El derecho y las pandemias
En tiempos en los que aparecen advertencias sobre una pandemia, debemos preguntarnos por la condici¨®n de nuestras regulaciones jur¨ªdicas vigentes
En estos d¨ªas hablamos de una nueva pandemia. Lo hicimos as¨ª en tiempos recientes por las alertas de ¨¦bola, SARS, MERS, influenza o zika, por mencionar algunos. Si bien el desarrollo de estas epidemias ha sido controlado y sus da?os aminorados, existe consenso entre epidemi¨®logos y ¨®rganos de salud de que la posibilidad de una pandemia se acerca. Ello, no como resultado de una maldici¨®n milenaria o una advertencia divina, sino como un producto de ciclos biol¨®gicos naturales. Entender en d¨®nde nos encontramos y c¨®mo habremos de enfrentar el tema, es importante.
En 1981 Amartya Sen public¨® el libro Pobreza y hambruna: un ensayo sobre el derecho y la privaci¨®n. Demostr¨® que la hambruna de 1943 en Bengala se debi¨® m¨¢s a problemas organizacionales y regulatorios que a la escasez de alimentos. Cerca de un mill¨®n y medio de personas murieron tanto por la lenta respuesta gubernamental al acaparamiento como por a la falta de condiciones jur¨ªdicas (entitlement) para que las personas obtuvieran alimentos por parte del gobierno. Las conclusiones de Sen son importantes. Puede haber fen¨®menos humanos o naturales que afecten gravemente a la propia humanidad. Sin embargo, en uno y otro caso, las respuestas a ellos ser¨¢n humanas. Deber¨¢n existir normas, ¨®rganos y procedimientos que, a¨²n en los casos m¨¢s extremos, determinen actuares para prevenir, paliar o remediar los muchos males que puedan o hayan llegado.
En tiempos en los que las advertencias sobre una pandemia aparecen, debemos preguntarnos por la condici¨®n que tienen nuestras regulaciones jur¨ªdicas vigentes. Acerca de qui¨¦n debe hacer qu¨¦, cu¨¢ndo y d¨®nde, con qu¨¦ medios regulatorios y con qu¨¦ capacidades de imposici¨®n respecto de una poblaci¨®n que, previsiblemente, se encontrar¨¢ en condiciones de desesperaci¨®n, cuando no de franca y entendible rebeld¨ªa. Al respecto, Lorena Von Aguilar nos advierte en su libro Derecho y pandemias (Tirant-Colegio Nacional, 2019), de varios y serios problemas en nuestro marco jur¨ªdico: falta de definiciones para dar tratamiento adecuado a las emergencias sanitarias; dispersi¨®n de facultades en diversos ordenamientos; ausencias y traslapes de competencias entre autoridades y la falta de un protocolo general e integral de atenci¨®n y combate a las pandemias. Desde luego, las normas jur¨ªdicas no son condici¨®n suficiente para resolver una situaci¨®n de esta naturaleza, pero estoy seguro de que s¨ª son una condici¨®n necesaria.
Supongamos, sin dramatismo, que en un pa¨ªs se actualiza una pandemia. De inmediato, deben tomarse muchas, claras y suficientes medidas. ?Cerrar aeropuertos, puertos y fronteras?, ?ordenar cuarentenas o evacuaciones?, ?racionar vacunas, medicamentos o alimentos?, ?prohibir traslados, velaciones y/o entierros?, ?sacrificar animales? o ?destruir productos? Para poder ser eficaces, hace falta saber, con precisi¨®n y sin dudas, qui¨¦n puede ordenar la actualizaci¨®n de tan graves acciones. Por ejemplo, el contenido del art¨ªculo 73, fracc. XVI, 1.?, 2.? y 3.? de la Constituci¨®n mexicana, donde se encuentran las facultades de las autoridades sanitarias para atender estos casos. Asimismo, el art¨ªculo 29 permite la suspensi¨®n de derechos y el otorgamiento al presidente de facultades extraordinarias para legislar. Tal supuesto por s¨ª solo no remedia el problema. Se tratar¨ªa de la mera asignaci¨®n formal de funciones que debe ser completada con una enorme cantidad de regulaciones, precisamente esas que responder¨ªan a las interrogantes que acabo de plantear.
Hace poco m¨¢s de cien a?os, el mundo enfrent¨® una pandemia. Por razones curiosas y equivocadas, se le llam¨® la ¡°gripe espa?ola¡±. Caus¨® m¨¢s muertes que la guerra que culminaba. Los medios de comunicaci¨®n eran escasos y lentos; hoy no lo son. Los m¨¦todos de detecci¨®n y diagn¨®stico, tambi¨¦n lo eran; hoy son mejores. Ser¨ªa un muy grave proceder, una irresponsabilidad enorme, que sabiendo lo que sabemos y estando a la espera de una posible cat¨¢strofe, no se haga nada para prevenirla y para, eventualmente, paliarla. M¨¢s all¨¢ de posiciones pol¨ªticas, animadversiones o simpat¨ªas, es necesario que nuestras autoridades act¨²en. De no hacerlo, ?c¨®mo podr¨ªan pretender seguir si¨¦ndolo?
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