obligaci¨®n de pedir el concurso de acreedores a pesar de encontrarse en situaci¨®n de insolvencia.
El objetivo ahora es facilitar la continuidad de empresas viables que atraviesan dificultades. Pero el fin de la moratoria derivar¨¢, seg¨²n vaticinan los expertos, en un incremento de los concursos, sobre todo entre las llamadas empresas zombis (se calcula que hay al menos 40.000), que se han beneficiado de las ventajas que hubo hasta el 30 de junio para sobrevivir en una situaci¨®n de vulnerabilidad con un modelo de negocio de dudosa viabilidad y que, con el fin de la moratoria, tienen que adecuarse a las nuevas reglas. En julio, los concursos crecieron un 25% respecto a igual mes del a?o pasado, hasta 774, la cifra m¨¢s elevada desde marzo de 2014, seg¨²n datos de la consulta financiera Informa D&B.
La reforma deb¨ªa entrar en vigor el 17 de julio, cuando venc¨ªa el plazo dato por Bruselas para adaptar la Directiva (UE) 2019/1023, uno de los compromisos sellados en el Plan de Recuperaci¨®n a cambio de los fondos europeos. Finalmente, el texto fue aprobado en el Congreso justo en julio, pero al pasar al Senado se introdujeron cuatro enmiendas t¨¦cnicas, por lo que la segunda votaci¨®n hab¨ªa quedado pendiente. La reforma persigue, seg¨²n una nota de prensa de la C¨¢mara baja, ¡°asegurar la continuidad de empresas y negocios que son viables, pero que se encuentran en dificultades financieras que pueden amenazar la solvencia y acarrear el consiguiente concurso¡±.
Mecanismos de alerta temprana
La reforma establece una serie de ¡°mecanismos de alerta temprana¡± que permitan al deudor responsable detectar la necesidad de actuar para evitar o para encauzar la insolvencia. ¡°As¨ª se establecer¨¢n servicios de asesoramiento gratuito y confidencial a empresas en dificultades para posibilitar el asesoramiento a peque?as y medianas empresas en un estadio temprano de dificultades¡±, seg¨²n consta en el texto aprobado en julio por el Congreso. ¡°Adicionalmente, se mantendr¨¢ la p¨¢gina web de autodiagn¨®stico de salud empresarial del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, que ya dispone de acceso libre y gratuito¡±, a?ade.
Planes de restructuraci¨®n
La nueva norma anima a que deudores y acreedores lleguen a un acuerdo antes de declarar el concurso para reducir el n¨²mero de procesos que afectan a empresas solventes. As¨ª se ponen en marcha los planes de reestructuraci¨®n, que sustituyen a los actuales acuerdos de refinanciaci¨®n y que son uno de los elementos centrales de la reforma para evitar la insolvencia o salir de ella. Se trata de un instrumento preconcursal, dirigido a empresas con dificultades, que favorece una reestructuraci¨®n en caso de probabilidad de insolvencia, frente a la actual exigencia de que esta sea inminente. El objetivo es incentivar una reestructuraci¨®n m¨¢s temprana y, por tanto, te¨®ricamente con mayores posibilidades de ¨¦xito. Adem¨¢s, se busca la descongesti¨®n de los juzgados mercantiles, ya que apenas es necesaria la intervenci¨®n judicial.
Evitar el papeleo
Se introduce un nuevo procedimiento de insolvencia ¨²nico para aut¨®nomos y empresas de menos de 10 trabajadores (con un volumen de negocio inferior a los 700.000 euros y menos de 350.000 euros de deuda), que pretende ser m¨¢s r¨¢pido, digitalizado y con un coste reducido. El objetivo es no ahogar con el papeleo para incrementar la posibilidad de continuidad del negocio. Tras un periodo de negociaci¨®n con los acreedores de un m¨¢ximo de tres meses, se abren dos posibles itinerarios: un plan de continuaci¨®n si hay acuerdo o, en su defecto, una liquidaci¨®n r¨¢pida a trav¨¦s de una plataforma online. Algunos administradores han cuestionado que el Gobierno haya desplegado la inversi¨®n necesaria para que ese mecanismo digital funcione.
Venta de unidades productivas
Se regula una pr¨¢ctica que se estaba aceptando en los tribunales, pero no estaba en la ley: la posibilidad de vender una o varias ¡°unidades productivas¡± de la empresa para saldar las deudas.
Segunda oportunidad
Se desarrolla la llamada segunda oportunidad, con la fijaci¨®n de la exoneraci¨®n de pasivo insatisfecho por hasta 20.000 euros, para evitar que aut¨®nomos y personas f¨ªsicas tengan que liquidar sus bienes, como su vivienda habitual. En las quitas p¨²blicas, ser¨¢ posible condonar deudas de 10.000 euros con la Agencia Tributaria y otros 10.000 euros con la Seguridad Social.
La redacci¨®n de la reforma ha sido objeto de pol¨¦mica y debate entre los interesados para valorar y criticar algunos cambios que introduce, pero est¨¢ considerada clave para modernizar el sistema. Los expertos creen que a¨²n es pronto para aventurar cu¨¢ntas firmas caer¨¢n tras el fin de la moratoria concursal, y cu¨¢ndo empezar¨¢n a notarse los efectos de las nuevas reglas.
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