Archivado el caso del accidente del metro de Valencia
Ocurri¨® el 3 de julio de 2006 y murieron 43 personas.- La juez limita la responsabilidad al conductor del tren, que tambi¨¦n perdi¨® la vida en el siniestro
La titular del Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 21 de Valencia ha acordado el archivo definitivo del procedimiento abierto por el accidente de metro ocurrido en Valencia el 3 de julio de 2006 y en el que murieron 43 personas.
La juez ha dictado un auto en el que reitera los argumentos de anteriores resoluciones, en las que estim¨® que la responsabilidad penal qued¨® extinguida con la muerte del conductor del convoy accidentado, seg¨²n fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).
La magistrada ha adoptado esta decisi¨®n tras analizar el resultado de las cuatro diligencias de prueba solicitadas por familiares de algunas de las v¨ªctimas que han evidenciado que "el elemento determinante del descarrilamiento fue la velocidad en la circulaci¨®n y que los elementos de seguridad de la v¨ªa funcionaron correctamente".
Las v¨ªctimas recurrir¨¢n
El presidente de la Asociaci¨®n de V¨ªctimas del Metro del 3 de Julio de 2006, Enric Chulio, ha asegurado que van a seguir recurriendo y acudir¨¢n "hasta la m¨¢s alta instancia" para que se esclarezca el accidente, ante la "falta de voluntad" de la Justicia valenciana. A este auto se puede interponer un recurso de reforma o de apelaci¨®n, o se puede recurrir ante la Audiencia Provincial de Valencia.
El presidente de la asociaci¨®n ha indicado que esperaban una resoluci¨®n as¨ª, ya que llevan tiempo denunciando que no ha existido "desde el principio ninguna voluntad de profundizar" en las causas del accidente. Chulio, que perdi¨® a su mujer en el accidente, ha lamentado que "directamente se da por supuesto que la causa fue un exceso de velocidad".
Exime de responsabilidad a la Administraci¨®n
El auto de la juez reitera la inexistencia de responsabilidad penal y se?ala que podr¨ªa "ser otra la responsabilidad en la que puede haber incurrido la Administraci¨®n". De la documentaci¨®n aportada "no se desprende" el incumplimiento "de las obligaciones de la empresa en materia de gesti¨®n y prevenci¨®n de riesgos laborales", se agrega.
Por otra parte, estima que la ampliaci¨®n del informe pericial sobre la programaci¨®n de las balizas corrobora la tesis mantenida en anteriores resoluciones al concluir que la "baliza 1.680 no ten¨ªa por funci¨®n limitar la velocidad en la entrada de la curva donde ocurri¨® el siniestro".
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