Absuelto el primer conductor juzgado por sobrepasar los l¨ªmites de velocidad
Un juez considera que no existe la certeza absoluta de que la Guardia Civil midiera con exactitud los 186 kil¨®metros por hora a los iba el acusado
Un conductor sevillano ha sido absuelto de un delito contra la seguridad del tr¨¢fico por exceder los l¨ªmites de velocidad, en lo que se ha convertido el primer caso de Espa?a que llega a juicio con la nueva redacci¨®n del C¨®digo Penal. El juez encargado del caso ha considerado que no existe la certeza absoluta de que la Guardia Civil midiera con exactitud la velocidad del veh¨ªculo.
El acusado A.G.F., de 39 a?os y vecino de Dos Hermanas (Sevilla), fue detenido el 15 de enero de 2008 en el kil¨®metro 628 de la autov¨ªa A-4 Madrid-C¨¢diz cuando conduc¨ªa a 186 kil¨®metros por hora, pese a que el m¨¢ximo autorizado en ese tramo era de 100 kil¨®metros por hora. Su abogado, Francisco Cabral, ha explicado que se trata del primer caso en Espa?a en el que se celebra juicio con la nueva redacci¨®n del C¨®digo Penal, ya que todos los dem¨¢s conductores imputados hasta ahora por exceso de velocidad se conformaron con la condena sin llegar a celebrar la vista.
Seg¨²n la sentencia, para condenar era preciso haber demostrado sin ning¨²n g¨¦nero de dudas que el conductor circulaba a m¨¢s de 180 kil¨®metros/hora -el l¨ªmite para ser considerado delito y no una simple falta administrativa- y "ante la falta de constancia expresa del error de calibraci¨®n del aparato medidor, no se puede elegir la posibilidad m¨¢s perjudicial para el acusado".
En base a la nueva redacci¨®n del C¨®digo Penal para los delitos contra la seguridad del tr¨¢fico, el fiscal pidi¨® para el conductor tres meses de prisi¨®n y privaci¨®n del permiso de conducir durante un a?o y un d¨ªa. Sin embargo, el juez le absuelve por el principio de in dubio pro reo porque la legislaci¨®n vigente prev¨¦ para los aparatos medidores de la velocidad de los veh¨ªculos un margen de error del 4% para velocidades superiores a los 100 kil¨®metros.
En este caso, para ser condenado "debe quedar acreditado sin ning¨²n g¨¦nero de duda que circulaba a una velocidad superior a los 180 kil¨®metros por hora". Si el error del aparato fuese del 3,2%, la velocidad real del acusado ser¨ªa de 180 kil¨®metros/hora, "en cuyo caso los hechos no ser¨ªan constitutivos de delito", dice el juez. La sentencia decide dar cuenta de los hechos a la Jefatura Provincial de Tr¨¢fico para la incoaci¨®n del correspondiente expediente sancionador por exceso de velocidad.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.