El Gobierno aprueba el proyecto de ley de Funci¨®n P¨²blica, con una evaluaci¨®n del desempe?o como incentivo
El texto ser¨¢ ahora remitido al Congreso de los Diputados, donde se solicitar¨¢ su tramitaci¨®n por la v¨ªa de urgencia
El Gobierno ha aprobado este jueves en Consejo de Ministros extraordinario el proyecto de ley de Funci¨®n P¨²blica, reforma contemplada en el Plan de Recuperaci¨®n, Transformaci¨®n y Resiliencia (PRTR), que ha contado con el aval de los sindicatos CCOO y UGT, aunque con el rechazo de CSIF. ¡°Este texto que ahora remitimos al Congreso nos va a permitir mejorar la organizaci¨®n y tambi¨¦n la estructura de la Administraci¨®n, con el objetivo de prestar unos servicios p¨²blicos de calidad¡±, ha destacado la ministra de Hacienda y Funci¨®n P¨²blica, Mar¨ªa Jes¨²s Montero, en un v¨ªdeo publicado en su cuenta de Twitter. Seg¨²n Montero, con la aprobaci¨®n de esta norma se desarrollan los aspectos m¨¢s relevantes que quedaron pendientes del Estatuto B¨¢sico del Empleado P¨²blico, en materias relativas al acceso al empleo. ¡°Hay que, no solamente ver lo que cada uno sabe, sino c¨®mo transfiere ese conocimiento a su trabajo cotidiano¡±, ha explicado la titular de Hacienda.
Una de las novedades del proyecto tiene que ver con los procesos de evaluaci¨®n del desempe?o. Su enfoque se modifica, eliminando las menciones a efectos negativos para utilizarla como una medida de incentivo y de extensi¨®n de mejores pr¨¢cticas en la Administraci¨®n. El Ejecutivo remarca que esta evaluaci¨®n no supone el despido ni la p¨¦rdida de la condici¨®n de empleado p¨²blico. Supone una medida de incentivo y reconocimiento a los buenos resultados, que contar¨¢ con la percepci¨®n de un complemento de desempe?o variable, no consolidable, y sustituye al actual complemento de productividad. Es decir, ahora se enfoca como un sistema de reconocimiento de los buenos resultados, lo que ¡°se notar¨¢ en la carrera profesional horizontal, en la formaci¨®n o en el complemento de desempe?o, cuya cuant¨ªa ser¨¢ p¨²blica¡±. Esta norma fijar¨¢ los criterios rectores de los procedimientos de evaluaci¨®n del desempe?o, que se desarrollar¨¢n a trav¨¦s del reglamento correspondiente. Se tendr¨¢n en cuenta tanto los objetivos individuales como los colectivos. A esto se sumar¨¢ el contexto y los recursos de cada unidad o centro de trabajo en el que se preste el servicio p¨²blico.
Creaci¨®n del grupo B y personal directivo
El proyecto de ley prev¨¦ la creaci¨®n del Grupo B y la creaci¨®n de tres Cuerpos y Escalas adscritos a este grupo (Cuerpo T¨¦cnico Inform¨¢tico, la Escala T¨¦cnica Medioambiental y el Cuerpo de Delineantes) tras haber alcanzado un acuerdo con las organizaciones sindicales CCOO y UGT. La creaci¨®n del grupo B y de los tres cuerpos referidos contribuir¨¢ al desarrollo de la carrera profesional de los empleados p¨²blicos. Adem¨¢s, se asegurar¨¢ la convocatoria de procesos de promoci¨®n interna para permitir el acceso a estos cuerpos y escalas del personal funcionario que cuente con la titulaci¨®n correspondiente. En lo que respecta al directivo p¨²blico profesional y su r¨¦gimen jur¨ªdico, uno de los aspectos determinantes de esta legislaci¨®n, se clarifica la delimitaci¨®n entre el personal directivo, funcionario o laboral. Como ejemplo, los primeros se desempe?ar¨¢n en los ministerios, mientras que los segundos lo har¨¢n en entidades p¨²blicas empresariales. Adem¨¢s, se excluye la figura del director general como personal directivo, al tratarse de un alto cargo que cuenta con legislaci¨®n espec¨ªfica.
El proyecto de Ley de Funci¨®n P¨²blica incluir¨¢ un nuevo t¨ªtulo sobre derechos y deberes del personal, en el que se recogen materias como el derecho de vacaciones, los permisos o la adaptaci¨®n de la jornada y el horario de trabajo. Para ello, se equiparan las parejas de hecho registradas oficialmente a los c¨®nyuges unidos en matrimonio, lo que homologar¨¢ el acceso a permisos o situaciones administrativas. Adem¨¢s, seg¨²n la norma, ser¨¢ obligatorio publicar las convocatorias de ingreso en el mismo a?o natural que la Oferta de Empleo P¨²blico, de la que cuelguen o que finalicen los procesos selectivos con un l¨ªmite m¨¢ximo de dos a?os a computar desde la fecha de publicaci¨®n de la convocatoria. El contenido m¨ªnimo de las bases para todas las convocatorias tambi¨¦n quedar¨¢ fijado en la norma.
Promoci¨®n interna
Otra medida clave es el aumento al 30% del m¨ªnimo de plazas para promoci¨®n interna, lo que se acompa?ar¨¢ de una mayor territorializaci¨®n de las pruebas selectivas y del aumento del plazo de toma de posesi¨®n. Tambi¨¦n se reconocer¨¢ la movilidad para que pueda producirse antes de dos a?os y se reduce de 10 a 4 a?os el periodo de servicios prestados necesario para poder acceder a la movilidad interadministrativa. Se recoge adem¨¢s la ampliaci¨®n de plazos de la reserva de puesto en la excedencia por cuidado de familiares y la posibilidad de acumular en jornadas completas el permiso de reducci¨®n de jornada hasta un 50% para cuidar un familiar son dos de los ejemplos. En lo referido a las situaciones administrativas, la excedencia voluntaria por inter¨¦s particular reduce su periodo m¨ªnimo de cuatro a dos a?os. De su lado, el nuevo sistema de carrera horizontal queda clarificado con cuatro tramos definidos y el n¨²mero de a?os de prestaci¨®n de servicios en cada uno.
Se contempla un refuerzo del principio de igualdad en las Administraciones a trav¨¦s de un fomento de la perspectiva de g¨¦nero. Esto se trasladar¨¢ a la elaboraci¨®n normativa, el contenido de los temarios, el teletrabajo o la desagregaci¨®n por sexo de los registros o estad¨ªsticas realizadas. En el marco de la actuaci¨®n de la Administraci¨®n frente al acoso por raz¨®n de sexo, se tipifican las faltas de acoso como faltas muy graves y se introducen medidas para asegurar la efectividad del r¨¦gimen disciplinario en casos de acoso, con el mantenimiento de las medidas cautelares aunque se suspenda el expediente disciplinario. La ampliaci¨®n de la protecci¨®n de las mujeres en la excedencia por violencia de g¨¦nero es otra de las reformas, con un mayor plazo de la reserva de puesto y la percepci¨®n de retribuciones para esos casos.
Enchufismo
UGT y CCOO consideran que el texto aprobado hoy en segunda fase recoge expresamente que la ley ha de contribuir a la mejora de las condiciones de trabajo de los empleados p¨²blicos, garantizar el reconocimiento de sus derechos, as¨ª como los principios y elementos transversales como la igualdad, la transparencia en la gesti¨®n p¨²blica y la participaci¨®n sindical. ¡°Todo ello repercute en la prestaci¨®n de unos servicios p¨²blicos de calidad a la ciudadan¨ªa¡±, han subrayado CCOO y UGT en un comunicado. Sin embargo, para CSIF el anteproyecto de Ley de Funci¨®n P¨²blica que ha elaborado el Gobierno no garantiza la evaluaci¨®n del desempe?o, la carrera profesional, la jornada laboral de 35 horas, ni el teletrabajo, entre otras cuestiones. El sindicato ha denunciado que el texto llega con 15 a?os de retraso y carece de dotaci¨®n presupuestaria, limita el derecho a la movilidad y ¡°favorece el enchufismo¡± del personal directivo, seg¨²n traslada a trav¨¦s de un comunicado.
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