Un gran paso en la buena direcci¨®n
La ley incorpora indudables avances, aunque siempre se le puede pedir que sea m¨¢s ambiciosa
Al fin hay una ley de vivienda con el suficiente apoyo parlamentario. Parece mentira que el derecho de acceso a la vivienda, un derecho imprescindible para la realizaci¨®n personal, no se hubiera regulado hasta hoy. Es como si a estas alturas de la democracia no tuvi¨¦ramos sanidad o educaci¨®n p¨²blica y universal, algo inveros¨ªmil. A su clara funci¨®n social se suma que su provisi¨®n no es competitiva y que los arrendatarios tienen un desequilibrado poder de negociaci¨®n. Esto hace que el de la vivienda sea necesariamente un mercado altamente regulado en los pa¨ªses desarrollados. Espa?a ha sido una sorprendente excepci¨®n debido a la relevancia de poderosos intereses privados que han sido muy activos en evitar que una regulaci¨®n pudiera poner coto a la extracci¨®n de rentas.
La ley incorpora indudables avances, aunque siempre se le puede pedir que sea m¨¢s ambiciosa. Por ejemplo, dejar a las comunidades aut¨®noma la potestad para declarar una zona como tensionada, cuando los criterios que la definen en la ley son tan objetivos (que las cargas de la vivienda superen el 30% de la renta media la zona o que su precio supere en m¨¢s de tres puntos el IPC en los cinco a?os anteriores), podr¨ªa haberse compartido con el MITMA si en un plazo razonable la comunidad no ejerce la competencia, como ocurre en los planes de vivienda p¨²blica.
Lo mismo se podr¨ªa hacer con los impuestos a la vivienda vac¨ªa que se dejan al albur de los ayuntamientos. En cualquier caso, la introducci¨®n de los conceptos de zona tensionada o gran tenedor son un gran paso en la buena direcci¨®n, as¨ª como sujetar tambi¨¦n al peque?o propietario en zonas tensionadas a un ¨ªndice de contenci¨®n, cuya indefinici¨®n desplaza, no obstante, al futuro este importante tema.
Otro importante avance en la protecci¨®n de las personas inquilinas es la prohibici¨®n del cobro de gastos u honorarios por las inmobiliarias y de otros gastos, como los de comunidad o tasa de basuras, por el arrendatario, incluso con acuerdo entre las partes. Asimismo, se incorporan nuevas medidas de protecci¨®n frente a desahucios cuya efectividad pr¨¢ctica habr¨¢ que valorar y se aumenta al 40% la reserva de suelo para viviendas protegidas en nuevas urbanizaciones y al 20% en reformas y renovaciones de urbanizaci¨®n, lo que indudablemente ayudar¨¢ a ampliar el magro parque de p¨²blico de viviendas.
La ley finalmente renuncia a fijar topes a los alquileres y se limita a contener su crecimiento, aunque esto haga abstracci¨®n de su nivel de partida inflado en las zonas tensionadas. Aunque establecer precios m¨¢ximos era una l¨ªnea roja para una de las partes implicadas en la negociaci¨®n, s¨ª se podr¨ªan haber fijado al menos precios de referencia y suprimido los generosos beneficios fiscales para los alquileres que se situaran por encima. Finalmente, esto no se ha considerado y se opta por a¨²n mayores deducciones para aquellos peque?os propietarios que bajen los precios. La moderaci¨®n de los alquileres aumentar¨¢ al 3% el a?o que viene y los siguientes quedan supeditados al ¨ªndice de contenci¨®n. Aqu¨ª surge la duda de c¨®mo mantener la evoluci¨®n moderada de los alquileres en los nuevos contratos que se suscriban si no existe un registro p¨²blico de contratos que permita comprobar el alquiler que se cobraba en el contrato previo.
Es motivo de celebraci¨®n lograr una primera Ley por el Derecho a la Vivienda, un avance muy importante, por el hecho en s¨ª y por los contenidos que ha incluido. Es un paso en la buena direcci¨®n para seguir construyendo un derecho a la vivienda pleno en el conjunto del pa¨ªs. Es necesario seguir presionando y movilizando para lograr m¨¢s avances y derechos que a¨²n se tienen que materializar.
Sigue toda la informaci¨®n de Econom¨ªa y Negocios en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.