Cuando los Reyes Magos acaban en el juzgado: de ser causa para denegar la nacionalidad a los impactos con caramelos
Los jueces han examinado multitud de casos que tienen a Sus Majestades de Oriente como protagonistas, aunque al tratarse de magos las reclamaciones no siempre son f¨¢ciles de argumentar
Todos los a?os los Reyes Magos recorren miles de kil¨®metros desde el lejano Oriente para dejar debajo del ¨¢rbol los regalos anhelados por quienes se han portado bien. La ruta que siguen Sus Majestades, sin embargo, es inescrutable. Tanto que en algunas ocasiones la estrella los ha llevado directamente al juzgado o han terminado entregando carb¨®n, pero no por mala actitud necesariamente de los destinatarios, sino por ignorancia.
De hecho, no conocer el nombre de Sus Majestades ha sido uno de los motivos por los que la justicia ha denegado la nacionalidad espa?ola. Aunque puede parecer irrelevante, lo ha considerado un indicio a la hora de apreciar que una persona no est¨¢ suficientemente arraigada en la sociedad. As¨ª lo ha entendido, por ejemplo, la Audiencia Nacional en numerosas sentencias, como en el caso de un ciudadano chileno, quien, a pesar de conocer nuestro idioma, no sab¨ªa cu¨¢l era el nombre de Melchor, Gaspar y Baltasar. Tampoco sab¨ªa qu¨¦ moneda se usaba antes del euro ni el nombre de ning¨²n edificio famoso de Espa?a, entre otras cuestiones. ¡°No existe prueba suficiente que demuestre esa integraci¨®n derivada de su adaptaci¨®n a las costumbres espa?olas y de los valores en que se funda la convivencia en Espa?a¡±, fall¨® la Sala de lo Contencioso-Administrativo en una sentencia en 2017. Lo mismo hizo, por ejemplo, con otra persona natural de Pakist¨¢n, quien, adem¨¢s de no saber cu¨¢ndo es la fiesta de Reyes, desconoc¨ªa cu¨¢l es la edad para conseguir la mayor¨ªa de edad o que la forma de gobierno de Espa?a es la monarqu¨ªa parlamentaria.
Otras veces, los Reyes Magos han ayudado a consolidar la relaci¨®n laboral de quienes s¨®lo trabajan en determinadas ¨¦pocas del a?o que se repiten de forma c¨ªclica, como quienes recogen los restos de confeti o caramelos que dejan las carrozas cada 5 de enero o en verano. De esta manera, la jurisdicci¨®n social ha reconocido en diferentes sentencias al personal de limpieza con contratos eventuales, que son aquellos que atienen a exigencias circunstanciales del mercado, su condici¨®n de trabajadores indefinidos discontinuos, situaci¨®n de quienes realizan una actividad que se desarrolla en determinados meses del a?o. En concreto, los jueces han fallado que contratar a estos profesionales responde a una necesidad permanente y estructural de la empresa.
Contratos de trabajo
En este sentido, destaca una sentencia del Tribunal Supremo del a?o pasado, que consider¨® que el no llamamiento de un trabajador equival¨ªa a un despido improcedente. Como en otros muchos casos, el demandante hab¨ªa suscrito diferentes contratos para realizar funciones de pe¨®n de limpieza durante el verano, la campa?a de Navidad y la cabalgata de Reyes Magos. Al no haber sido llamado para la sustituci¨®n de trabajadores durante las vacaciones, interpuso una demanda de despido. ¡°Se trataba de una necesidad de car¨¢cter intermitente, en intervalos temporales separados pero reiterados en el tiempo y dotados de cierta homogeneidad, por lo que la naturaleza de la relaci¨®n laboral del demandante era indefinida no fija discontinua¡±, argument¨® en este caso el alto tribunal.
En otras ocasiones, algunas compa?¨ªas tambi¨¦n se las han visto con los magos de Oriente, especialmente en los casos de sucesi¨®n empresarial, que tiene lugar cuando una sociedad cambia de titularidad, ya sea por compra, absorci¨®n o fusi¨®n, continuando con su actividad. No en vano, hay algunas tradiciones que se han consolidado como condiciones de trabajo que no pueden ser modificadas unilateralmente, como el obsequio de Reyes Magos, las ayudas de guarder¨ªa o de formaci¨®n para los hijos de empleados. As¨ª lo estableci¨®, por ejemplo, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en 2015 al ordenar el mantenimiento de los derechos de una trabajadora procedente de Bankia tras el traspaso. En este caso, fall¨® que las condiciones laborales impuestas como consecuencia de la sucesi¨®n, que eliminaba las prestaciones anteriores, obedec¨ªan a un fraude de ley.
Golpes de caramelos
En la pr¨¢ctica de los tribunales destacan tambi¨¦n casos m¨¢s tr¨¢gicos, como el sucedido en la localidad sevillana de Mairena del Alcor cuando un ciudadano perdi¨® un ojo debido a las lesiones que le produjo un yo-yo que hab¨ªa recibido de uno de los pajes reales. Tras tirar por tercera vez de las cuerdas, se rompi¨® y explosion¨®, incrust¨¢ndose uno de los trozos en el globo ocular. En este caso, el Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa desestim¨® en 2013 la responsabilidad de la administraci¨®n ya que no hab¨ªa adquirido el juguete ni ten¨ªa el deber de comprobar su calidad. ¡°El ayuntamiento responde de la seguridad en el espacio p¨²blico ocupado, por lo que, al producirse el accidente cuando ya hab¨ªa terminado la cabalgata, no se le puede imputar responsabilidad¡±, dijeron los jueces.
Otro supuesto de lesiones, aunque menos grave, termin¨® con el Rey Baltasar denunciado despu¨¦s de que una vecina de Huelva sufriera una contusi¨®n ocular. Tras recibir el golpe de un caramelo, puso los hechos en conocimiento del juzgado. Con mucha gracia, el magistrado lleg¨® a plantearse si deb¨ªa inhibirse de conocer el caso porque ¡°el Rey Mago Baltasar, con el concurso de los Reyes Melchor y Gaspar¡±, le hab¨ªa ofrecido ¡°anhelados presentes cada d¨ªa 6 de enero¡± desde que ten¨ªa uso de raz¨®n. Finalmente, archiv¨® las actuaciones porque la contusi¨®n deriv¨® de ¡°un riesgo permitido¡± que exclu¨ªa cualquier responsabilidad penal. ¡°Se trata de peque?os riesgos socialmente tolerados que, precisamente por ello, no se traducen en reproche penal¡±, argument¨® en este caso el auto de un juzgado de Huelva en 2010. ¡°Por poner un ejemplo, si una persona participa en un partido de f¨²tbol, asume el riesgo de que otro jugador, accidentalmente, le lesione¡±, a?adi¨®.
No obstante, la resoluci¨®n se?ala que las lesiones en las cabalgatas de Reyes como consecuencia de los caramelos arrojados desde las carrozas son ¡°un tema estricto de responsabilidad patrimonial de la administraci¨®n, que es la que las organiza¡±, por lo que en estos casos no se debe acudir a la jurisdicci¨®n penal, sino a la contenciosa. Lo mejor, en cualquier caso, es portarse bien para no meter en ning¨²n altercado a Sus Majestades.
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