?Protegemos demasiado a los refugiados?
Esta entrada ha sido escrita por Virginia Rodr¨ªguez (@VRBartolome), coordinadora de investigaciones de la Fundaci¨®n porCausa. Esta entrada es parte de la serie especial publicada por @3500M y @porCausaorg con motivo de la Cumbre de la ONU sobre Refugiados y Migrantes.
Foto: ACNUR.
La paradoja de nuestro sistema migratorio es que no hay modo de cumplir las normas de protecci¨®n de fronteras sin vulnerar las normas de protecci¨®n de personas. Y, como ha demostrado esta semana de debates en Nueva York, existe el serio riesgo de que en los pr¨®ximos a?os perdamos un terreno ya ganado: en lugar de adaptar las obligaciones internacionales de protecci¨®n a un contexto diferente y complejo, se est¨¢ planteando una reinterpretaci¨®n de estos derechos para proteger las fronteras frente a la llegada de terceros y a las amenazas a la seguridad. La crisis de los refugiados a la que hace frente Europa es un ejemplo ilustrativo de este dilema.
Con la Convenci¨®n de Ginebra de 1951 y el Protocolo de 1967 sobre el Estatuto de los Refugiados se defini¨® un marco legal de obligaciones de protecci¨®n, reconocimiento y acogida de las personas refugiadas. Una protecci¨®n que se ha ido expandiendo gracias a la lucha de los movimientos de mujeres y de derechos humanos, que han logrado el reconocimiento de situaciones como la violencia de g¨¦nero, la persecuci¨®n por su orientaci¨®n sexual o el desplazamiento clim¨¢tico. Todos los Estados firmantes deben cumplir con estas obligaciones reflej¨¢ndolas en sus legislaciones nacionales, de modo que el conjunto de las instituciones (jueces, polic¨ªas, administraciones locales) est¨¢n obligadas a operar de acuerdo a estas reglas. Eso es ciertamente lo que ocurre en los Estados miembros de la UE.
Lamentablemente, el conflicto en Siria y la llegada de solicitantes de asilo huyendo hacia las fronteras exteriores de la UE es el hito que marca el inicio de un peligroso cambio de tendencia. Tras d¨¦cadas de expansi¨®n de la protecci¨®n, se plantea un giro interpretativo restrictivo, a la baja. Es un contexto de debilidad econ¨®mica por los estragos de la crisis, donde las pol¨ªticas de seguridad frente a la amenaza terrorista se anteponen a los derechos de sus propios ciudadanos y donde los gobiernos asisten sin reaccionar al auge de populismos xen¨®fobos. Enfrentada al incumplimiento de sus obligaciones y de su propia legislaci¨®n, Europa se justifica hablando de crisis, de amenaza a la identidad y de falta de capacidad para gestionar las llegadas masivas de refugiados y migrantes. Y se abre la puerta a que los gobiernos impongan pol¨ªticas abusivas de control de fronteras que ignoran las obligaciones de protecci¨®n de los derechos de las personas. Si adem¨¢s esas pol¨ªticas se aplican en el contexto de una histeria colectiva en la que cualquier medida est¨¢ justificada ante la opini¨®n p¨²blica, la presi¨®n se revierte y los gobiernos tienden a reinterpretar el alcance de sus compromisos internacionales.
Es lo que ha pasado en Espa?a con los rechazos en frontera o devoluciones en caliente en las vallas de Ceuta y Melilla. Una pretensi¨®n que inicialmente fue rechazada por las autoridades europeas y que, merced a una coletilla (¡°el rechazo se realizar¨¢ respetando la normativa internacional de derechos humanos y de protecci¨®n internacional de la que Espa?a es parte¡±) ahora parece cumplir con la legalidad a juicio de la Comisi¨®n Europea. Las denuncias del Comisario Europeo de Derechos Humanos del Consejo de Europa y el proceso abierto ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos parecen advertir de lo contrario.
El acuerdo entre la UE y Turqu¨ªa es un ejemplo llamativo de una decisi¨®n legalmente cuestionable que ha salido adelante con invocaciones a las normas internacionales. Algo que ha exigido no pocos requiebros discursivos por parte de la UE tratando de justificar que se ha llegado a un acuerdo impecable con un ¡°tercer estado seguro¡±. Las denuncias de las violaciones de derechos humanos llevadas a cabo por el Gobierno de Erdogan sugieren una realidad distinta. Este acuerdo tambi¨¦n ha sido denunciado ante la Defensora del Pueblo Europeo por parte de Women¡¯s Link Worldwide.
Los procesos judiciales y las denuncias ante las instituciones garantes de los derechos humanos abordar¨¢n hechos y pr¨¢cticas concretas y resolver¨¢n si cumplen o no con las obligaciones de protecci¨®n. El riesgo es que, mientras tanto, en este contexto de excepcionalidad y de primac¨ªa del discurso de seguridad en clave interna, vaya asent¨¢ndose la idea de que se ha ido demasiado lejos en el compromiso con la protecci¨®n de las personas que huyen de la persecuci¨®n y el conflicto.
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