El TSJA rechaza la suspensi¨®n de la reforma del sector p¨²blico andaluz
El tribunal no observa perjuicios irreparables en aplicar la reordenaci¨®n
La sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA) ha rechazado suspender cautelarmente el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta por el que se aprob¨® el decreto ley de reestructuraci¨®n del sector p¨²blico andaluz, como pidi¨® el sindicato CSIF-A, que ya formaliz¨® ante el recurso presentado contra este acuerdo de la Junta del 27 de julio por el que se aprob¨® el decreto ley de reordenaci¨®n del sector p¨²blico 5/2010 por el que se reordenan todas las empresas p¨²blicas de la Junta.
En su recurso, la central sindical alegaba que la ejecuci¨®n del acuerdo "producir¨¢ perjuicios de irreparable recuperaci¨®n" y aseguraba que "no resultar¨ªa afectado el inter¨¦s p¨²blico con la adopci¨®n de esta medida cautelar solicitada".
Ante esto, el TSJA indica en su resoluci¨®n que "no se explica los perjuicios irreparables concretos y determinados que pudieran derivarse de la ejecuci¨®n inmediata del acuerdo impugnado, a excepci¨®n de la alusi¨®n gen¨¦rica que se hace a los perjuicios que pudieran derivarse para los funcionarios p¨²blicos de la integraci¨®n en la funci¨®n respectiva de personal ajeno a la misma", de manera que, seg¨²n la resoluci¨®n, "aparece inmotivada la solicitud de la medida cautelar que referida al Acuerdo de Consejo de Gobierno tampoco debe apoyarse en consideraci¨®n relativa al fondo del asunto, al haberse propuesto argumento alguno significativo sobre los elementos de que se dispusieran para la prosperabilidad de la acci¨®n".
El sindicato CSIF-A formaliz¨® ante el recurso presentado contra el acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta por el que se aprob¨® el decreto ley de reordenaci¨®n del sector p¨²blico 5/2010 por el que se reordenan todas las empresas p¨²blicas de la Junta, recurso que ya hab¨ªa sido admitido a tr¨¢mite.
Este recurso se ha presentado por la v¨ªa de derechos fundamentales, dado que el acto que se recurre es el Acuerdo del Consejo de Gobierno y no el propio decreto-ley, disposici¨®n de car¨¢cter normativo que, una vez convalidada por el Parlamento Andaluz, s¨®lo es recurrible en inconstitucionalidad por los ¨®rganos institucionales del Estado y comunidades aut¨®nomas.
Despu¨¦s de que a mediados de agosto el TSJA dictara auto a favor de CSIF mediante el cual se admiti¨® a tr¨¢mite el recurso de interposici¨®n, le concedi¨® a la Junta un plazo improrrogable de cinco d¨ªas para que remitiera el expediente y alegara. Asimismo, se les notific¨® que se ha formalizado 'pieza separada' en relaci¨®n con la petici¨®n de suspensi¨®n cautelar del acuerdo. Posteriormente, se ha celebrado una comparecencia previa, con la presencia del Ministerio Fiscal y posteriormente CSIF-A ha formalizado la demanda.
CSIF en la misma demanda insta al TSJA a plantear 'Cuesti¨®n Previa de Inconstitucionalidad', que en caso de llevarse a cabo, "paralizar¨ªa la aplicaci¨®n del decreto-ley, por ser consecuencia directa del Acuerdo del Consejo de Gobierno que lo impuls¨®".
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.