Contratos p¨²blicos en la picota por la subida del IPC
La aplicaci¨®n limitada de los mecanismos de revisi¨®n de precios empuja a las empresas a pleitear
El pasado 2 de marzo finaliz¨® la aplicaci¨®n del mecanismo de revisi¨®n excepcional de precios de los contratos p¨²blicos que el Gobierno estableci¨® por decreto para hacer frente a la fuerte subida de los costes de muchos materiales de obra. Sin embargo, tras el parche, y ante el persistente encarecimiento de las materias primas y la energ¨ªa, los contratistas se est¨¢n planteando demandar para no seguir perdiendo dinero. Los expertos auguran un aluvi¨®n de reclamaciones que tendr¨¢n que dirimirse en los tribunales.
Y es que, en opini¨®n de Javier Guill¨¦n, consultor de Herbert Smith Freehills, el citado instrumento ha sido ¡°una soluci¨®n parcial y, un tanto, fragmentaria¡±, puesto que s¨®lo resultaba de aplicaci¨®n para los contratos p¨²blicos de obras y no para los dem¨¢s, como los de servicios o los de suministros. Por otro lado, solo ten¨ªa en cuenta el coste de determinados materiales y dejaba fuera el de la energ¨ªa. Adem¨¢s, a?ade el experto, la cuant¨ªa de esta revisi¨®n excepcional no pod¨ªa ser superior al 20% del precio de adjudicaci¨®n del contrato.
Por su parte, Jos¨¦ Vicente Morote, socio director de Andersen, admite que esta medida ha supuesto un bal¨®n de ox¨ªgeno para un sector ya penalizado por la anterior crisis econ¨®mica. Eso s¨ª, tal y como apunta el abogado, su objetivo no era que la administraci¨®n asumiera en solitario y de forma permanente las consecuencias de la inflaci¨®n. Por este motivo su aplicaci¨®n ha sido temporal, algo que lamentan desde la Confederaci¨®n Nacional de la Construcci¨®n (CNC). ¡°Que no se haya prorrogado supondr¨¢ el cierre de m¨¢s empresas, lo que en ¨²ltima instancia es una amenaza para la ejecuci¨®n de los fondos europeos y la transformaci¨®n econ¨®mica del pa¨ªs¡±, advierte Pedro Fern¨¢ndez Al¨¦n, presidente de la CNC.
En el contexto actual las empresas que contratan con las Administraciones p¨²blicas cuentan con dos armas: pedir una revisi¨®n de precios, en el caso de que est¨¦ prevista en los pliegos, o, en su defecto, solicitar el reequilibrio econ¨®mico. Ambas herramientas son limitadas.
La revisi¨®n de precios es un instrumento que permite actualizar peri¨®dicamente la contraprestaci¨®n a abonar al contratista de acuerdo con una f¨®rmula, tambi¨¦n predeterminada en los pliegos, que no puede estar relacionada con el IPC, sino con el incremento de precios de los elementos esenciales para ejecutar el contrato. ¡°No se trata de adaptar los contratos a la inflaci¨®n, sino de contemplar la posibilidad de revisarlos ¨²nicamente en funci¨®n de los precios de los componentes que son necesarios para la prestaci¨®n¡±, puntualiza Jos¨¦ Vicente Morote.
Para poder aplicar este mecanismo es imprescindible, adem¨¢s, que hayan pasado dos a?os desde la formalizaci¨®n del contrato y que al menos se haya ejecutado en el 20 % de su importe. ¡°En consecuencia, el primer 20% ejecutado y los dos primeros a?os transcurridos desde la formalizaci¨®n quedar¨¢n excluidos de la revisi¨®n¡±, aclara Morote.
Por otra parte, no todas las licitaciones p¨²blicas pueden incluir esta cl¨¢usula de revisi¨®n del precio. Como se?ala Andr¨¦s Jim¨¦nez, socio de Eversheds Sutherland, desde la aprobaci¨®n de la Ley 2/2015 de desindexaci¨®n de la econom¨ªa espa?ola, este mecanismo s¨®lo es posible para los contratos de obra, de suministros de fabricaci¨®n de armamento y equipamiento de las administraciones p¨²blicas, de suministro de energ¨ªa y en aquellos en los que el per¨ªodo de recuperaci¨®n de la inversi¨®n sea igual o superior a cinco a?os. ¡°En el resto de los contratos p¨²blicos como los de suministro (que no est¨¦n especificados en la norma) o de servicios, ni siquiera es legalmente posible incluir esa cl¨¢usula¡± advierte el abogado.
En cualquier caso, seg¨²n Pedro Fern¨¢ndez, los contratistas se est¨¢n encontrando con problemas con la administraci¨®n a la hora de pedir la revisi¨®n de precios. ¡°Muchas corporaciones locales ¡ªayuntamientos, diputaciones, cabildos, etc.¡ª no se acogen al sistema de revisi¨®n, no actualizan los precios de los proyectos que sacan a licitaci¨®n o no contestan a las reclamaciones¡±, se?ala el presidente de la CNC.
Reequilibrio econ¨®mico
Por otro lado, si la revisi¨®n de precios no est¨¢ incluida en los pliegos, la ¨²nica baza del contratista que se vea perjudicado por el alza de los costes para llevar a cabo la prestaci¨®n, es pedir la recuperaci¨®n del equilibrio econ¨®mico. Para ello, como explica Javier Guill¨¦n, deber¨¢ acreditar que se ha producido una ruptura significativa del equilibrio originario del contrato debido al incremento extraordinario e imprevisible de los precios.
Seg¨²n los expertos, la respuesta de la administraci¨®n en estos casos suele ser negativa o de silencio, lo que se traduce tambi¨¦n en una desestimaci¨®n de la petici¨®n. Esta contestaci¨®n abre la v¨ªa para acudir a los tribunales, aunque eso s¨ª, advierte Morote, mientras dure el proceso los contratistas no van a conseguir ni la suspensi¨®n del contrato ni una contraprestaci¨®n mayor como medida cautelar. Es por ello, que, Andr¨¦s Jim¨¦nez considera que ser¨ªa preciso disponer de un procedimiento judicial m¨¢s breve, sencillo y expeditivo, similar al que se cre¨® para reclamar los impagos del sector p¨²blico, que potencie medidas cautelares que permitan obtener ese pago en un plazo relativamente corto.
Una vez que se llega a la v¨ªa judicial, ser¨¢ decisi¨®n de los tribunales determinar caso por caso si el desequilibrio es desproporcionado y exige que se reconsidere la contraprestaci¨®n a abonar por la administraci¨®n. ¡°Habr¨¢ que esperar a que el Tribunal Supremo en futuros recursos de casaci¨®n pueda unificar la doctrina sobre la interpretaci¨®n de los distintos mecanismos de revisi¨®n extraordinaria de precios de la legislaci¨®n de contratos del sector p¨²blico¡±, concluye Guill¨¦n.
Licitaciones desiertas
El impacto de la inflación en la contratación pública está siendo importante, según José Vicente Morote, socio director de Andersen, aunque no igual en todos los contratos al haber incidido de forma distinta el incremento de los precios en el coste de cada prestación. Asimismo, no sólo comporta riesgos para los contratistas, que deben pagar más de lo que se presupuestó al inicio por los componentes necesarios para la prestación, sino también para las Administraciones públicas, ya que se exponen a que las licitaciones queden desiertas si el presupuesto del contrato no se ajusta a la realidad. Según datos de la CNC entre octubre de 2021 y septiembre de 2022 hubo casi 2.000 licitaciones públicas desiertas por valor de casi mil millones de euros.
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