El Supremo confirma la pena de 133 a?os impuesta para el ¨²nico acusado de la matanza de los jesuitas espa?oles en El Salvador
El alto tribunal se?ala el car¨¢cter ¡°terrorista¡± de los cr¨ªmenes
La condena del coronel Inocente Orlando Montano por la matanza en 1989 de cinco jesuitas espa?oles en El Salvador ya es firme. El Tribunal Supremo ha ratificado este mi¨¦rcoles la condena impuesta por la Audiencia Nacional al exviceministro de Seguridad de El Salvador por el asesinato del te¨®logo vasco Ignacio Ellacur¨ªa y otros cuatro religiosos en la Universidad Centroamericana (UCA). El Supremo confirma que fueron asesinatos de car¨¢cter terrorista por los que impone al ¨²nico acusado penas de 26 a?os, 8 meses y un d¨ªa de prisi¨®n por cada uno de los delitos. En total, m¨¢s de 133 a?os, aunque el l¨ªmite de cumplimiento ser¨¢ de 30.
El exviceministro de Seguridad fue el ¨²nico acusado al que la justicia espa?ola consigui¨® sentar en el banquillo, aunque la Fiscal¨ªa considera que la matanza de la UCA fue ideada y ejecutada por el alto mando de las Fuerzas Armadas salvadore?as, al que pertenec¨ªa Montano. Seg¨²n consider¨® probado la Audiencia Nacional en septiembre pasado en la sentencia que ahora ha confirmado el Supremo, los militares, al ver amenazada su situaci¨®n de poder y de control ante la ofensiva desarrolla en noviembre de 1989 por el Frente Farabundo Mart¨ª para la Liberaci¨®n Nacional (FMLN), decidieron ejecutar a Ellacur¨ªa, ¡°la persona que de forma m¨¢s intensa y efectiva impulsaba, desarrollaba e intentaba llevar a las dos partes en conflicto a la paz, a trav¨¦s del di¨¢logo y la negociaci¨®n¡±. Los autores del crimen, advierte el Supremo, sab¨ªan que Ellacur¨ªa no estaba solo en la residencia de la universidad, pero dieron la orden de ejecutar a todos los residentes ¡°a fin de no dejar testigos¡±.
La sentencia de la Audiencia Nacional tambi¨¦n consider¨® a Montano, que ahora tiene 77 a?os, autor de los asesinatos de otro jesuita salvadore?o, la cocinera de la universidad y la hija de esta de 15 a?os, ejecutados junto con los religiosos, pero no se le pudo condenar por estos hechos al no haber concedido EE UU su extradici¨®n por esos cr¨ªmenes.
Para el Supremo, el relato de hechos probados por la Audiencia es sumamente descriptivo de lo que ocurri¨® en la UCA en la madrugada el 16 de noviembre de 1989 y supone ¡°un aut¨¦ntico relato de terror¡± y del horror que vivieron ¡°las v¨ªctimas de este crimen de Estado¡±.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Vicente Magro, explica que Montano, como miembro del alto mando, estuvo presente en todas las reuniones donde se decidieron los asesinatos y que los cuerpos de seguridad depend¨ªan directamente de ¨¦l. El tribunal rechaza la eximente de estado de necesidad que aleg¨® el coronel para justificar los cr¨ªmenes: ¡°En el presente caso no es que no exista tal desproporci¨®n, es que al acusado no le apremiaba ning¨²n conflicto de intereses que hiciese necesario dar muerte a Ignacio Ellacur¨ªa, a sus compa?eros, a su cocinera y a la hija de esta; ellos no eran parte del conflicto armado, no se estaban enfrentando a quienes ordenaron el crimen, no existiendo causa de justificaci¨®n que permitir¨ªa justificar la agresi¨®n mortal a la vida de ocho personas, cometiendo un crimen que fue m¨¢s all¨¢ de la gravedad y consecuencias del atentado contra la vida de las v¨ªctimas, pues pretend¨ªa aniquilar las esperanzas de paz de toda una sociedad, hostigada despu¨¦s de diez a?os de guerra interna¡±.
El tribunal avala la tipificaci¨®n de los hechos como asesinato (art¨ªculo 406 del C¨®digo Penal) en concurso con delito de terrorismo (art¨ªculo 174 bis b) al encuadrar la conducta desplegada por el alto mando como un acto terrorista. ¡°En efecto, se utiliza por el alto mando el aparato del Estado para llevar a cabo una aut¨¦ntica ejecuci¨®n civil de ciudadanos para crear una apariencia ante la sociedad de que actuaban contra el Estado, cuando lo que se perpetr¨® es un aut¨¦ntico asesinato con modalidad amparada en el ¡®terrorismo de Estado¡¯ para alterar en realidad la convivencia social y llevar a cabo ¡®cr¨ªmenes de Estado¡± ¡®que conceptualmente no se diferencia del terrorismo realizado por grupos organizados¡±.
Con la sentencia del Supremo se pone fin definitivamente a tres d¨¦cadas de impunidad y a una larga batalla para intentar sentar en el banquillo a los autores intelectuales del asesinato de Ellacur¨ªa, que se hab¨ªa convertido en 1989 en una figura inc¨®moda para el Gobierno de El Salvador. Junto a ¨¦l fueron tiroteados otros cuatro religiosos espa?oles (Ignacio Mart¨ªn-Bar¨®, Segundo Montes, Amando L¨®pez y Juan Ram¨®n Moreno); y uno salvadore?o, Joaqu¨ªn L¨®pez, adem¨¢s de la esposa e hija del guardi¨¢n de la universidad, Elba y Celina Ramos. En el juicio celebrado el pasado verano en la Audiencia Nacional, el coronel Montano neg¨® los hechos, aunque las acusaciones advirtieron que se contradijo. ¡°Yo no ten¨ªa nada en contra de los jesuitas¡±, asegur¨® minutos antes de afirmar que el golpe de Estado de 1979 contra el general Carlos Humberto Romero se origin¨® en la UCA, de la que Ellacur¨ªa era rector. ¡°30 a?os despu¨¦s sigue demostrando animadversi¨®n hacia los padres jesuitas y los sigue considerando guerrilleros y terroristas¡±, advirti¨® la fiscal en su informe final. La vista empez¨® con otro acusado, el exteniente Rene Yushsy Mendoza, pero qued¨® eximido el segundo d¨ªa y se acab¨® convirtiendo en un testigo clave al se?alar a Montano como uno de los militares que orden¨® la matanza. El tribunal considera ¡°de todo punto veros¨ªmil¡± su declaracio?n, por lo que le da fuerza de prueba de cargo.
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