El Supremo desestima el recurso de Bankinter para desgravarse la indemnizaci¨®n de su expresidente
La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional decidi¨® en 2021 que el pago de 14 millones, escolta, secretaria, coche y conductor a Juan Arena fue una donaci¨®n voluntaria no deducible
El Tribunal Supremo ha zanjado la batalla judicial que enfrenta a Bankinter con Hacienda en torno a la deducibilidad fiscal de la indemnizaci¨®n que pag¨® a Juan Arena por su cese como presidente en 2007. La justicia no ha dado lugar al recurso de la entidad contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional, que en 2021 consider¨® que el pago de 14 millones, adem¨¢s de opciones sobre acciones, una pensi¨®n y otras condiciones era una ¡°donaci¨®n remuneratoria¡± que se concedi¨® de forma voluntaria.
¡°Debe considerarse acertado el criterio de la sentencia recurrida¡±, se?ala la decisi¨®n del Tribunal Supremo del d¨ªa 8 de abril, pero publicada este s¨¢bado, y coincide con la Audiencia Nacional en que la evidencia presentada por la entidad no es suficiente para demostrar que el gasto estaba relacionado de manera adecuada con la generaci¨®n de ingresos o resultados de la compa?¨ªa. ¡°No es desacertado calificar de liberalidad el desembolso de una cantidad sin base obligacional alguna en las previsiones de los Estatutos ni en el contrato entre la entidad y el administrador que ha resultado beneficiario de tales pagos¡±, afirma el alto tribunal.
Los hechos se remontan a m¨¢s de 17 a?os atr¨¢s. El 19 de abril de 2007, la entidad hizo p¨²blica la salida de Arena y su sustituci¨®n por Pedro Guerrero, quien abandon¨® Bankinter reci¨¦n en marzo de este a?o. Seg¨²n consta en la sentencia de 2021, la salida del ejecutivo negociada antes de su salida inclu¨ªa, adem¨¢s del abono de casi 14 millones de euros en un pago ¨²nico, el mantenimiento de forma indefinida del seguro m¨¦dico, as¨ª como otros servicios como la seguridad, el servicio de secretaria y el mantenimiento, reparaci¨®n y reposici¨®n de un veh¨ªculo para uso personal. En 2012, la Agencia Tributaria inici¨® una inspecci¨®n sobre las cuentas de la firma que echaron luz sobre la indemnizaci¨®n al expresidente.
Bankinter afirm¨® en 2021 que estas buenas condiciones estaban pactadas ¡°a cambio de prestar asesoramiento estrat¨¦gico, as¨ª como de no competir con dicha entidad en el plazo de dos a?os, e igualmente en compensaci¨®n de los servicios prestados¡±. Sin embargo, Hacienda cuestion¨® que estos servicios ¡°se hayan realizado, adem¨¢s de resultar excesivamente gravosos en relaci¨®n con los deberes derivados de la prohibici¨®n de competencia de cualquier otro directivo¡±.
Tras recurrir la entidad la sentencia al Tribunal Supremo en octubre de 2022, el Estado reiter¨® que esta indemnizaci¨®n, que Bankinter pretend¨ªa que sea deducible, ¡°no puede serlo porque era contraria a la legislaci¨®n mercantil¡±, adem¨¢s de no estar prevista en los Estatutos ni en contrato alguno. En particular, el escrito de oposici¨®n reitera que el paquete de salida de Arena fue decidido ¡°unilateralmente¡± por el Consejo de Administraci¨®n de Bankinter. El Supremo resalta que la sentencia dictada por la Audiencia rechaza ¡°la deducibilidad de las retribuciones aduciendo falta de certeza en su fijaci¨®n y entiende que no es posible admitir una aprobaci¨®n t¨¢cita de la Junta general a trav¨¦s de la mera aprobaci¨®n de las cuentas anuales¡±.
El escrito del Supremo vuelve a insistir en que ¡°ni exist¨ªan contratos de blindaje en Bankinter en ese periodo y desde luego que no exist¨ªan¡± respecto a Arena. Sobre esta informaci¨®n, que los jueces destacan que no fue recurrida ni cuestionada por la entidad, se afirma que Bankinter ¡°no ten¨ªa obligaci¨®n legal, estatutaria o contractual de satisfacer compensaciones por la finalizaci¨®n, de mutuo acuerdo, de las relaciones contractuales¡±. Esto lleva al Supremo a concluir que ¡°en modo alguno se trata de la resoluci¨®n de un determinado vinculo contractual¡± y que el paquete de salida surge como ¡°condici¨®n negociada¡± para renunciar a su puesto de presidente y consejero. En particular, el fallo se?ala que Bankinter intent¨® argumentar que la indemnizaci¨®n responde a un fin empresarial que ¡°redunda en los propios resultados¡±. Sin embargo, el Supremo destaca que el Consejo de Administraci¨®n no explica la raz¨®n para reconocer ¡°una indemnizaci¨®n de tal importe¡±.
Juan Arena desarroll¨® toda su vida profesional, desde 1970, en el Grupo Bankinter, del que ha sido sucesivamente director general desde 1985, consejero desde 1986, consejero delegado desde 1993 y presidente durante cinco a?os entre 2002 y 2007.
Sigue toda la informaci¨®n de Cinco D¨ªas en Facebook, X y Linkedin, o en nuestra newsletter Agenda de Cinco D¨ªas
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.