Qu¨¦ hacer si sufre acoso laboral
Las situaciones de abuso en el trabajo van en aumento. Los expertos aconsejan acumular pruebas y poner en conocimiento de los jefes los hechos
¡°Coincidi¨® la jubilaci¨®n de nuestro jefe con el despido de uno de los tres supervisores que trabaj¨¢bamos en el departamento. El nuevo responsable, amigo del que echaron, me culp¨® de su expulsi¨®n. Ah¨ª comenz¨® mi calvario. Me daban de lado, no me convocaban a las reuniones y manipulaban a otros compa?eros en mi contra¡±. Esta es la experiencia de una v¨ªctima de acoso laboral. Trabajaba en una compa?¨ªa a¨¦rea que nunca hizo nada por arreglar la situaci¨®n. Denunci¨® y gan¨® el juicio. Como su caso o similares hay miles. El 15% de los trabajadores en Espa?a sufren acoso laboral, seg¨²n la Asociaci¨®n contra el Acoso Psicol¨®gico y Moral en el Trabajo. Adem¨¢s, el estudio La situaci¨®n del acoso laboral en el trabajo, elaborado por la plataforma MiCVideal, se?ala que en el 52% de los casos el acoso lo ejerce un compa?ero, frente al 33% de las situaciones en las que el abusador es un superior. La situaci¨®n m¨¢s habitual es la de aquel que humilla y desprecia al trabajador (60%), seguido del que le hace blanco de rumores negativos, el que interfiere en su trabajo o el que lo hace mediante mensajes, correos o llamadas agresivas.
Las cifras son bastante elocuentes, pero el acoso laboral es un gran desconocido. ¡°A menudo se contempla en la esfera sexual o de g¨¦nero cuando, en realidad, abarca todo tipo de vejaciones (menosprecio, humillaci¨®n, burla¡)¡±, explica Juan Jos¨¦ Blanco, socio y abogado de Acci¨®n Legal. Este experto matiza que solo es acoso cuando es una situaci¨®n continuada en el tiempo y con la intencionalidad de forzar la marcha del trabajador. Y aclara que ¡°no es el hecho puntual de una amenaza o un insulto¡±. Por ello, antes de denunciar, el trabajador ha de tener clara esta distinci¨®n. Blanco facilita pistas para identificar posibles situaciones de acoso: dejar de ser tratado como el resto; ser blanco de bromas sobre raza, religi¨®n o aspecto f¨ªsico; registrar sobrecarga de trabajo continuada; asumir tareas de rango inferior, o ser acusado de todos los errores.
Si no hay ninguna duda, el primer paso ser¨¢ acudir al jefe superior o al departamento de recursos humanos. Todas las empresas est¨¢n obligadas a contar con un protocolo contra el acoso laboral. Si cuenta con m¨¢s de 50 empleados, estar¨¢ incluido en el Plan de Igualdad (Ley 3/2007 sobre igualdad de g¨¦nero). Una vez puesto el abuso en conocimiento de los superiores, hay que recopilar pruebas. Las grabaciones son admitidas, pero ¡°sin incurrir en vulneraci¨®n del derecho a la intimidad del otro¡±, avisa el abogado de Acci¨®n Legal. Su validez exige varios requisitos: que trabajador y acosador est¨¦n en la conversaci¨®n; que en ella se escuche alg¨²n tipo de infracci¨®n/vejaci¨®n, y que la grabaci¨®n la haga el acosado. ¡°La v¨ªctima necesita testigos (pueden ser clientes o proveedores) y la evaluaci¨®n de un m¨¦dico que valore un proceso depresivo, ya que el acoso precisa de da?o psicol¨®gico para que prospere una acci¨®n judicial¡±, dice el abogado.
?ltimo paso
Como ¨²ltimo paso, recomienda ponerse en manos de profesionales. ¡°Son juicios dif¨ªciles, puesto que corresponde al trabajador aportar las pruebas, en un campo donde los jueces tienen el list¨®n muy alto a la hora de considerar acoso frente a un acto discriminatorio. La mayor¨ªa se resuelven por acuerdo¡±. As¨ª lo avala una encuesta de Hays que cifra en solo el 8% los casos de acoso laboral que se resuelven en los tribunales. El resultado de estos acuerdos, a menudo, se salda con el despido del trabajador y la permanencia del acosador, figura presente en algunas empresas y que nunca se redime. ¡°Su pervivencia obedece, en mi experiencia, a que hay empresas que utilizan estos perfiles para librarse de determinados trabajadores. De lo contrario, en cuanto se demuestra el acoso, su despido es fulminante¡±, apunta Blanco.
Por otro lado, este Plan de Igualdad obliga a las empresas a realizar acciones formativas, y la demanda se ha disparado. ¡°M¨¢s de 10.000 trabajadores han cursado Combate el acoso laboral, incluido en nuestro cat¨¢logo hace menos de dos meses¡±, sostiene Ra¨²l Redondo, director general de GoodHabitz, plataforma de aprendizaje online. Esta formaci¨®n ¡°favorece un mejor ambiente laboral y evita la aparici¨®n o reiteraci¨®n de comportamientos perjudiciales para la salud psicol¨®gica del empleado¡±. El curso ense?a a la empresa a ¡°construir un entorno de confianza para que el demandante no tenga miedo a denunciar¡±. Y al trabajador, ¡°a identificar una situaci¨®n de acoso y saber c¨®mo actuar tanto si es v¨ªctima como testigo, y, en este caso, incidir en que no se puede mirar para otro lado¡±, a?ade Redondo.
Empresas como Meli¨¢, Sanitas, Orange, Serunion, Ibercaja o Ferring ya se han sumado a esta formaci¨®n de GoodHabitz, plataforma que cuenta con 2.500 clientes. Roser Bonancia, directora de talento de Serunion, califica de ¡°crucial¡± estos programas para identificar situaciones de acoso. ¡°En especial cuando se trabaja en espacios peque?os y de tensi¨®n como nuestras cocinas, donde participan muchos trabajadores al mismo tiempo¡±. Con una plantilla de 20.700 personas, donde el 85% son mujeres, conideran funamental diferenciar una situaci¨®n de acoso de la que no lo es, ¡°porque va a desencadenar unos protocolos que llevan a acciones de gran impacto tanto al demandado como al demandante¡±, dice Bonancia.
Tambi¨¦n el presidente de Auren Consultores, Javier Cantera, ratifica el aumento en la demanda de formaci¨®n. ¡°Ha crecido un 30% el n¨²mero de empresas que nos piden asesoramiento en la implantaci¨®n de estos protocolos, sobre todo las de servicios¡±. Para el consultor, su efectividad depende ¡°de que llegue a mandos medios y directivos, se instale en la cultura corporativa, se extienda a proveedores y a toda la cadena de valor de la compa?¨ªa¡±.
Informadores protegidos
El Congreso acaba de aprobar la ley del informante, que protege a los denunciantes de infracciones y lucha contra la corrupción. Esta ley obliga a empresas con más de 50 empleados, organizaciones y municipios de más de 10.000 habitantes a contar con canales o sistemas internos seguros para recepcionar las denuncias. Introduce sanciones importantes frente a su incumplimiento. Califica como infracción grave el que no se adopten medidas para garantizar el secreto de las comunicaciones, se vulnere la confidencialidad o el anonimato, lo que sanciona con multas de hasta 30.000 euros si son personas físicas y hasta 600.000 si son jurídicas. Multas que se elevan hasta 300.000 y un millón de euros, respectivamente, si se trata de infracciones muy graves como no contar con un sistema interno de información o tomar represalias.
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