?Y si no hubiese VAR en la Eurocopa? Una disputa por la patente tecnol¨®gica del videoarbitraje dispara la incertidumbre
El Tribunal Unificado de Patentes decidir¨¢ si la UEFA puede usar este sistema para el fuera de juego durante la pr¨®xima competici¨®n de selecciones europeas
El Tribunal Unificado de Patentes (TUP) ha cumplido su primer a?o de actividad este 1 de junio. Este organismo es el encargado dirimir los litigios que puedan surgir en torno a las patentes unitarias, es decir, aquellas con efectos directos en los 17 pa¨ªses de la Uni¨®n Europea que han ratificado el Acuerdo sobre el Tribunal Unificado de Patentes (dentro de poco 18, con la reciente incorporaci¨®n de Ruman¨ªa). Seg¨²n el ¨²ltimo informe publicado por la propia corte, hasta abril de este a?o, hab¨ªa recibido 341 asuntos, algunos de gran calado como el que pone contra las cuerdas a la propia UEFA.
El pasado mes de abril la sociedad holandesa Ballinno interpuso una demanda ante la divisi¨®n local de Hamburgo del TUP por infracci¨®n, contra la UEFA y Kinexon, su socio tecnol¨®gico. La patente en cuesti¨®n protege un ¡°m¨¦todo y sistema para detectar una situaci¨®n de fuera de juego durante un partido de f¨²tbol¡±, es decir, la aplicaci¨®n del vidoarbitraje (conocido como VAR) para esta funci¨®n. Lo m¨¢s curioso de este asunto, seg¨²n Pedro Saturio, socio asociado de Elzaburu, es que ¡°el desarrollo de los procedimientos va a coincidir con la celebraci¨®n de la Eurocopa Alemania 2024¡å. De hecho, la vista en la que se decidir¨¢ si se impone la medida cautelar solicitada para que la UEFA no pueda usar esta invenci¨®n, es el pr¨®ximo 3 de junio.
La principal peculiaridad de este tribunal, que resuelve asuntos de millones de euros, es que sus decisiones sobre patentes despliegan sus efectos autom¨¢ticamente en todos los Estados que forman parte del Acuerdo sobre el Tribunal Unificado de Patentes. Un pacto del que Espa?a no forma parte. Sin embargo, esto no significa que no haya empresas espa?olas en los procedimientos ante el TUP. Y es que, este sistema para dirimir conflictos sobre patentes unitarias est¨¢ a disposici¨®n de cualquiera, incluso de fuera de la Uni¨®n Europea, tanto es as¨ª, que seg¨²n revela Patricia Koch, socia de Balder, ya lo usan masivamente empresas americanas, chinas o brit¨¢nicas.
Tal y como indica Enric Carbonell, socio de ABG Intellectual Property, son cuatro los casos abiertos ante el TUP en los que una de las partes es una empresa espa?ola. En uno de ellos la compa?¨ªa espa?ola Arkyne ha sido demandada por la holandesa Plant-e por infringir una patente sobre un dispositivo y m¨¦todo para convertir energ¨ªa lum¨ªnica en energ¨ªa el¨¦ctrica. La empresa espa?ola ha respondido solicitando la nulidad de la patente. En otros dos, las mercantiles espa?olas, titulares de patentes europeas, han recibido demandas para anularlas. Y, en el ¨²ltimo, Ona Patents, con sede en Barcelona, ha demandado a empresas de los grupos Google y Apple. La patente sobre la que versan estas demandas se refiere a una tecnolog¨ªa que permite posicionar objetos en movimiento mediante unas se?ales de transmisi¨®n y la empresa catalana pide una indemnizaci¨®n de seis millones de euros a cada uno de los gigantes tecnol¨®gicos. Para Pedro Merino, socio de Baylos, otro caso llamativo es el de Panasonic contra Oppo y Xiaomi sobre patentes esenciales ¡ªaquellas necesarias para aplicar una norma o especificaci¨®n t¨¦cnica y sobre las que sus titulares deben conceder licencias en condiciones justas, razonables y no discriminatorias¡ª de est¨¢ndares industriales en telecomunicaciones.
Batallas el¨¦ctricas
En t¨¦rminos generales, las patentes relativas a la electricidad son las m¨¢s discutidas en el TUP. ¡°En demandas por infracci¨®n casi doblan al segundo sector m¨¢s litigado, el de necesidades humanas, que, en cambio, lidera en demandas de nulidad¡±, precisa Patricia Koch.
Si bien el TUP a¨²n no ha dictado ninguna sentencia de fondo sobre los asuntos que tiene abiertos durante su primer a?o de actividad, s¨ª que ha emitido resoluciones sobre cuestiones formales o medidas cautelares. Una de las decisiones m¨¢s controvertidas, resalta Enric Carbonell, fue la del tribunal de apelaci¨®n del TUP, con sede en Luxemburgo, en la que se limitaba el acceso de terceros ajenos a los procedimientos a las pruebas y los alegatos, especialmente en aquellos que est¨¢n en curso. ¡°Se esperaba que terceras partes, no implicadas en el procedimiento, pudieran acceder a los alegatos y a las pruebas f¨¢cil y gratuitamente incluso antes de que estuviese resuelto, pero ahora hay que presentar una solicitud razonada mediante un representante acreditado lo cual implica necesariamente un coste¡±, explica.
Tambi¨¦n lleg¨® al tribunal de apelaci¨®n un recurso por la imposici¨®n de medidas cautelares en el caso 10x Genomics contra NanoString, en el que la primera empresa acus¨® a la segunda de infringir su patente relativa al an¨¢lisis de muestras celulares. En un principio, la divisi¨®n local de M¨²nich del TUP concedi¨® las medidas cautelares solicitadas, impidiendo as¨ª que NanoString distribuyera esta tecnolog¨ªa de an¨¢lisis celular en los 17 pa¨ªses miembros del acuerdo del TUP, pero despu¨¦s el tribunal de apelaci¨®n las revoc¨®. El motivo, seg¨²n explica Patricia Koch, ¡°no fue que el tribunal descartara la infracci¨®n, sino que consider¨® que la validez de la patente era m¨¢s que dudosa y puede que no sobreviviera el ataque de nulidad¡±.
El TUP tambi¨¦n ha decidido que se pueda cambiar el idioma del procedimiento. Lo hizo la divisi¨®n local de La Haya en el caso Plant-e contra Arkyne, a petici¨®n de la demandada (empresa de origen espa?ol), pasando del holand¨¦s al ingl¨¦s. ¡°La relevancia de esta resoluci¨®n es que permite litigar en un idioma m¨¢s internacional y que resulte m¨¢s familiar para la mayor¨ªa de las partes, en vez de en el idioma local de la divisi¨®n¡±, valora Pedro Saturio.
El coste del proceso
Los expertos coinciden en que litigar ante el Tribunal Unificado de Patentes es una decisión que depende de muchos factores, entre ellos, el económico. “Litigar ante este tribunal es ciertamente costoso”, afirma Pedro Merino, socio de Baylos. La tasa fija para interponer una demanda de infracción de patentes es de 11.000 euros, pero si se quiere interponer una de nulidad, entonces sube hasta los 20.000 euros. Además, en los litigios por infracción que superen los 500.000 euros hay que sumar una tasa variable que se calcula en función de la cuantía del caso, y que puede alcanzar los 325.000 euros.
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