El juez ordena investigar una posible prevaricaci¨®n de la Diputaci¨®n de Ourense en una contrataci¨®n
El magistrado considera que la instituci¨®n se benefici¨® ¡°de forma grosera¡±, con una adjudicaci¨®n a dedo, sin presupuesto ni contrato y salt¨¢ndose la normativa
La Diputaci¨®n de Ourense ¡°se ha beneficiado de una forma grosera de unos suministros encargados a dedo, sin presupuesto, contrato o formalidad alguna y, lo que es m¨¢s grave, salt¨¢ndose la normativa en materia de contrataci¨®n¡±. As¨ª consta en la sentencia dictada por el titular del Juzgado de lo Contencioso-administrativo 2 de Ourense, Jos¨¦ Andr¨¦s Verdeja, que ha condenado a la instituci¨®n provincial a abonar 193.093 euros a un particular que le suministr¨® bancos y marquesinas en 2011 y que el organismo p¨²blico no pag¨®. En la misma resoluci¨®n , y a la vista de las justificaciones de la Diputaci¨®n, el juez ordena la investigaci¨®n de un posible delito de prevaricaci¨®n cometido por el organismo provincial.
La instituci¨®n ourensana que preside el popular Jos¨¦ Manuel Baltar reconoci¨® en este procedimiento que recibi¨® el mobiliario urbano pero aleg¨® que no lo pag¨® porque el presupuesto no hab¨ªa sido aceptado previamente, seg¨²n consta en la sentencia. El juez destaca que, aparte de beneficiarse incumpliendo la normativa, la Diputaci¨®n ha impedido que otras empresas pudiesen presentar sus propuestas ¡°de modo que finalmente se encargasen los suministros a la que mejor oferta hiciese, con el consiguiente beneficio para los administrados y para las arcas p¨²blicas¡±.
As¨ª mismo, destaca el magistrado que la Diputaci¨®n ¡°ni siquiera ha tratado de eludir la aplicaci¨®n de la normativa acudiendo a sucesivos contratos inferiores al m¨ªnimo legal para esquivar, en fraude de ley, la aplicaci¨®n de la normativa contractual, sino que no se hizo contrato alguno, pese a que los suministros encargados han supuesto para el erario p¨²blico cientos de miles de euros¡±.
Por todo ello, concluye que procede deducir testimonio de particulares al Ministerio Fiscal ¡°por si, en el caso de que no se estimase prescrito, se pudiese apreciar la comisi¨®n de un delito de prevaricaci¨®n en la actuaci¨®n del organismo p¨²blico¡±.
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