Primer espaldarazo del Constitucional a la sentencia condenatoria del ¡®proc¨¦s¡¯
El ponente avala la competencia del tribunal y replica las tesis de la justicia belga
El Tribunal Constitucional aborda a partir de este martes los distintos recursos presentados contra la sentencia del Supremo que conden¨® a los l¨ªderes independentistas catalanes del proc¨¦s. El Constitucional comenzar¨¢ con el recurso de la exconsejera Meritxell Borr¨¤s, condenada a una pena de inhabilitaci¨®n (no de prisi¨®n) por desobediencia. Pero la propuesta que debatir¨¢n los magistrados incluye, seg¨²n fuentes del tribunal, un elemento que se extender¨¢ luego al resto de los condenados: el respaldo al Supremo frente a la tesis de la defensa de que los procesados debieron ser juzgados por el Tribunal Superior de Catalu?a.
La decisi¨®n que adopte este martes el Constitucional sobre el recurso presentado por Borr¨¤s ¡ªuna de los tres acusados del juicio del proc¨¦s que no recibieron penas de prisi¨®n¡ª ser¨¢ de aplicaci¨®n para todos los dem¨¢s condenados que han formulado planteamientos similares en sus impugnaciones.
El magistrado encargado de redactar la ponencia de sentencia avala que el Supremo asumiera la causa contra los l¨ªderes independentistas, entendiendo as¨ª que era el tribunal competente para juzgar los hechos. Ese planteamiento supondr¨¢, por tanto, la elaboraci¨®n de una doctrina extensible a todas las solicitudes de amparo presentadas ante el tribunal de garant¨ªas en relaci¨®n con este proceso; en una cuesti¨®n, adem¨¢s ¡ªla de la supuesta falta de competencia del Supremo¡ª, que las defensas de los condenados han tratado de utilizar desde el primer d¨ªa para pedir la anulaci¨®n de toda la causa. De ah¨ª la importancia de esta primera sentencia.
Hay un segundo aspecto que da especial relevancia a este fallo. Se trata de que la ponencia, a cargo del magistrado C¨¢ndido Conde Pumpido, fiscal general del Estado durante el mandato del Gobierno socialista de Jos¨¦ Luis Rodr¨ªguez Zapatero, entra?a una r¨¦plica clara a los pronunciamientos de la justicia belga. En concreto, a las tesis en que se han basado los tribunales de ese pa¨ªs para rechazar la orden de detenci¨®n y entrega a Espa?a del exconsejero de Cultura Llu¨ªs Puig, fugado junto a Carles Puigdemont desde 2017. Dicha orden, dictada por el juez del Supremo Pablo Llarena, ha obtenido una respuesta negativa basada en el argumento de que Puig ya no era miembro del Govern de la Generalitat ni parlamentario auton¨®mico cuando fue procesado por el Supremo.
La tesis de la justicia belga es que Puig dej¨® entonces de estar aforado, y que nada lo vincula al resto de los procesados (que mantuvieron el fuero, incluso despu¨¦s de aplicarse el art¨ªculo 155 e intervenirse la autonom¨ªa catalana, porque se presentaron a las siguientes elecciones, y fueron elegidos miembros del Parlament).
El Tribunal Supremo sostuvo, sin embargo, que tanto Puig como Dolors Bassa, exconsejera de Trabajo que tampoco se present¨® a dichos comicios, deb¨ªan ser juzgados con el resto de los dirigentes independentistas, por entender que gozaban de id¨¦ntico fuero cuando ocurrieron los hechos. Bassa, de hecho, fue juzgada y condenada a 12 a?os de prisi¨®n por sedici¨®n y malversaci¨®n.
Este criterio es el que ahora va a avalar tambi¨¦n el Tribunal Constitucional para rechazar el recurso de amparo de Borr¨¤s.
Hay un segundo punto de la impugnaci¨®n que s¨ª puede tener m¨¢s recorrido. La exconsejera de Gobernaci¨®n aleg¨® que deb¨ªa anularse la pena de multa que se le impuso ¡ªconsistente en el pago de 200 euros diarios durante diez meses¡ª por considerarla desproporcionada, porque se fij¨® sin un previo an¨¢lisis de sus circunstancias personales. Una alegaci¨®n similar fue formulada por el exconsejero de Justicia Carles Mund¨®, cuyo recurso est¨¢ previsto que sea el segundo que examine el Constitucional, ya en febrero.
La tesis de la sanci¨®n desproporcionada merece ser discutida, seg¨²n fuentes pr¨®ximas a magistrados del Constitucional, porque el propio Supremo ha se?alado en diversas sentencias que la cuant¨ªa de las penas de multa ha de tener en cuenta la situaci¨®n econ¨®mica del condenado. En el caso de los exconsejeros, la Sala Penal consider¨® que su condici¨®n de exmiembros del Ejecutivo catal¨¢n les permit¨ªa hacer frente a la pena impuesta, pero las defensas alegan que no hizo constar que hubiera ponderado sus condiciones familiares o laborales.
El recurso de Junqueras
El calendario previsto por el Constitucional supondr¨ªa abordar en el pleno correspondiente al mes de marzo los recursos presentados por los tambi¨¦n exconsejeros Jordi Turull, Josep Rull y el expresidente de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) Jordi S¨¤nchez. Todos ellos ¡ªcondenados a penas de entre 9 y 12 a?os de prisi¨®n¡ª fueron defendidos por el mismo letrado, Jordi Pina, y sus recursos son muy similares. Est¨¢ decidido que la ¨²ltima solicitud de amparo que se resuelva sea la del exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, que cumple la m¨¢xima pena impuesta en el juicio: 13 a?os de c¨¢rcel por sedici¨®n y malversaci¨®n de fondos p¨²blicos.
El recurso de Junqueras es el m¨¢s complejo. Plantea m¨¢s de 20 supuestas vulneraciones de derechos fundamentales, con especial ¨¦nfasis en el derecho de participaci¨®n pol¨ªtica, tanto cuando fue elegido parlamentario auton¨®mico en septiembre de 2017 como cuando obtuvo esca?o en el Congreso de los Diputados en abril de 2019.
El prop¨®sito del Constitucional es llegar al par¨¦ntesis de agosto con todos los recursos contra la sentencia del proc¨¦s resueltos, por el procedimiento descrito de sentencias escalonadas. La ¨²nica duda es si una posible renovaci¨®n del tribunal de garant¨ªas ¡ªcuyo mandato con la actual composici¨®n concluy¨® hace m¨¢s de un a?o¡ª obligar¨ªa a retrasar estos planes.
El cambio supondr¨ªa el relevo del actual presidente, Juan Jos¨¦ Gonz¨¢lez Rivas, y de la vicepresidenta, Encarna Roca, as¨ª como del magistrado Andr¨¦s Ollero y de Fernando Vald¨¦s Dal-R¨¦, que dimiti¨® el pasado octubre tras ser imputado en una causa por supuesta violencia machista. A todos ellos (salvo Vald¨¦s) les corresponde alguna de las ponencias de los recursos del proc¨¦s, que pasar¨ªan a manos de sus sustitutos, a los que habr¨ªa que dar cierto tiempo para que preparasen sus propuestas de sentencia, lo que retrasar¨ªa el calendario previsto para dictarlas.
Una recusaci¨®n con la vista puesta en Estrasburgo
El orden del d¨ªa del pr¨®ximo pleno del Tribunal Constitucional no ha incluido la deliberaci¨®n para resolver las recusaciones presentadas por los condenados del juicio del proc¨¦s contra el magistrado Antonio Narv¨¢ez, aunque ya est¨¢n cumplidos todos los tr¨¢mites sobre el asunto. Narv¨¢ez fue recusado porque los l¨ªderes independentistas entienden que este magistrado ha perdido toda apariencia de imparcialidad al haber calificado el proc¨¦s de ¡°golpe de Estado encubierto¡± y compararlo con el 23-F, para a?adir que el primero de estos hechos fue ¡°mucho m¨¢s grave por sus consecuencias¡± que el asalto del coronel Antonio Tejero al Congreso.
El motivo del retraso en resolver sobre la recusaci¨®n, seg¨²n fuentes del propio tribunal, es que no existe unanimidad sobre la decisi¨®n. La ponente es la vicepresidenta, Encarna Roca. Para la mayor parte de los magistrados, es muy importante que en este asunto se alcance un consenso. El objetivo es evitar que haya votos particulares, porque si los hay pueden debilitar la resoluci¨®n, sobre todo ante los m¨¢s que previsibles recursos que se presentar¨¢n ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo. Este ¨®rgano enjuicia las posibles violaciones de los derechos reconocidos en el Convenio Europeo de Protecci¨®n de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales. Los condenados por el Supremo solo pueden acudir a Estrasburgo cuando se agoten las v¨ªas de recurso en Espa?a. Las sentencias del Constitucional sobre las impugnaciones presentadas pondr¨¢n fin a ese proceso y, en caso de que no atiendan sus reclamaciones, los l¨ªderes independentistas condenados podr¨¢n recurrir al Tribunal Europeo.
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