Europa vuelve a perder el tren del progreso y la innovaci¨®n
El investigador cree que es "una p¨¦sima noticia, incomprensible desde el punto de vista cient¨ªfico" que la justicia europea considere que los organismos modificados con CRISPR deben ser regulados como transg¨¦nicos
El Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (UE) ha sentenciado que los organismos obtenidos por los nuevos procedimientos de mutag¨¦nesis deben ser considerados organismos modificados gen¨¦ticamente (OMG) y estar¨¢n sujetos a las obligaciones que impone la directiva 2001/18/EC a trav¨¦s de la cual muy pocos OMG han logrado llegar al final de todo el largo, tedioso y car¨ªsimo proceso regulador. Es una p¨¦sima noticia, incomprensible desde el punto de vista cient¨ªfico, que puede hacer perder un nuevo tren a Europa, mientras que el resto de pa¨ªses del mundo (en particular EEUU, pero tambi¨¦n aqu¨ª, con algunas decisiones tomadas por Suecia y Holanda, que sin embargo seguir¨¢n supeditadas a la UE en temas de comercializaci¨®n) adopta posiciones contrarias y nuestro continente pierde competitividad y capacidad de trasladar la innovaci¨®n tecnol¨®gica a la sociedad.
Tras esta sentencia del tribunal europeo, suscitada por la pregunta de un sindicato agrario franc¨¦s y del Estado franc¨¦s, se oculta algo mucho m¨¢s relevante: saber c¨®mo va a reaccionar la UE ante las nuevas t¨¦cnicas de edici¨®n gen¨¦tica que ya han revolucionado la biolog¨ªa, la biomedicina y la biotecnolog¨ªa, principalmente con las herramientas CRISPR, que tienen origen espa?ol, gracias al trabajo de Francis Mojica desde la universidad de Alicante. Estos m¨¦todos permiten alterar genes espec¨ªficamente, creando nuevas variedades mutantes que pueden tener caracter¨ªsticas ¨²tiles e interesantes. Las CRISPR derivan de las bacterias y permiten cortar el genoma de un organismo en sitios precisos. Tras el corte, el organismo reacciona repar¨¢ndolo y es entonces cuando las c¨¦lulas cometen errores y surgen las mutaciones, que incluyen cambios de alguna letra o la eliminaci¨®n de un grupo m¨¢s o menos numeroso de letras. Un mecanismo muy parecido al que ocurre cuando usamos m¨¦todos f¨ªsicos (radiaci¨®n) o qu¨ªmicos sobre un organismo, que tambi¨¦n inducen cortes en su genoma (pero estos son al azar) que deben ser reparados igualmente, obteni¨¦ndose mutaciones similares.
No hay diferencias cient¨ªficamente significativas entre los organismos mutantes obtenidos por m¨¦todos cl¨¢sicos de mutag¨¦nesis o por edici¨®n gen¨¦tica. Pero s¨ª las hay legales. Los organismos irradiados (o tratados con agentes qu¨ªmicos) a pesar de ser considerados OMG (puesto que las modificaciones gen¨¦ticas se han obtenido por m¨¦todos no naturales), est¨¢n exentos de ser regulados por la directiva europea. Se consideran seguros. Hay miles de ellos autorizados hoy en d¨ªa, muchos de ellos en nuestros supermercados. Por el contrario, la sentencia nos dice ahora que los organismos editados, cuyo resultado es similar, tambi¨¦n son OMG pero en este caso no est¨¢n exentos de ser regulados por la directiva. La sentencia argumenta (sin aportar evidencias cient¨ªficas) que pueden presentar riesgos para la salud humana y el medio ambiente similares a los que presentan el resto de organismos transg¨¦nicos (que no presentan riesgos). Esto es sorprendente, dado que los organismos transg¨¦nicos, por definici¨®n, incorporan un nuevo gen que le confiere al organismo unas caracter¨ªsticas nuevas.
Pero generalmente, no hay introducci¨®n de genes nuevos en los organismos editados. Y dado que no se introduce nada no hay nada que permita detectarlos de forma inequ¨ªvoca. De hecho, pueden llegar a obtenerse mutaciones equivalentes por m¨¦todos f¨ªsicos, qu¨ªmicos o espont¨¢neamente, a las que pueden obtenerse por edici¨®n gen¨¦tica con CRISPR. No habr¨ªa ser humano ni m¨¢quina que pudiera diferenciarlas. Sin embargo, la justicia nos dice que las primeras estar¨ªan exentas de regulaci¨®n y las segundas no. Este es el absurdo que hay detr¨¢s de esta sentencia, que renuncia a usar las evidencias cient¨ªficas para justificar su decisi¨®n. Es lo que pasa cuando nos empe?amos en regular el proceso y no el producto final.
La justicia europea aplica de nuevo el principio de precauci¨®n, para forzar la regulaci¨®n de los organismos editados gen¨¦ticamente como si fueran transg¨¦nicos, sin que lo sean. ?Qu¨¦ los hace diferentes de otros OMG que llevamos a?os obteniendo por otros m¨¦todos de mutag¨¦nesis que hasta ahora no han sido regulados? Y, lo que creo es m¨¢s importante, ?cu¨¢l va a ser el coste para nuestra econom¨ªa al bloquear el desarrollo y la producci¨®n de nuevos organismos editados en la UE? ?Alguien cree que retendremos las empresas biotecnol¨®gicas que deber¨ªan ser el motor de nuestra innovaci¨®n tecnol¨®gica? Me temo que tras esta sentencia seguir¨¢n fuera de Europa o, las pocas que quedaban, estar¨¢n ya haciendo las maletas.
Llu¨ªs Montoliu. Investigador del Centro Nacional de Biotecnolog¨ªa, CSIC @LluisMontoliu
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