Interior cuestiona que los pisos tur¨ªsticos sean ¡°moradas¡± para justificar que la polic¨ªa act¨²e en fiestas ilegales
La orden interna que esgrimi¨® la polic¨ªa para entrar en una vivienda solo pide que se garantice ¡°la eficacia y cumplimiento¡± de las medidas de seguridad en reuniones privadas
El Ministerio del Interior ha defendido este martes que los polic¨ªas que est¨¢n actuando contra fiestas ilegales cumplen la ley. La pol¨¦mica se ha centrado en las entradas sin orden judicial en pisos, como la del pasado 21 de marzo en Madrid. Interior dice que el caso est¨¢ judicializado, pero parece amparar la patada en la puerta contra las fiestas ilegales en los pisos tur¨ªsticos al asegurar que no son ¡°moradas¡±.
En un mensaje difundido a los medios de comunicaci¨®n por WhatsApp, Interior asegura que ¡°las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad act¨²an, tambi¨¦n en estos supuestos, en el marco de la legalidad¡± y en relaci¨®n con el episodio de entrada sin orden judicial que ha alcanzado mayor difusi¨®n, a?ade: ¡°Hay que tener en cuenta que el piso al que acceden los agentes no constituir¨ªa morada, se trataba de un inmueble tur¨ªstico al que se le estaba dando uso para la realizaci¨®n de una fiesta contraviniendo la actual normativa sanitaria¡±.
Interior no precisa en su mensaje si permitir¨¢ solo la entrada sin orden judicial en fiestas ilegales que se celebren en pisos tur¨ªsticos y qu¨¦ criterios usar¨¢ la polic¨ªa para actuar en tales casos. En su atestado, la polic¨ªa dec¨ªa que desde fuera se apreciaba que era un piso tur¨ªstico ¡°a simple vista¡±. Fuentes del ministerio han recalcado despu¨¦s que ninguno de las 14 personas que estaban dentro de la casa la usaban como alojamiento. Los juristas defienden que una residencia ocasional debe ser considerada morada o domicilio a efectos de inviolabilidad del mismo.
La l¨ªnea argumental de Interior contradice a la de los polic¨ªas que forzaron la entrada en el piso. Estos se ampararon en que hab¨ªa un delito flagrante de ¡°desobediencia¡±. Los polic¨ªas pidieron que se les abriese la puerta y que los participantes en la fiesta se identificasen y quienes estaban en el interior desobedecieron alegando que los polic¨ªas no portaban una orden judicial. Es ante la desobediencia ¡ªque los agentes califican de ¡°grave¡±¡ª ante la que los polic¨ªas argumentaron ¡°delito flagrante¡± y derribaron la puerta. Impl¨ªcitamente, estaban reconociendo que la celebraci¨®n de la fiesta en s¨ª no supon¨ªa ning¨²n delito. En un caso ocurrido un d¨ªa despu¨¦s similar, en el que participaron tres de los agentes que lo hab¨ªan hecho el primero, el juez archiv¨® la causa contra uno de los dos detenidos al considerar que no se produjo un delito de desobediencia.
En su atestado, los polic¨ªas se amparaban tambi¨¦n en una orden interna para justificar la entrada a ese domicilio. Dicha orden solo pide que se garantice ¡°la eficacia y cumplimiento¡± de las medidas de seguridad sanitarias en la lucha contra la pandemia en las reuniones privadas. El texto, fechado el pasado 16 de marzo, establece una serie de medidas de ¡°obligado cumplimiento¡± tras recibir un escrito ¡°elaborado por la Direcci¨®n General de Coordinaci¨®n y Estudios, a instancia del Secretario de Estado de Seguridad, mediante el que solicita se lleven a efecto una serie de actuaciones al objeto de contribuir al control del cumplimiento de las medidas y recomendaciones acordadas por el Pleno del Consejo Interterritorial de Salud¡± para las fechas ¡°entre el 17 y el 21 de marzo (en aquellos territorios en los que sea festivo el 19 de marzo) y desde el 26 de marzo al 9 de abril¡±.
Por un lado, ¡°la limitaci¨®n de movilidad territorial con cierre perimetral de las comunidades a excepci¨®n de las Islas Canarias e Islas Baleares¡± y, por otro, la limitaci¨®n de movilidad en horario nocturno desde las 23.00 horas, como m¨¢ximo, y hasta las 6.00 horas¡±. En tercer lugar, ¡°una limitaci¨®n de la permanencia de grupos de personas en los espacios tanto p¨²blicos ¡ªcuatro si es un lugar cerrado y seis si es espacio p¨²blico abierto, salvo que se trate de convivientes¡ª como privados ¡ªen este caso las reuniones se limitar¨¢n a convivientes¡ª¡±.
La orden tambi¨¦n dice que ¡°no se celebrar¨¢n eventos masivos de cualquier ¨ªndole que impliquen aglomeraci¨®n o concentraci¨®n de personas, as¨ª como los eventos en espacios cerrados seguir¨¢n las normas de aforo ya establecidas¡±.
Interior subraya que en la orden no se dan ¡°instrucciones sobre el acceso a espacios cerrados sin autorizaci¨®n judicial en el marco de la vigilancia de las medidas sanitarias para hacer frente a la covid-19¡å, aunque los polic¨ªas hayan incluido la misma en los atestados en los que justificaban su entrada en fiestas ilegales sin orden judicial.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.