Los sindicatos llevan a la patronal qu¨ªmica a la Audiencia Nacional por la cl¨¢usula de garant¨ªa salarial
CC OO y UGT acusan a Feique de hacer una interpretaci¨®n ¡°sesgada¡± del convenio que perjudica a los trabajadores contratados entre 2021 y 2023
La Federaci¨®n de Industria, Construcci¨®n y Agro de UGT y CCOO-Industria han presentado un procedimiento de conflicto colectivo ante la Audiencia Nacional por lo que consideran una ¡°interpretaci¨®n sesgada¡± por parte de la patronal qu¨ªmica Feique del art¨ªculo 38 del XX Convenio General de la Industria Qu¨ªmica. Este es el que regula la aplicaci¨®n de la cl¨¢usula de revisi¨®n salarial que protege a los empleados del sector del incremento de los precios.
Ambos sindicatos apuntan que la revisi¨®n salarial del 10,3% pactada en el citado convenio, vigente desde 2021, debe aplicarse sobre la masa salarial bruta ¡ªtal y como recoge espec¨ªficamente el texto del acuerdo¡ª del mes de diciembre de 2023. Y que esta afecta a todas las personas que est¨¦n dadas de alta desde el 1 de enero de 2024 sin excluir a nadie por raz¨®n de haber sido contratado en los a?os 2021, 2022 o 2023 y percibir un salario superior al m¨ªnimo reconocido en convenio colectivo, como aseguran que pretende hacer la patronal.
Asimismo, insisten en que en ning¨²n caso podr¨¢ operar compensaci¨®n o absorci¨®n de la revisi¨®n salarial, algo que tambi¨¦n aparece expresamente en el convenio sectorial. Seg¨²n denuncia CC OO-Industria, eso supondr¨ªa ¡°una discriminaci¨®n arbitraria, que atentar¨ªa contra el derecho a la igualdad¡±.
Para los responsables sectoriales de CC OO, la cl¨¢usula cuya interpretaci¨®n por parte de la patronal ha sido recurrida, es ¡°n¨ªtida y clara¡±. Por ello, en el sindicato precisan que los incrementos salariales y los efectos de la cl¨¢usula de garant¨ªa de ajueste salarial al IPC no se aplican solo a las tablas del salario m¨ªnimo garantizado de convenio del sector, sino que se aplican sobre el salario real que tienen las personas trabajadoras. ¡°Es por eso que no es posible la absorci¨®n y compensaci¨®n de los incrementos sobre otros conceptos salariales, sea cual sea su denominaci¨®n¡±, a?aden.
El secretario del Sector Qu¨ªmico, Textil y Artes Gr¨¢ficas de UGT FICA, Juli¨¢n Gonz¨¢lez, espera que Feique ¡°abandone su postura intransigente y se abra a una interpretaci¨®n literal del art¨ªculo en cuesti¨®n y admita que este no realiza en ning¨²n momento distinci¨®n alguna entre personas trabajadoras respecto a la aplicaci¨®n de la cl¨¢usula de garant¨ªa salarial¡±. Por su parte, en CCOO no descartan ¡°ir aumentando el nivel de presi¨®n, si Feique y las empresas del sector no reconducen este problema que han generado¡±.
Estas cl¨¢usulas, que protegen actualmente a algo m¨¢s del 30% de los once millones de trabajadores afectados por convenios colectivos, pueden estar dise?adas de muy diversas maneras, cubriendo total o parcialmente la p¨¦rdida de poder adquisitivo que genere el aumento de la inflaci¨®n. En este caso, el convenio del sector qu¨ªmico se?ala: ¡°En el supuesto de que la suma del IPC general espa?ol correspondiente a los a?os 2021, 2022 y 2023 resulte una cifra superior a la suma de los incrementos pactados en el presente convenio colectivo para los referidos a?os, se proceder¨¢ a efectuar una revisi¨®n salarial, en la indicada diferencia y sin efectos retroactivos¡±. El texto especifica, adem¨¢s, que dicha revisi¨®n salarial se aplicar¨¢ a las tablas del salario m¨ªnimo garantizado para el sector, al plus de turnicidad; al plus de festivos; y a las dietas.
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