Emergencia laboral
La pol¨ªtica econ¨®mica ha de estar en todo momento al servicio de las personas
El Gobierno ha adoptado decisiones excepcionales sobre el mercado laboral. Por un lado, ha obligado al confinamiento de todos los trabajadores salvo en aquellos sectores considerados ¡°esenciales¡±. Al mismo tiempo, ha dificultado (encarecido) a las empresas el despido por razones vinculadas a la vigencia del estado de alarma. Adem¨¢s, se interrumpe el c¨®mputo de la duraci¨®n m¨¢xima de los contratos temporales afectados por las suspensiones de empleo, de tal forma que una vez finalice la suspensi¨®n el contrato temporal vuelve al punto en el que estaba. Son decisiones convenientes, tan excepcionales como todas las que est¨¢ exigiendo esta suerte de econom¨ªa de guerra contra la extensi¨®n de la epidemia sanitaria.
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Para reducir la propagaci¨®n del virus hacerlo a trav¨¦s de la limitaci¨®n de la movilidad de las personas es la condici¨®n necesaria, pero no suficiente. En las pr¨®ximas dos semanas es razonable limitar al m¨¢ximo los desplazamientos de aquellos que no puedan ejercer sus tareas laborales mediante el teletrabajo. La catalogaci¨®n de ¡°servicios esenciales¡± es suficientemente amplia como para no temer el bloqueo de la actividad econ¨®mica fundamental. En mayor medida dada la limitada vigencia temporal, que abarca el periodo vacacional de Semana Santa.
Con la restricci¨®n sobre los despidos lo que se est¨¢ impidiendo es que se alegue como causa objetiva la emergencia sanitaria, lo que significa que los despidos ser¨¢n improcedentes y tendr¨¢n que sujetarse a la m¨¢xima indemnizaci¨®n de 33 d¨ªas por a?o trabajado con un m¨¢ximo de 24 mensualidades, en lugar de los 20 d¨ªas por 12 mensualidades, cuando existe una causa justificada. En realidad, el Gobierno trata de reconducir hacia los Expedientes de Regulaci¨®n Temporal de Empleo las suspensiones de empleo derivadas del confinamiento. Para estos se han arbitrado apoyos financieros p¨²blicos a las empresas. Con todo, las reducciones de plantilla, tanto de empleados fijos como temporales, crecen a un ritmo elevado, agravando la erosi¨®n del bienestar y colapsando las oficinas de tramitaci¨®n de expedientes.
Esas decisiones son excepcionales, consecuentes con la emergencia sanitaria. No se trata de modificaciones estructurales en el modelo vigente de relaciones laborales, sino actuaciones tan extraordinarias y circunstanciales como las que se han arbitrado para suministrar gigantescos recursos p¨²blicos a las empresas con el fin de facilitar su supervivencia. La calificaci¨®n de econom¨ªa de guerra con que las instituciones internacionales est¨¢n definiendo la amenaza depresiva de la situaci¨®n actual no solo se extiende a las pol¨ªticas monetarias y fiscales y a la tolerancia con mayores d¨¦ficit y deuda p¨²blica, sino a otras que permitan reducir las p¨¦rdidas de bienestar de la poblaci¨®n m¨¢s vulnerable, a los trabajadores m¨¢s expuestos al contagio del virus y a los despidos masivos.
La pol¨ªtica econ¨®mica, en condiciones de excepcionalidad pero tambi¨¦n en situaciones de completa normalidad, ha de estar al servicio de las personas. De todas, pero desde luego de las que de forma recurrente acaban siendo las principales da?adas en las crisis, con bastante independencia de las causas de las mismas.
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