El Consejo de Estado da su visto bueno a la Ley de Partidos del PP
El Gobierno estudiar¨¢ el informe en la reuni¨®n del consejo de ministros
El Consejo de Estado ha remitido hoy al Ministerio de Justicia un informe favorable, en el que no aprecia "motivos de inconstitucionalidad", al Anteproyecto de Ley de Partidos Pol¨ªticos, que ma?ana estudiar¨¢ el Consejo de Ministros para su env¨ªo a las Cortes.
Seg¨²n han informado fuentes del Ministerio, tras los informes preceptivos y no vinculantes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y del Consejo de Estado, el Consejo de Ministros tratar¨¢ ma?ana el Anteproyecto de Ley de Partidos Pol¨ªticos que posibilitar¨¢ la ilegalizaci¨®n de Batasuna.
El informe del Consejo de Estado, aprobado por mayor¨ªa, y remitido esta misma tarde al Ministerio de Justicia, considera que, sin perjuicio de algunas sugerencias, "no se observan motivos de inconstitucionalidad que impidan la tramitaci¨®n del anteproyecto".
Se?ala el dictamen del Consejo de Estado que "por la importancia de la materia y el ¨¢mbito en el que est¨¢ destinada a aplicarse, aconsejan extremar las precauciones para evitar dejar flancos abiertos o cuestiones dudosas en relaci¨®n con el estricto respeto del derecho fundamental en cuesti¨®n".
Igualmente indica que "en todo caso, el debate ¨²ltimo sobre la materia debe realizarse en el Parlamento con vistas a dotar del mejor contenido a una norma tan relevante para las libertades p¨²blicas y la propia esencia de la sociedad pol¨ªtica".
De acuerdo con este Anteproyecto, el Gobierno, 50 diputados, 50 senadores o el Ministerio Fiscal podr¨ªan instar la ilegalizaci¨®n de un partido pol¨ªtico que vulnere los derechos fundamentales o los valores constitucionales o propicie el odio y la violencia.
El anteproyecto establece que sea la Sala Especial del Tribunal Supremo el ¨®rgano competente para poder disolver un partido pol¨ªtico, cuando ¨¦ste apoye el terrorismo o conductas contrarias a la Constituci¨®n.
La disoluci¨®n de un partido conllevar¨¢ la apertura de un proceso de disoluci¨®n patrimonial e impedir¨¢ el cambio de denominaci¨®n, con el objeto de que una organizaci¨®n ilegalizada pueda acudir a una convocatoria electoral bajo nuevas siglas.
Otra de los aspectos que contempla es que el patrimonio neto resultante de la disoluci¨®n de una formaci¨®n se destinar¨¢ a actividades con fines sociales o humanitarios.
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