Ojo con espiar en exceso al cliente que se conecta a su wifi
Protecci¨®n de datos ha puesto la lupa en el internet gratis a cambio de usar informaci¨®n con fines comerciales
La Agencia Espa?ola de Protecci¨®n de Datos (AEPD) advirti¨® el pasado mes de mayo a las empresas sobre los riesgos que supone el uso del wifi tracking para la privacidad de las personas. Se trata de una tecnolog¨ªa que permite a las compa?¨ªas identificar y rastrear los tel¨¦fonos y ordenadores que se conecten a su red wifi. Estos puntos gratuitos de conexi¨®n a internet son frecuentes en cafeter¨ªas, restaurantes museos, grandes eventos, pero tambi¨¦n en espacios p¨²blicos, como aeropuertos o estaciones de tren. Una vez que las personas acceden a la red, las compa?¨ªas tienen acceso a sus datos para estudiar las rutinas de los clientes y entender mejor el comportamiento de sus compradores. Pero, cuidado, porque los m¨®viles u ordenadores de los usuarios albergan informaci¨®n privada. Y en caso de bucear m¨¢s de la cuenta, los negocios pueden meterse en serios problemas legales.
Por ejemplo, a trav¨¦s del seguimiento que hacen las compa?¨ªas se puede llegar a descubrir que un ciudadano acude frecuentemente a una cl¨ªnica de reproducci¨®n asistida o a un centro oncol¨®gico, lo que supone una intromisi¨®n en su vida personal. ¡°Localizar una ubicaci¨®n precisa e inferir informaci¨®n sensible es un riesgo para la intimidad de las personas. Ni las empresas ni la Administraci¨®n p¨²blica deber¨ªan poder rastrear qu¨¦ centros sanitarios, comercios o lugares de culto visita una persona. Esos datos deben permanecer en su esfera privada¡±, se?ala Paula Garral¨®n, abogada de comercial, privacidad y protecci¨®n de datos de Bird & Bird.
A pesar de que la t¨¦cnica del wifi tracking navega en aguas legales revueltas, lo cierto es que no es una pr¨¢ctica prohibida. Eso s¨ª, las compa?¨ªas deber¨¢n cumplir una serie de condiciones si quieren utilizar esta tecnolog¨ªa para pescar clientela. El requisito m¨¢s importante es que garanticen que la informaci¨®n que recopilan, como el n¨²mero de visitas diarias al establecimiento o las ¨¢reas en las que se concentra el mayor n¨²mero de usuarios, sea an¨®nima. Como confirma Juan Ram¨®n Robles, abogado experto en tecnolog¨ªa y protecci¨®n de datos de Hogan Lovells, esta tecnolog¨ªa es l¨ªcita siempre y cuando los datos recabados se ¡°aglutinen de forma agregada¡± y no individualizada.
Consentimiento
Adem¨¢s, las empresas deben asegurarse de que cuentan con el consentimiento de las personas para recabar sus datos. Si quieren evitar una ola de reclamaciones tambi¨¦n tendr¨¢n que informar debidamente a los consumidores sobre las condiciones que imponen para utilizar su wifi. Por ejemplo, ¡°te dejo usar mi red a cambio de usar tus datos para enviar promociones¡±. Para ello, precisa Daniel L¨®pez, socio experto en protecci¨®n de datos y privacidad en ?cija, es obligatorio ¡°disponer de mecanismos informativos, f¨¢cilmente accesibles por los usuarios¡±, tales como ¡°formularios de registro, carteles en los espacios donde se desarrollar¨¢ el wifi tracking o a trav¨¦s de aplicaciones corporativas en las que se informe al usuario sobre la pol¨ªtica de uso de la compa?¨ªa para conectarse a la red¡±, ejemplifica el abogado.
Las compa?¨ªas tienen que cumplir tambi¨¦n un ¨²ltimo requisito. Solo podr¨¢n recoger aquella informaci¨®n que sea necesaria para sus fines comerciales. Un ejemplo de informaci¨®n ¨²til ser¨ªa el tiempo que los consumidores pasan en una tienda. Por el contrario, utilizar la red de conexi¨®n wifi para cotillear los pasos de las personas que se conectan a su red est¨¢ prohibido. En caso de no cumplir con los requisitos (datos an¨®nimos, inter¨¦s y transparencia), el reglamento de protecci¨®n de datos castiga a los infractores con multas que pueden poner en riesgo la estabilidad del negocio.
Solo hay una excepci¨®n para poder utilizar la informaci¨®n privada sin sufrir un perjuicio econ¨®mico: si est¨¢ en riesgo la seguridad de las personas. Este m¨¦todo, se?ala la Agencia Espa?ola de Protecci¨®n de Datos en su gu¨ªa sobre el tratamiento del wifi tracking ¡°ser¨¢ v¨¢lido para solventar situaciones en las que los intereses vitales de los ciudadanos estuvieran realmente en peligro, tales como emergencias, auxilio o b¨²squeda y rescate de personas desaparecidas¡±. En cuyo caso, advierte Daniel L¨®pez, ¡°es imprescindible presentar un an¨¢lisis que justifique que es realmente necesario acceder a los datos¡±.
Pese a que se trata de un buen sistema para impulsar el negocio, tambi¨¦n es un arma de doble filo. Los expertos advierten que utilizar el wifi tracking es arriesgado si no se toman las debidas cautelas. Los negocios que se enganchan a los m¨®viles de los viandantes sin su consentimiento est¨¢n cruzando una l¨ªnea roja que afecta a sus derechos. Especialmente, cuando las empresas acceden a una informaci¨®n que toca de lleno la intimidad de las personas. Otro problema es que las empresas desconocen a priori el tipo de informaci¨®n al que van a tener acceso y eso implica un riesgo en la privacidad de los usuarios. ¡°Existen datos que identifican un¨ªvocamente a cada dispositivo, por lo que es posible llegar a saber qui¨¦n es la persona que hay detr¨¢s de los aparatos tecnol¨®gicos¡±, advierte Juan Ram¨®n Robles.
Por ¨²ltimo, no hay que perder de vista que los datos recabados a trav¨¦s de esta t¨¦cnica pueden ser muy golosos para los hackers o piratas inform¨¢ticos. Un peque?o agujero en el sistema de seguridad puede exponer miles de datos confidenciales. Por ello, las empresas usuarias de este sistema deben cerciorarse de que cuentan con un sistema de seguridad ¨®ptimo, porque un robo de informaci¨®n puede suponer importantes problemas para los usuarios, como la usurpaci¨®n de su identidad o la p¨¦rdida de confidencialidad de datos sujetos a secreto profesional o sobre su vida sexual o su situaci¨®n econ¨®mica.
Acciones legales y sanciones
En caso de que las empresas vulneren el derecho a la privacidad o a la intimidad, los usuarios podrán emprender acciones legales. Si se demuestra que los negocios no han recibido el consentimiento de los usuarios para recoger los datos o han obtenido información confidencial, los afectados podrán reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). El régimen sancionador es muy riguroso. Según Paula Garralón, abogada de comercial, privacidad y protección de datos de Bird & Bird, las multas a las compañías oscilan desde “40.000 euros hasta los 20 millones”. En los casos más graves, pueden recibir una sanción “equivalente al 4% del volumen de negocio total que la empresa haya generado durante el ejercicio financiero anterior”, señala esta experta.
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