Condenado a tres a?os y medio de c¨¢rcel el expresidente de Invercaria en el primer juicio de la macrocausa
La empresa p¨²blica de la Junta otorg¨® un pr¨¦stamo irregular de 100.000 euros en 2009 a la empresa Aceitunas Tatis
La Audiencia de Sevilla ha condenado a tres a?os y seis meses de c¨¢rcel a Tom¨¢s P¨¦rez-Sauquillo, expresidente de la empresa p¨²blica de la Junta Invercaria, en el primer juicio de la macrocausa que ata?e a los exresponsables de esta sociedad dedicada al capital riesgo. La investigaci¨®n a Invercaria deriv¨® en unas 40 piezas que componen la macrocausa y este mi¨¦rcoles ha trascendido la sentencia del primer proceso, referente a la firma Aceitunas Tatis, que recibi¨® un pr¨¦stamo de 100.000 euros en 2009 ¡°de forma arbitraria¡± y sin evaluaci¨®n del proyecto subvencionado, denuncian los jueces.
P¨¦rez-Sauquillo ha sido condenado por prevaricaci¨®n y malversaci¨®n junto a la administradora de la empresa, condenada a dos a?os de prisi¨®n por inductora de ambos delitos. Invercaria es una de las tres macrocausas que fiscalizan la corrupci¨®n en la etapa de los anteriores Gobiernos socialistas en la Junta, junto a los ERE fraudulentos y los cursos de formaci¨®n, en este caso por la gesti¨®n de 60 millones para 276 proyectos. De ellos, hay 12 piezas pendientes de juicio en la Audiencia de Sevilla y 27 investigaciones abiertas en el Juzgado de Instrucci¨®n 19 de Sevilla.
El fallo no es firme y puede recurrirse ante el Tribunal Supremo. La empresa de aceitunas Tatis desapareci¨® en 2010 tras declarar el concurso voluntario de acreedores. Justo antes de su disoluci¨®n, en 2009, ¡°al no obtener financiaci¨®n en otras entidades de cr¨¦dito pese al aval que alegaba tener¡±, la administradora acudi¨® a Invercaria y transmiti¨® al presidente su inter¨¦s en solicitar la ayuda econ¨®mica que fuera posible, destaca la sentencia. Todo ello sin que entregara ¡°documentaci¨®n alguna¡± sobre la situaci¨®n econ¨®mica de la empresa ni sobre su proyecto de inversi¨®n, haciendo ¨²nicamente referencia a la comunicaci¨®n de concesi¨®n del citado aval, subraya el fallo.
La Audiencia asevera que, tras ello, P¨¦rez-Sauquillo decidi¨® concederle a la empresaria 100.000 euros, ¡°sin petici¨®n formal expresa, ni an¨¢lisis t¨¦cnico-financiero y sin adoptar los tr¨¢mites y estudios previos procedentes¡±, una decisi¨®n ¡°exclusiva¡± suya que se materializ¨® con la firma de un pr¨¦stamo participativo otorgado el 19 de junio de 2009. El tribunal subraya que el expediente de concesi¨®n del pr¨¦stamo ¡°carece de documentaci¨®n relativa a la empresa¡±, a lo que ha a?adido que la investigada solicit¨® a Invercaria ¡°la concesi¨®n de otro pr¨¦stamo por importe de 350.000 euros que no se hizo efectivo finalmente¡±. De este modo, ¡°no consta restituido ni el principal ni los intereses¡± del pr¨¦stamo, ascendiendo ¡°el perjuicio al erario p¨²blico¡± a 108.732,22 euros.
Los magistrados consideran que la concesi¨®n del pr¨¦stamo ¡°se hizo sin el m¨¢s m¨ªnimo an¨¢lisis ni valoraci¨®n t¨¦cnica¡± y ¡°fue una decisi¨®n tomada directamente¡± por el entonces presidente, ¡°que ten¨ªa capacidad de decisi¨®n directa en tal sentido por el importe del pr¨¦stamo¡±, al ser este inferior a los 450.000 euros. Los jueces sostienen que P¨¦rez-Sauquillo tom¨® dicha decisi¨®n ¡°sin garant¨ªas, sin la informaci¨®n m¨ªnima y necesaria, y sin tomar las medidas de control, evaluaci¨®n y an¨¢lisis precisas para adoptarla¡±, suponiendo su decisi¨®n ¡°un perjuicio para los intereses generales de la Administraci¨®n p¨²blica y un ejercicio de poder injustificado y abusivo¡±.
La Audiencia subraya la ¡°nula posibilidad de recuperar el dinero entregado¡± y afirma que ¡°conceder el pr¨¦stamo sin haber entrado en profundidad en el m¨¢s m¨ªnimo an¨¢lisis de la inversi¨®n que se hac¨ªa es la m¨¢xima expresi¨®n de la arbitrariedad¡±. A juicio del tribunal, esta cuesti¨®n es ¡°algo inimaginable, no solo porque no aparece ni tal documentaci¨®n ni el documento que contiene el aval, sino porque si tal documentaci¨®n procedente de la agencia Idea -de quien depend¨ªa Invercaria- fue suficiente para otorgar los 100.000 euros, resulta incomprensible que para los 350.000 euros que se piden despu¨¦s se reclame documentaci¨®n y se tenga que hacer una evaluaci¨®n de la empresa y sus proyectos¡±, reza el fallo.
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