La CNMV se pone seria con los derivados y proh¨ªbe la publicidad de los CFD, un producto en el que invierten 60.000 espa?oles
El supervisor burs¨¢til tambi¨¦n limita el apalancamiento m¨¢ximo de los ahorradores minoristas en futuros y opciones
Los contratos financieros por diferencias (CFD) son una m¨¢quina de perder dinero. En funci¨®n de la entidad que los comercializa, entre el 70% y el 90% de los inversores espa?oles que invierten en este producto financiero derivado pierde dinero. Por eso, la Comisi¨®n Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha dado un paso m¨¢s en la cruzada que mantiene contra este instrumento desde 2018. En concreto, el supervisor burs¨¢til ha decidido prohibir la publicidad de CFD dirigida a peque?os inversores o al p¨²blico en general, el patrocinio de eventos y organizaciones, la publicidad de marca y el uso de famosos como gancho de venta.
La resoluci¨®n de la CNMV tambi¨¦n proh¨ªbe determinadas pol¨ªticas de remuneraci¨®n a la red comercial como, por ejemplo, vincular su retribuci¨®n al n¨²mero de clientes captados, a los ingresos que estos generen en la entidad o a las p¨¦rdidas que obtengan. Tambi¨¦n se restringen otras t¨¦cnicas de venta como el empleo de t¨¦cnicas de comercializaci¨®n agresivas a trav¨¦s de call centers o la celebraci¨®n de seminarios gratuitos. Seg¨²n los ¨²ltimos datos del organismo que preside Rodrigo Buenaventura, en Espa?a han 60.000 personas que invierten en CFD.
¡°Con estas medidas se pretende reforzar la protecci¨®n del inversor frente a determinadas pr¨¢cticas comerciales y publicitarias en la oferta de CFD que hab¨ªan impedido que la normativa y las medidas de intervenci¨®n vigentes hasta la fecha fuesen eficaces¡±, explican fuentes de la CNMV. Los CFD, o contratos por diferencias, permiten obtener beneficios (o incurrir en p¨¦rdidas) con los movimientos en el precio de los valores sin necesidad de tener en propiedad el activo subyacente. Permiten invertir al alza (posiciones largas) e invertir a la baja (posiciones cortas), obteniendo como beneficio o p¨¦rdida la diferencia entre el precio del activo en el momento de apertura y cierre de la posici¨®n. Son productos apalancados, ya que permiten operar con menos capital del necesario para realizar la misma operaci¨®n en Bolsa. Equivalen a comprar o vender a cr¨¦dito, desembolsando en concepto de garant¨ªas desde el 5% de la cotizaci¨®n del activo subyacente.
Otras medidas
Adem¨¢s de los l¨ªmites publicitarios para los CFD, el comit¨¦ de la CNMV tambi¨¦n ha aprobado medidas espec¨ªficas de intervenci¨®n en materia de comercializaci¨®n, venta y distribuci¨®n a minoristas de otros instrumentos apalancados ¡ªcomo futuros y opciones¡ª, cuyo riesgo m¨¢ximo no se conoce en el momento de la suscripci¨®n o cuyo riesgo de p¨¦rdida es mayor que el importe de la contribuci¨®n financiera inicial. Estas medidas espec¨ªficas limitan el apalancamiento m¨¢ximo al que pueden quedar expuestos los inversores minoristas que inviertan en estos productos. Adem¨¢s, obligan al proveedor a proporcionarles la denominada ¡°protecci¨®n de cierre de m¨¢rgenes¡±, ya prevista para los CFD y que implica el cierre de posiciones cuando la posici¨®n del cliente descienda del 50% de la garant¨ªa inicial, lo que limita sus p¨¦rdidas.
Las medidas aprobadas por la CNMV entrar¨¢n en vigor 20 d¨ªas despu¨¦s de su publicaci¨®n en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE). En ambos casos, las novedades normativas ser¨¢n de aplicaci¨®n para las entidades autorizadas a prestar servicios de inversi¨®n en Espa?a, independientemente del origen de la empresa de inversi¨®n y de si tiene una sucursal en Espa?a. El supervisor destaca que ninguna gran entidad financiera en Espa?a comercializa de forma activa CFD y cifra en ocho entidades de menor tama?o a las que les afectan las nuevas medidas.
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