Lanzar las cenizas de un familiar al mar puede conllevar multas
Tradiciones como tirar al oc¨¦ano los restos de los seres queridos pueden acarrear hasta 60.000 euros de penalizaci¨®n de acuerdo con las leyes medioambientales
Olivia Teresa Silva de Sambrano siempre habl¨® con a?oranza de lo buenos que fueron sus a?os en C¨¢diz. Lo cuenta su hijo, Axel Sambrano, en un audio de WhatsApp. ¡°Mi mam¨¢ se enamor¨® de la ciudad. All¨ª vivi¨® con mi pap¨¢ y nacieron mis hermanos¡±. En su lecho de muerte, en M¨¦xico, Axel le prometi¨® a su madre que llevar¨ªa sus restos a la bah¨ªa de C¨¢diz, frente a la playa de La Caleta, donde una vez fue tan feliz. El problema es que no sab¨ªa c¨®mo hacerlo. Ni siquiera, admite, si era una actividad legal.
Como Olivia, muchas personas expresan en vida su deseo de que arrojen sus cenizas al mar. Es una tradici¨®n com¨²n en pueblos costeros y en familias ligadas de alguna forma al oc¨¦ano. Pero los familiares que quieran cumplir con esta ¨²ltima voluntad deben andarse con ojo. Bajo el paraguas de la ley, las cenizas pueden ser consideradas residuos. Y, como tales, no todo vale a la hora de depositarlas en cualquier parte.
?Podr¨ªa la polic¨ªa interrumpir una ceremonia tan ¨ªntima? Es posible. Aunque dif¨ªcil, seg¨²n los abogados consultados, porque en Espa?a no hay una ley nacional que proh¨ªba y penalice, expresamente, el acto de esparcir cenizas mortuorias en una playa, en un acantilado, en un r¨ªo o en el monte.
Carlota Zapata, abogada de Leg¨¢litas, habla de vac¨ªo legal. ¡°El Reglamento de Polic¨ªa Sanitaria Mortuoria ¡ªuna ley de los a?os setenta¡ª regula qu¨¦ hay que hacer desde que la persona fallece hasta que recibe sepultura. Pero en el caso de la cremaci¨®n, solo se indica que los familiares deben recibir una urna con los restos donde conste el nombre del difunto¡±. Sobre qu¨¦ hacer despu¨¦s, la regulaci¨®n queda en el aire.
Esto no significa, sin embargo, que las cenizas puedan arrojarse en cualquier lugar. Christian Morron, abogado fundador de la firma especializada en medio ambiente Terraqui, advierte que las comunidades aut¨®nomas pueden aventurarse a controlar la cuesti¨®n en sus propias normativas mortuorias. Y, ante todo, hay que respetar la legislaci¨®n medioambiental, que es la que verdaderamente puede dar problemas: si consideramos que las cenizas son residuos, explica el letrado, arrojarlas al mar ¡°estar¨ªa prohibido por la normativa de protecci¨®n del medio marino¡±.
En casos as¨ª, advierte el abogado, las comunidades aut¨®nomas tendr¨ªan en su poder la capacidad de imponer multas de hasta 60.000 euros. ¡°Una familia de Galicia no podr¨ªa tirar las cenizas al mar en el acantilado de su pueblo¡±. ?Y en el campo? ¡°Podr¨ªa sancionarse con una multa de hasta 2.000 euros si se aplica la normativa b¨¢sica de residuos¡±, responde el experto en litigios medioambientales.
Zapata coincide en que ser multado por lanzar los restos de una cremaci¨®n a la naturaleza es improbable, pero plausible. ¡°Si te quieren buscar las cosquillas, te pueden multar por el mismo cauce por el que no puedes tirar una colilla al mar¡±, remarca.
Por su parte, M? ?ngeles L¨®pez Lax, abogada ambientalista y fundadora de la Red de Abogados para la Defensa Ambiental, es m¨¢s optimista y apunta que, si bien se trata de una pr¨¢ctica prohibida, en su opini¨®n el da?o es tan aislado que ¡°la actuaci¨®n carece de entidad para ser sancionada¡±.
La falta de una legislaci¨®n clara en este punto contrasta con que cada vez m¨¢s espa?oles rechazan ser enterrados y optan por la cremaci¨®n. En 2019, el 44,54% de los fallecidos fueron cremados, frente al 55,46% que fueron inhumados, lo que supone un incremento de las incineraciones en 3,3 puntos en solo un a?o, seg¨²n reporta la Asociaci¨®n Nacional de Servicios Funerarios. La previsi¨®n de este organismo es que, para 2025, un 60% de los espa?oles prefieran el horno a la tierra.
Fil¨®n de negocio
El bum crematorio es combustible para el floreciente negocio de los ecofunerales. Cada vez m¨¢s empresas se encargan del dep¨®sito de urnas y cenizas en espacios naturales, con la garant¨ªa de hacerlo seg¨²n los cauces legales. La asturiana Hacia el Mar o la gaditana Cenizas en el Mar, la que se encarg¨® de cumplir la promesa de Axel Sambrano y arroj¨® los restos de su madre a las profundidades de la bah¨ªa de C¨¢diz, son algunas de las mercantiles especializadas en sepelios marinos.
En contraste con la actividad privada, donde la regulaci¨®n brilla por su ausencia, una ley de 2019 recoge los requisitos para ejercer la denominada ¡°actividad econ¨®mica de colocaci¨®n de urnas o cenizas funerarias en el mar¡±. Estas empresas organizan funerales mar¨ªtimos muy controlados por la administraci¨®n. Por ejemplo, est¨¢ prohibido arrojar objetos personales del finado al mar o urnas que no sean biodegradables, es posible arrojar p¨¦talos al agua, pero nunca ramos, coronas o flores con tallo, y la empresa debe contar con un informe de coordenadas que identifique d¨®nde se realiz¨® el dep¨®sito.
Las capitan¨ªas mar¨ªtimas vigilan que estas peculiares escapadas sean respetuosas con el medio ambiente. Se trata de una actividad para la que ¡°siempre se autoriza a empresas, no a particulares¡±, confirman fuentes del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Los responsables de la embarcaci¨®n deben garantizar que en el punto elegido para la despedida ¡°no hay presencia de h¨¢bitats o especies protegidas¡±. La letrada Carmen Guti¨¦rrez Labrador, de la firma jur¨ªdica PWACS Guti¨¦rrez Labrador, advierte que celebrar una de estas ceremonias de modo clandestino puede acarrear multas de hasta 240.400 euros.
Cad¨¢veres en el patio
Lo que la ley sí deja claro es que una familia no puede enterrar al abuelo en el jardín. En contraste con las lagunas que pueblan el asunto de las cenizas, la regulación sobre el tratamiento de los cadáveres es clara. “Enterrar un cadáver en un lugar no autorizado es una infracción grave de la Política Sanitaria Mortuoria”, advierte Carmen Gutiérrez Labrador, abogada del despacho Pwacs Gutierrez Labrador. En el mismo sentido, Mª Ángeles López Lax, presidenta de la Asociación para la Comunicación e Información Medioambiental (ACIMA), subraya que nadie puede enterrar a un familiar en el patio de casa. Tampoco a las mascotas. “Debe hacerse siguiendo las instrucciones legales que dictan las comunidades autónomas y las autoridades competentes, en espacios habilitados para ello”.
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