La Fiscal¨ªa se compromete a actuar con mayor rapidez ante la okupaci¨®n de pisos
Ha sido enviada a todos los fiscales una instrucci¨®n para que se persigan con celeridad los delitos de allanamiento de morada
La Fiscal¨ªa General del Estado ha remitido a todos los fiscales este martes una instrucci¨®n en la que les insta a actuar con mayor rapidez contra las okupaciones ilegales de viviendas. La instrucci¨®n proporciona ¡°criterios de actuaci¨®n para la solicitud de medidas cautelares en los delitos de allanamiento de morada y usurpaci¨®n de bienes inmuebles¡±.
La iniciativa responde a la necesidad de que ¡°los y las fiscales refuercen su intervenci¨®n en defensa de los derechos de las v¨ªctimas y los perjudicados por estos delitos, recurriendo con la mayor inmediatez a las herramientas legales disponibles en nuestro ordenamiento jur¨ªdico¡±. Se persigue que la actuaci¨®n del Ministerio P¨²blico sea capaz de ¡°restablecer el leg¨ªtimo derecho del la denunciante y evitar la persistencia en el tiempo de la conducta delictiva en tanto se tramita el correspondiente procedimiento¡±.
El texto subraya, citando jurisprudencia del Tribunal Supremo, que ¡°el delito de allanamiento de morada tutela derechos personal¨ªsimos como la inviolabilidad del domicilio, que constituye un aut¨¦ntico derecho fundamental de la persona, establecido para garantizar el ¨¢mbito de privacidad de esta (¡), y que tiene que caracterizarse precisamente por quedar exento o inmune a las invasiones o agresiones exteriores de otras personas o de la autoridad p¨²blica¡±. Por tanto, es ¡°suficiente¡± para la apreciaci¨®n del mencionado delito la ¡°conciencia de que se entra en un domicilio ajeno sin consentimiento de quienes pueden otorgarlo y sin motivo justificante que pueda subsanar la falta de autorizaci¨®n¡±.
Estas precisiones son importantes porque ante el allanamiento de morada no hay plazos ni obst¨¢culos para la Polic¨ªa, y los okupas pueden ser desalojados inmediatamente.
El documento subraya que ¡°la ocupaci¨®n de bienes inmuebles constituye un fen¨®meno que, desde su misma aparici¨®n, ha generado preocupaci¨®n social y una innegable sensaci¨®n de inseguridad en la ciudadan¨ªa¡±. A?ade que a los perjuicios que estas acciones ocasionan a los titulares de los inmuebles okupados, se unen los problemas de convivencia a que pueden dar lugar en el entorno social en el que las mismas se producen.
Para activar una respuesta m¨¢s pronta y eficaz de los fiscales, el documento efect¨²a un estudio de los tipos penales de ocupaci¨®n inmobiliaria y de allanamiento de morada, considerando como tal las denominadas segundas residencias o residencias de temporada. La instrucci¨®n tambi¨¦n pretende dar ¡°respuesta a las diferentes situaciones que se plantean en la pr¨¢ctica, haciendo especial referencia a los hechos de esta naturaleza cometidos en el ¨¢mbito de la delincuencia organizada¡±.
Recientes estudios han se?alado que el crecimiento de la preocupaci¨®n social por la okupaci¨®n de viviendas es en parte inducido. En dichas publicaciones se se?ala que la mayor parte de los casos no se ven afectados domicilios o segundas residencias, sino a locales o inmuebles vac¨ªos, muchas de ellas propiedad de entidades bancarias. Uno de estos estudios sobre viviendas okupadas es del Instituto Cerd¨¤, que en 2017 calcul¨® que eran 87.500 en toda Espa?a. En 2018 elev¨® la cifra a 100.000. ?Sus conclusiones? ¡°Pr¨¢cticamente todos los pisos ocupados son de entidades. La mayor¨ªa de los ocupantes son familias vulnerables, por motivos socioecon¨®micos, y no son conflictivos. En la mayor parte de los casos se resuelve con acuerdos¡±, tal y como asegur¨® su autor, Miguel Hern¨¢ndez a este peri¨®dico el pasado 6 de septiembre.
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