Orden de alejamiento contra el hombre acusado de acosar a Iglesias y Montero en su domicilio
El juez advierte al investigado que, de mantener su actitud, ordenar¨¢ su ingreso en prisi¨®n
El titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucci¨®n 1 de Collado Villalba (Madrid), Javier Carre?o, que investiga el acoso que Pablo Iglesias e Irene Montero han denunciado sufrir en su domicilio familiar de Galapagar (Madrid), ha dictado este martes una orden de alojamiento contra Miguel ?ngel Frontera, uno de los presuntos hostigadores y contra el que la pareja se querell¨® en julio. La orden, que ha sido apoyada por la Fiscal¨ªa, proh¨ªbe a Frontera acercarse a menos de 500 metros del vicepresidente segundo del Gobierno y la ministra de Igualdad tanto en su domicilio como en su lugar de trabajo ¡°y en aquellos otros lugares frecuentados por los mismos¡±, adem¨¢s de impedirle comunicarse con ellos por cualquier medio o a trav¨¦s de personas interpuestas. La medida se mantendr¨¢, al menos, ¡°durante la instrucci¨®n y el enjuiciamiento¡± de la causa. Iglesias y Montero hab¨ªan pedido que el alejamiento fuese de tres kil¨®metros.
El juez destaca en su auto que, entre el 15 de mayo y el 12 de diciembre pasados, Frontera ¡°se habr¨ªa presentado, de manera frecuente, en la puerta del domicilio¡± de Iglesias y Montero ¡°profiriendo improperios, exhibiendo c¨¢rteles con frases injuriosas, subiendo v¨ªdeos a Twitter y Youtube y realizando publicaciones en Facebook con similar contenido¡±. Como indicio, el magistrado cita grabaciones en la que se ve a Frontera ¡°utilizando expresiones objetivamente injuriosas [contra la pareja] en diferentes fechas, comprendidas algunas de ellas en el periodo del estado de alarma, as¨ª como merodeando, sin motivo aparente, por las cercan¨ªas del domicilio de los querellados¡±. Tambi¨¦n destaca que el 12 de julio Frontera hizo una grabaci¨®n con su tel¨¦fono m¨®vil del vicepresidente del Gobierno dentro de la vivienda, seg¨²n declar¨® uno de los guardias civiles que da protecci¨®n a la vivienda y que pidi¨® al hombre que le mostrara lo que hab¨ªa registrado con su terminal desde un lugar elevado cercano.
El juez considera que todos estos actos ¡°no estar¨ªan amparados por el derecho de reuni¨®n o manifestaci¨®n, ni por la libertad de expresi¨®n, pues, en principio, nada tiene que ver con el ejercicio de tales derechos la realizaci¨®n de la grabaci¨®n del interior de una vivienda, asumiendo que se pueden captar im¨¢genes de los moradores que afectan a su intimidad¡±. El auto considera que el intento de Frontera de ¡°establecer un contacto o de buscar una cercan¨ªa f¨ªsica con los denunciantes¡± est¨¢ ¡°fuera del contexto de la convocatoria de una reuni¨®n de personas que protestas¡± y, por tanto, podr¨ªan constituir un delito de acoso ¡°que, adem¨¢s, estar¨ªa realizando de manera reiterada, en un domicilio particular en el que viven tres menores de edad, circunstancia esta que no es desconocida para el investigado¡±.
Frontera, que tambi¨¦n es investigado en la causa por los delitos de coacciones, injurias, revelaci¨®n de secretos y desobediencia a agentes de la autoridad, ha negado en su declaraci¨®n como investigado de este martes que con estos actos intentara acosar a los pol¨ªticos. Y ha justificado que acudiera a las cercan¨ªas del domicilio de la pareja de manera reiterada como parte de una ¡°protesta pol¨ªtica¡± contra la gesti¨®n del Gobierno y, en especial, de Iglesias durante la crisis econ¨®mica provocada por el coronavirus.
El juez cree necesaria la orden de alejamiento por ¡°la gravedad de los delitos, uno de ellos castigado con pena de prisi¨®n de uno a cuatro a?os; la reiteraci¨®n de los hechos denunciados; la existencia de tres menores de edad que podr¨ªan verse afectados por tales hechos; y la necesidad de evitar la comisi¨®n de nuevos delitos, habida cuenta lo manifestado por el investigado a los agentes de la Guardia Civil, sobre su empre?o en seguir actuando de la misma forma¡±. Todo ellos, contin¨²a el auto, crea ¡°una situaci¨®n de riesgo en las v¨ªctimas¡±. El magistrado advierte a Frontera que, en caso de incumplimiento de la medida, ordenar¨¢ su prisi¨®n provisional.
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