Pleito por compartir el perro: devolver a la expareja la mascota mojada no es un comportamiento negligente
Un juez de Vigo valora el bienestar del animal a la hora de resolver un conflicto por su custodia
Los animales son seres sintientes a ojos de la ley. Esto significa que no pueden ser embargados, hipotecados, abandonados, maltratados o apartados de uno de sus due?os en caso de separaci¨®n o divorcio. Esta novedosa condici¨®n legal, que entr¨® en vigor en enero, ha conseguido que las mascotas dejen de ser consideradas meras cosas y su felicidad sea un factor a valorar a la hora de resolver roces familiares.
Un reguero de decisiones judiciales aplica ya t¨ªmidamente esta nueva perspectiva. Un reciente auto de un juzgado de Vigo, sin ir m¨¢s lejos, ha resuelto el conflicto por el disfrute por turnos de una mascota entre un matrimonio separado. La resoluci¨®n (que puede consultar en este enlace) remarca que el bienestar del animal y su protecci¨®n deben ser valorados a la hora de resolver aquellas disputas entre humanos que les puedan afectar.
Con estos mimbres, el juez ha dictado que no se puede privar del disfrute del animal a la expareja alegando que enferm¨® por su culpa, sin presentar pruebas o informes que avalen que ha existido maltrato. Que la mascota reciba tratamiento no puede ser una excusa para negarse a cumplir el convenio judicial que defin¨ªa los turnos de disfrute de la mascota. La perra puede recibir los cuidados en uno y otro hogar sin mayor problema, por lo que no existe amenaza para su protecci¨®n o su bienestar, remarca el auto.
Como recogen los hechos, el matrimonio estaba obligado a cumplir un r¨¦gimen similar al que puede existir por un hijo con custodia compartida cuando los padres se separan. El animal deb¨ªa estar con el esposo de lunes a viernes, mientras que los fines de semana se quedaba con la mujer, quien recog¨ªa al can el viernes a las 17 horas y lo dejaba de vuelta el domingo, a las 22 de la noche. Durante estos d¨ªas, ella disfrutaba tambi¨¦n de la compa?¨ªa del hijo que ten¨ªan en com¨²n.
El conflicto estall¨® cuando, pasado un a?o, ella devolvi¨® a la mascota mojada, porque esa tarde llov¨ªa. El exmarido aprovech¨® la ocasi¨®n para acusarla de no cuidar al animal como es debido y se neg¨® a dej¨¢rsela m¨¢s. Para m¨¢s inri, la perrita cogi¨® una gastroenteritis con diarrea y v¨®mitos por la que tuvo que recibir tratamiento en el veterinario, gastos que el exmarido le reclam¨®. La exmujer se neg¨® a aceptarlo y denunci¨® la situaci¨®n ante la justicia.
No hay negligencia
El juez da la raz¨®n a la exesposa y apunta que, si la mascota enferma, no es motivo para revocar un convenio que ha sido firmado por un juez, y que por tanto es de obligado cumplimiento. El titular del juzgado no aprecia motivos para pensar que la felicidad del animal corre peligro con el sistema de turnos establecido.
Y es que, si bien los hechos ocurrieron con anterioridad a la reforma legal, el titular del juzgado trae a colaci¨®n la nueva ley y concluye que "no ha existido ninguna situaci¨®n de negligencia o falta de cuidado por parte de la esposa hacia la perra que perjudique el bienestar y la protecci¨®n del animal".
La sentencia sigue. El hecho de devolverla un d¨ªa mojada porque llov¨ªa "no supone un comportamiento negligente ni consta que fuera la causa de las molestias gastrointestinales que presentaba la perra y que motivaron las visitas al veterinario". Estas fechas, adem¨¢s, coincidieron con "fuertes borrascas".
El juez m¨¢s bien sospecha que la negativa a compartir a la perra no se basa tanto en "procurar el bienestar del animal" sino en el "conflicto de car¨¢cter econ¨®mico" en torno a las facturas del veterinario. Analizado as¨ª el asunto, obliga al hombre a permitir los turnos de disfrute de la perrita tal como se hab¨ªan acordado. Si no lo permite, se enfrentar¨¢ a una multa mensual que se repetir¨¢ en el tiempo, hasta que no corrija la situaci¨®n.
El juez le condena, adem¨¢s, a pagar las costas del proceso.
Avances
Desde el 5 de enero de este a?o, los animales son considerados en Espa?a "seres sintientes". Se trata de un estado que se ha conseguido tras una ambiciosa reforma legislativa a tres bandas, que toca tres textos legislativos de suma importancia: el C¨®digo Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil.
La reforma recoge por primera vez la custodia compartida de los animales de compa?¨ªa en caso de separaci¨®n. La intenci¨®n del Gobierno es blindar la protecci¨®n de los animales en ¨²nico texto, la que ser¨¢ la Ley de protecci¨®n animal. La norma introducir¨¢ avances como la prohibici¨®n de sacrificar animales sin causa justificada, el veto al uso de fauna salvaje en los circos y el fin de la venta de mascotas en tienda. Por el momento, el proyecto a¨²n solo es un borrador.
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